Ley de Seguridad entrenta a diputados en Nueva Esparta

Los Legisladores del Consejo Legislativo del Estado Nueva Esparta están enfrentados por posiciones encontradas en torno a la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana.

Primeramente pudimos observar hace dos semanas cuando el Legislador por el PSUV José del Carmen Millán, denunció públicamente la suspensión de dos sesiones consecutivas porque el Presidente del Consejo Legislativo y los Legisladores de AD y COPEY no estaban de acuerdo con la aprobación de dicha Ley en segunda discusión, esto debido a que no contaban con la mayoría necesaria en el Parlamento regional para rechazarla.

Viendo que se les estaba enredando el papagayo el martes de la semana pasada fue aprobada la lay, con bastante disgusto por parte de los disidentes, entre ellos el Presidente del Parlamento Regional, acotando que esperarían las observaciones de la Gobernación y dando a entender en su discurso que no compartían el texto a aprobar en segunda discusión, en consonancia con lo manifestado por los representantes de la Gobernación del Estado Nueva Esparta. Al final de la sesión terminó siendo aprobada por unanimidad la Ley en segunda discusión, pero también dejaron claro los Legisladores Millán y Jony Rahal que el ejecutivo regional debía darle celeridad al ejecútese de la misma, situación que a la fecha no ha sucedido.

Desde el punto de vista legal pude analizar la ley y compararla con la ley marco de Policía Nacional, con la que no colide, todo lo contrario, la ley regional garantizará una mayor eficacia de la ley nacional previniendo los posibles actos delictivos, y por supuesto estará sometida a la legislación nacional de acuerdo a lo establecido en la exposición de motivos de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional “…La creación del Cuerpo de Policía Nacional permitirá la integración en un mismo órgano de diferentes competencias relacionadas con la alta criminalidad y con una mayor especialización en la ejecución de sus funciones…”. Así mismo la ley nacional establece en su artículo 4°: “Son fines del servicio de policía: 1) Proteger el libre ejercicio de los derechos humanos, las libertades públicas y garantizar la paz social. 2) Prevenir la comisión de delitos. 3) Apoyar el cumplimiento de las decisiones de la autoridad competente. 4) Controlar y vigilar las vías de circulación y el tránsito. 5) Facilitar la resolución de conflictos mediante el diálogo, la mediación y la conciliación.”

Como se puede observar pueden convivir juntas ambas leyes, dependiendo la regional de la nacional. Pero la cosa no es tan fácil porque existe una negativa bastante fuerte de parte del Gobernador del Estado y su equipo en darle el ejecútese correspondiente a la ley, causando mayor fricción entre los Legisladores de oposición, lo que podría traer como consecuencia un nuevo mapa político en el Consejo Legislativo de Nueva Esparta en la sesión de instalación el próximo cinco de Enero de 2010.


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Reinaldo Silva


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