La MUD irrespetó a sus seguidores al violar su propio reglamento electoral

Las primarias de la oposición para elegir un candidato a la Presidencia de la República, 17 candidatos a gobernadores y 249 candidatos a alcaldes, se celebraron el pasado 12 de febrero con 80 % menos mesas electorales que las instaladas para elegir: 165 diputados en 2010, con capta huellas, uso de tinta indeleble y auditorías aleatorias a más del 50 % de las mesas; es decir, con menos mesas, comenzando dos horas más tarde y en muchos casos hasta 4 y 5 horas más tarde, para elegir entre miles de aspirantes, 267 candidatos, es imposible que hayan sufragado 3 millones de electores; razón que justifica que se apresuraran a quemar los cuadernos de votación violando el mandato del TSJ y su propio reglamento electoral.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 52 del que aprobaron en Mayo de 2011, la destrucción de los cuadernos electorales debía ocurrir una vez finalizado el evento electoral en todas sus fases, no dentro de 48 horas, según la matriz de opinión que han posicionado con el despliegue de Globovisiòn y otras empresas privadas de comunicación, que les apoyan.

Una de las fases del proceso electoral es la impugnación y conforme a lo previsto en el artículo 67 del Reglamento Electoral, las impugnaciones debían tener lugar dentro de las 48 horas siguientes a la totalización.

La totalización es otra de las fases del proceso electoral, compuesto por las siguientes:

Convocatoria, postulación, instalación de mesas, constitución, elección, escrutinio, totalización, impugnación y Proclamación; de tal modo que una vez contado el último de los votos sufragados, comenzaba a correr un lapso de 48 horas para las impugnaciones.

Hecha una impugnación ante la Junta Regional, tal como ocurrió en Yaracuy, tenemos un lapso de 24 horas para la decisión; 24 horas para apelar de esa decisión y luego la Comisión Electoral Nacional disponía de 72 horas para decidir, vencido cuyo lapso, comenzaba a correr el lapso para la proclamación. Es decir, que de acuerdo con el Reglamento Electoral, la destrucción de los cuadernos de votación, debía realizarse pasadas por lo menos, 168 horas, de la impugnación, esto es 7 días. Con este análisis queda destruida la matriz mediática de que los cuadernos debían ser destruidos 48 horas luego de la totalización.

En su vigente Reglamento está previsto el fraude como causal de nulidad, en el artículo 24, iteral b, ahora destruidos los cuadernos como se prueba el fraude? Cuyo convencimiento tengo se realizó.

Como podemos verificar que efectivamente en una de las mesas en la que William Ojeda señala en su denuncia, votaban 3000 personas y presuntamente votaron 3000, no votó una sola persona varias veces? como podemos averiguar donde está el error en las mesas donde William Ojeda denuncia que aparecen el doble de votos en relación con los votantes?

Como averiguamos cuantas personas votaron, en las mesas cuyas actas no reflejan el número de votantes, o la verdad de aquellas donde aparece que votaron más electores de aquellos a los correspondía votar en dichas mesas?

En definitiva, no es posible determinar la voluntad general de los electores, y quien suscribe tiene el convencimiento de que mucha gente votó varias veces, por ello se apresuraron a quemar los cuadernos, sobre todo habiéndose negado la oposición a utilizar capta huellas y uso de la tinta indeleble.

Por cuanto la oposición violó la voluntad de sus seguidores y su propio Reglamento Electoral, sus elecciones primarias a nivel nacional son nulas y no tienen derecho a gozar de la credibilidad de quienes le siguen ni siquiera para pretender representar un condominio; y habiendo burlado la decisión del Tribunal Supremo de Justicia, no tan sólo la señora Teresa Albanes, debe cancelar la multa que le ha sido impuesta si no que debe ir presa, por estar incursa en el delito de desacato previsto y sancionado en el artículo 483 del Código Penal, con arresto de cinco a treinta días, cuyo pronunciamiento esperamos en tiempo oportuno del Tribunal Penal que conozca del asunto.



Vicepresidenta del FNAB

minnorij@yahoo.com


Esta nota ha sido leída aproximadamente 1854 veces.



Minnori Martìnez


Visite el perfil de Minnori Martínez para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: