Despojo acordado

La Corte Internacional de Justicia nació a la sombra del reparto mundial entre países vencedores creadores de la ONU y sus multilaterales antidemocráticas y antisoberanistas. Hoy forman parte del neoimperio (ius novus) corporativo transnacional económico, político y militar: farmacéuticas, petroleras, mineras, empresas comunicacionales , tecnológicas y fondos de inversión. En connubio actúan con nuevos medios empleados por el Estado Profundo mundial para despojar territorios a los Estados Nación y acabar con su soberanía.

Desde la supremacía ideológica política -hegemonía gramsciana mal utilizada- pretenden asumir la posición de soberano mundial. Instituyen innovaciones jurídicas positivas internacionales, con el interés de "domar a la bestia": la soberanía, "sospechosa habitual de los conflictos internacionales" (Kelsen), tesis de la domestic analogic asumida como suprapoder en el orden internacional, socavando los Estados Nación: guerra de conquista sibilina desde la CIJ y la ONU, rostro del poder blando corporativo global.

Otra de sus emboscadas está servida: el próximo 30 de junio a petición de Guyana-UK la CIJ decidirá si procede o no la reclamación Venezolana de 159.542 km2 despojados por la Corona Británica en 1899. Casualmente Venezuela estaba pobre, dividida y turbulenta como ahora. Después del Acuerdo de Ginebra de 1966 la negligencia se apoderó de la diplomacia internacional de Venezuela. Los gobiernos de Caldera, Pérez, Herrera y Lusinchi se dejaron imponer el congelamiento de la reclamación venezolana sobre su territorio esquilmado.

Desde entonces quienes dirigen miran para otro lado cuando hay que reclamar y luchar para recuperar el Esequibo, declinando usar la posición geoestrategica privilegiada y el poder estratégico de Venezuela como potencia energética para presionar y se nos reconozcan nuestros derechos. Mucha ingenuidad, ignorancia y sentimientos en pro de la integración latinoamericana y caribeña hicieron retrasar el reclamo, a pesar del genio de Petro Caribe -tratamiento especial con combustible y compra privilegiada de alimentos que permitió al Caribe avanzar, especialmente a Cuba- la alianza no movió ni un centímetro su posición, respecto a la causa venezolana.

Curioso que la CIJ decretara el 17 de marzo de 2020, según resolución conjunta y con anticipación, la "suspensión indefinida de todas las audiencias y actividades que allí cursan" por el Covid19, sin embargo nos convoca a una "audiencia telemática", violentando garantías y principios fundamentales procesales: seguridad y equidad jurídica, igualdad procesal, derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva e imparcialidad, en resguardo de las partes en controversia. Tibia y poco categórica nuestra respuesta verbal -no escrita- ante tamaña aberración jurídica y flagrante contradicción de la CIJ.

La CIJ resuelve con prisa e interés inusitado fijar y celebrar súbitamente la audiencia telemática, promovida por Guyana-UK, financiada y auspiciada no sólo por Exxon Mobil; Guyana Goldfield de Canadá, Shell de Holanda, China National Offshore Oil Company y la compañía Anadarko quienes también asisten con fuerza y ventaja en el lobby, exigiéndole que reconozca derechos sobre nuestro territorio "Esequibo".

En 1899 cuando tampoco estábamos presentes en el "Laudo Arbitral de París", UK, EEUU, Rusia y Francia con un acuerdo entre potencias nos despojaron. Hoy la grave manipulación procesal, no es propiciada por las potencias directamente, sino acudiendo al argumento de la "infalibilidad de expertos": 15 magistrados de la CIJ, presidida por el somalí Abdulgaw Ahmed Yousef, demuestran parcialidad e interés en decidir en favor de Guyana-UK, arrancándonos los derechos históricos documentales que desde 1777 poseemos.

Aliados con Guterres, Secretario General de la ONU, quien planteó la controversia, nuestra defensa en vez de argumentar "prima facie" como estrategia las excepciones contra la incompetencia de la CIJ para trabar la Litis, optamos por desconocer de antemano su competencia, pero haciéndonos parte indirectamente bajo una táctica de presentar documentos y pruebas de nuestros derechos "fuera del juicio para ilustrar a los Magistrados", mientras la CIJ aduce apegarse al aparte 1 del artículo 53 de sus Estatutos en caso de Estados contraparte que se abstienen de defenderse y no comparecer por medio de agentes, consejeros y abogados para fundamentar su oposición.

Sometidos al arbitrio de un Tribunal Internacional que está demostrando ser todo menos honrado, íntegro, sensato, equitativo ni imparcial, se realizará la audiencia "inaudita parte", vía no contemplada en los Estatutos, marcando la apertura a la segunda fase de ese juicio para oír los testigos, peritos, agentes, consejeros y abogados.

Según el artículo 35 violan sus propios Estatutos y Reglamento al dejar en situación de "desigualdad procesal" a Venezuela. Debemos denunciar y oponernos por escrito a la celebración de dicha audiencia, es nula de nulidad absoluta, como cuestión preliminar a decidir sin comprometer la estrategia, no sólo porque ya había sido suspendida como todas las demás audiencias y actividades de la CIJ, sino por la parcialidad e interés en favor de Guyana-UK, cuando reabre un lapso vital del proceso aún a sabiendas que Venezuela no se ha hecho parte en ese controversial juicio. Denunciemos la situación irregular ante el Consejo de Seguridad y recusemos a los 15 Magistrados, revisando la medida por manifiesta desigualdad conforme lo prevén los Estatutos de la CIJ.

El peligro inminente reposa en que de acuerdo al artículo 60 de sus Estatutos, la sentencia sería definitiva e inapelable, sirviendo de título pre constituyente de derechos territoriales de Venezuela, aplicando la aberrante Doctrina de la "dominación política para adquirir territorios" o colonización, forma de derecho a propiedad por prescripción, base del ilegítimo Laudo de 1899.

Vandalismo británico, aplicado en 1902, cuando se apropiaron del Estado Boer en Sudáfrica, descaro cuando en la sociedad de Naciones, pedían sanciones contra el fascismo y condenaban la anexión a Italia de Tripolitania y Abisinia, alegando que la "dominación política carecía de eficacia jurídica internacional"; obviando la condena del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, en 1947, al referirse al caso de Checoeslovaquia y la condena hecha por la "Doctrina Stimson" cuando EEUU pretendía frenar la expansión japonesa en China por el año 1932.

Antes de ir al fondo de la cuestión es urgente exigir un nuevo cuerpo de Magistrados que sustituya los actuales por manifiesta colusión de interés en favor del Estado proponente, decidir sí son o no competentes conforme a los artículos 36 y 37 de los Estatutos y revisar sí hay suficientes razones de hecho y de derecho para sentenciar en favor de Guyana, con ello no incurriríamos en una decisión ultralitem, ni terminaríamos salvando las incoherencias y deficiencias del Estado promotor de la absurda acción.

Se aprovechan la pérfida Albión y sus socios utilizando a Guyana-UK, ONU y CIJ de la debilidad que provocaron a Venezuela, acorralada y a la defensiva, tácticamente debilitada internacionalmente, su tímida acción se limita a no asistir a la sesión de la CIJ y desconocer su jurisdicción. Craso error.

Luchar por el Esequibo es una causa del encuentro venezolano de todos y de todas. En la medida que seamos una nación fuerte, unida y tengamos claro el interés nacional, se nos respetará y reconocerán nuestros derechos (Tantum Ius Quantum Potentiae, Spinoza).

Nos corresponde históricamente el territorio del Esequibo. Esos derechos soberanos están en peligro de perderse gracias a un proceso judicial amañado, defensa técnica inadecuada y sin una razón válida para convertirse en tema controvertible y de la competencia Jurisdiccional de la CIJ.

!Alerta venezolanos y venezolanas, alea jacta est, la suerte está echada!



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María Alejandra Díaz

Abogada constitucionalista y representante del Estado ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Vicepresidente de la Comisión de Justicia y Tutela Efectiva de la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela (2017).

 @MariaesPueblo

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