Pudiera ser el General Isaías Medina Angarita una referencia del chavismo

Propuesta interesante la del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), la de promover el estudio e investigación de épocas históricas poco revisadas como lo fue la etapa del post gomecismo.

En el caso de el General Isaías Medina Angarita, la evaluación de su gestión como Presidente de la República, corresponde a un período de transición entre el legado de una dictadura cruel, entregada a los monopolios internacionales y subalterna a los intereses del gobierno norteamericano.

Debemos tener presente que tanto López Contreras como Medina Angarita, formados en la disciplina del gomecismo, compartieron desde sus altos puestos militares, la ejecutoria del Dictador Juan Vicente Gómez.

Medina Angarita dentro de su gestión comparte un escenario mundial de la alianza USA, Inglaterra, Francia y la URSS contra el bloque del nazismo representado por Alemania y Japón.
Debemos reconocer que durante el periodo medinista el pais disfruta de una apertura política y social, los partidos de las diferentes ideologías se activaron con plenas Libertades, tan así que el partido del Presidente Medina, el PDV, participó en procesos electorales en alianza con los comunistas de la Unidad Popular, en el área comunicacional hubo facilidades que permitieron a Acción Democrática abrir un periódico El País, apareciendo además El Nacional y Últimas Noticias.

El Presidente Medina gana la elección por 120 votos contra 13 votos obtenidos por El escritor y Militante de Acción Democrática Rómulo Gallegos, este modelo de elección desde el punto de vista d l Chavismo reviste al elegido, de Legalidad por qué es la normativa constitucional, pero al mismo tiempo es una elección de 2do grado carente de legitimidad porque no participan los electores naturales.
El Gobierno de Medina Angarita puso sobre el tapete un proyecto de reforma agraria sin ningún resultado, 20 años después, Betancourt intentará desde el gobierno una nueva reforma agraria que no pasó el examen.

Lo mas resaltante y el Legado del Gobierno del General Isaías Medina Angarita será la Ley de Hidrocarburos de 1.943, primero, por qué hasta esa fecha en nuestro país no existía ningún tipo de reglamentación petrolera, como prueba veamos el ejemplo que nos da el Comandante Presidente Chávez. . . .dice Pérez Alfonzo en sus memorias, que los primeros cargamentos petroleros salieron de Venezuela por el Terminal de San Lorenzo, allá en el Lago de Maracaibo, desde 1.917 y ya en 1.928 Venezuela se había convertido en el primer exportador mundial neto de petróleo, la participación fiscal del país en estos 12 años, apenas llegó a 8 millones de dólares, habiendo producido un total de 266 millones de barriles que a precios declarados de entonces alcanzaron 245 millones de dólares y a Venezuela le quedaban 8 millones de dólares, es decir el 3% (Hugo Chávez, discurso de Instalación de la II Cumbre de la OPEP, Caracas 26/9/2000)

Está injusticia es la que se viene a corregir, con la Ley de Hidrocarburos.

Está Ley de Hidrocarburos fue promulgada el 13 de Marzo de 1.943, será utilizada por todas las administraciones que le siguieron a Medina Angarita, hasta su derogatoria parcial en 1.975 y fue considerado el instrumento jurídico mas idóneo para regir en Venezuela la materia de los hidrocarburos.

Es en el sector petrolero es donde queda para la posteridad la contribución del Presidente Medina. Entre las mas importantes modificaciones incluidas en dicha Ley se destacan los siguientes:
a) Se aumentan los impuestos de exploracion, inicial de explotación, superficial y de explotación o regalia.

El impuesto de exploracion que por la ley del año 36 era de Bs 0,10 (2 cobres, menos que una locha) por año y por hectárea, y según la ley de 1.938 de Bs. 4 por Hectárea y por los 3 años de concesión.
El impuesto inicial de explotación se fija en Bs 8 por Hectárea, pero no tuvo aplicación porque durante la vigencia de dicha ley no se otorgaron concesiones

El impuesto superficial se eleva a Bs 5 por Hectárea en los primeros 10 años y a Bs 10 en los 5 años siguientes. A Bs 15, 20 y 25 en los quinquenios ulteriores y a Bs 30 en el resto, hasta el término de la concesión. Este aumento permirtió doblar a partir de 1.943 el monto de los impuestos percibidos por el Fisco Nacional. El impuesto de explotación se fija en el 16 2/3% del petróleo crudo extraído, del asfalto natural extraído y del gas natural enajenado o utilizado como combustible.

b) Se sustituye el derecho de los consecionarios al beneficio de exoneración de impuestos de importación por la facultad que se atribuye al ejecutivo para acordar según su prudente arbitrio exoneraciones parciales o totales de derechos de importación de los bienes que necesitarán introducir al pais los concesionarios, siempre que tuvieran relación directa o inmediata con su trabajo u obras.

c) A las concesiones de transporte se les da el carácter de servicios públicos.

d) Se consagra el derecho a la libre exploración superficial.

e) Considerando en cuenta la presencia de sustancias en el petroleo que no son hidrocarburos, Pero que resultan útiles y que aumentan el precio, se cobrará un impuesto del 16 2/3 %.

Además de la importante Ley de Hidrocarburos del año 1.943, vale la pena indicar que en Mayo de 1.945 el Congreso Nacional sancionó una nueva Constitución, se derogó el famoso inciso VI del artículo 32 por el cual se consideraban contrarias a la independencia, a la forma política y a la paz social de la Nación las doctrinas comunistas y anarquistas. Y se establece el derecho de sufragio a las mujeres mayores de 21 años.

Una Pregunta. Considerando la características políticas y las obras o gestión del gobierno del General Isaías Medina Angarita, se puede considerar su gestión como una referencia histórica para el Chavismo?

1) No, Una de las causales del Golpe de Estado del 18 de Octubre de 1.945 fue la negativa de Medina Angarita para permitir la elección presidencial por parte de las mayorías nacionales. Los Presidentes elegidos bajo la modalidad de 2do Grado, desde el punto de vista chavista, son legales porque siguen el precepto constitucional de ese momento, pero son ilegítimos por no recibir el voto y el bautizo de las grandes mayorias nacionales.

2) La elección presidencial dependia de una Elite
Militar que imponía que los Presidentes debían ser de la región andina y en especial del Estado Táchira (Don Cipriano, Gómez, López Contreras, Medina Angarita, Pérez Jiménez).

3) La amplitud que caracteriza la gestión del General Medina Angarita está relacionado con la situación mundial y la alianza de Estados Unidos, Inglaterra y La URSS contra el eje nazi conformado por Alemania y Japón. Otro elemento que contribuye a la buena visualización de su gestión es su personalidad.

4) La reforma agraria que impulso Medina fue un fracaso.

5) El Verdadero Legado del General Isaías Medina Angarita fue la Ley de Hidrocarburos de 1.943.



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Jesús Borges


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