Atención, Superintendencia de precios Justos: El Capital comercial encarece la vida

Veamos cuándo el capital comercial resulta ocioso:

Para una oferta de fábrica = 100 + 30 por concepto de ganancia absoluta, si esta oferta  es colocada directamente por el fabricante, él debe aportar adicionalmente el capital necesario para el correspondiente mercadeo. Así, su tasa de ganancia será menor de 30%.

Modernamente, las actividades de distribución de la oferta original pasan a manos de un intermediario; es así como este aportaría 100 como capital adicional suponiendo que él compre toda la oferta libre, más la porción de ganancia que retenga para sí el fabricante.

Para una tasa de ganancia derivada estrictamente de la plusvalía, e = 30%,   esta, entonces, será tendenciosamente repartida entre un capital = 200 inclusivo del capital aportado por la fábrica. Ahora la tasa de ganancia original pasaría de 30% a 15%, para condiciones constantes (céteris páribus) y no promediales.

Así, el precio justo sería = 115, fijado por el fabricante al comerciante, y de 132,25, por este al consumidor final. Estamos en presencia de dos precios justos porque estamos considerando 1 fabricante y 1 intermediario.

Efectivamente, si al fabricante se le permite una tasa de 30%, y al comerciante otro tanto, entonces la mercancía terminaría vendida por 130, del fabricante al intermediario, en lugar de 115, y vendida al  precio de 169, del intermediario al consumidor, en lugar de 132,25.[1]

Ahora, supóngase un segundo intermediario[2]: Este simplemente triplicaría el capital involucrado en la misma oferta original sobre la base de la misma tasa original de ganancia. La  guanacia  del fabricante sería capitalizada por el primer intermediario, y la de este por el segundo.

El precio justo quedará finalmente preinflado en condiciones que no son inflacionarias per se, sino que se hallan en la naturaleza misma del negocio comercial burgués. Por eso decimos que todo capital comercial tiende a encarecer la vida.

Es por esta razón que para la fijación de las tasas de ganancias máximas la Superintendencia de Costes, Ganancias y Precios debe considerar  cuánto capital comercial se halla envuelto en cada tipo de mercancía, según el largor de la correspondiente cadena de intermediarios. Debe considerarse la tasa media para los involucrados y no la tasa máxima para cada empresario.

[1] Esos  precios: 132,25 y 115,00 son los llamados precios de producción.

[2] Véase mi libro de texto PRAXIS de El capital. Allí trato el problema de los “precios de producción” tan negados y silenciados por no marxistas y marxistas, respectivamente.



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Manuel C. Martínez


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