Camarada Maduro, los días vuelan, demande ya a la ANC el rescate de los mecanismos del control previo externo

Hacemos nuestras estas palabras del Constituyentista, Julio Escalona, que hemos tomado de su artículo "Bolivia", publicado en el diario Últimas Noticias del 20 de octubre en curso:

"Es el momento de reflexionar y tomar decisiones acertadas. Siguen actuando la quinta columna, la corrupción y la ineficiencia que no han sido vencidas. Por ahí nos pueden golpear. Hay condiciones para marchar hacia delante, pero necesitamos, con paso firme ir derrotando a los enemigos, algunos se mueven más al interior y otros más al exterior, pero, en general, es el mismo enemigo." (https://ultimasnoticias.com.ve/noticias/opinion/bolivia/)

El profesor Escalona nos dice una gran verdad, las condiciones de este momento son favorables para avanzar en la dirección de enfrentar y derrotar a esos muy peligrosos enemigos, por lo que debemos apurar el paso y que actuemos con el mayor coraje y decisión para derrotarlos, porque de lo contrario esos enemigos que el Camarada Escalona identifica y que, además, existe el consenso nacional acerca de que son una vergonzosa realidad, nos pueden propinar un duro golpe y ese riesgo no podemos, bajo ningún respecto, permitir que ocurra.

No olvide Presidente que quedó pendiente, luego de la aprobación de la Ley Antibloqueo y escuchadas las distintas observaciones que se le hicieron a la misma en su etapa de proyecto y que usted le manifestó al país que estaba de acuerdo, en particular, con las que hizo el intelectual Luis Britto García, replantear de urgencia estrategias que hagan factible llevar adelante con éxito una frontal guerra contra la corrupción y que para ello es imprescindible que se restablezcan de urgencia los controles preventivos externos.

Pero veamos cómo expuso Britto García su opinión sobre el tema:

"El artículo 12 del mencionado proyecto de Ley Antibloqueo propone que:

"Todos los actos públicos dictados en aplicación de esta Ley Constitucional quedan sometidos a control posterior por parte de la Contraloría General de la República, la cual deberá ejercerlo eficaz y oportunamente conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la legislación nacional vigente que corresponda".

"Sobre el particular, procede la advertencia que hemos formulado repetidas veces, y que la práctica confirma, sobre la ineficacia del control posterior -que se lleva a cabo esencialmente por muestreo- para prevenir e incluso detectar y sancionar irregularidades. Por otra parte, es bueno señalar de nuevo que numerosos entes, tales como Consejos Comunales, institutos autónomos, fundaciones y empresas del Estado o en las cuales tiene participación éste, en su mayoría no están sometidos a la Contraloría General de la República sino a órganos de control interno, y que por tanto las irregularidades cometidas por sus administradores podrían resultar particularmente dañinas para los intereses colectivos."

Está muy claro lo que dice Britto, Presidente Maduro, que los controles posteriores son, sin la menor duda, totalmente inútiles e ineficaces, a tal punto que en absoluto impiden que se eviten desafueros y/o todo tipo de delitos contra los dineros y bienes públicos, precisamente porque se realizan con posterioridad a la correspondiente decisión administrativa, acerca de lo cual, no solamente Britto García, como él mismo lo consigna en sus observaciones, ya lo ha señalado en otras muchas ocasiones, sino que bajo nuestra firma hemos perdido ya la cuenta de los artículos y notas que hemos escrito sobre el tema, reclamando la urgente necesidad de que se revise nuestra legislación en materia de contraloría, de manera que se rescaten las herramientas de los controles preventivos externos que contemplaba la Ley Orgánica de la Contraloría General para 1995, extendidos a todo ente público, sin excepción, que manejen dineros y bienes públicos y que a finales de ese año, durante el Gobierno de Caldera II, fueron eliminadas de la Ley, incurriendo el Congreso de la época, en el muy grave desacierto (no creemos que haya sido por ingenuidad) de transferir la responsabilidad de dicho control preventivo a los propios administradores del presupuesto o lo que es lo mismo, poner a zamuros a cuidar carne…!!!.

Le observamos, Presidente, ya para concluir, que con el rescate de dichas herramientas del control previo externo sobre los proyectos de compromisos con cargo a dineros públicos para la adquisición de bienes y servicios, igualmente la ANC deberá discutir y aprobar normas que hagan obligante la publicación de las Declaraciones Juradas de Patrimonio a quienes ingresen a prestar servicios a la Patria en cualquier de sus instancias del Estado y que hayan sido designados para manejar dineros y bienes públicos. Tenemos la certeza de que dichas declaraciones se constituyen en excelentes y efectivos disuasivos para quienes pudieran estar convencidos de que el ejercicio de una función pública, es una gran oportunidad para hacerse de fortunas, como lamentablemente sabemos de muchos que en este gobierno y en todos los que ha tenido el país a lo largo de su historia, optaron por hacerse ladrones a costillas de las arcas de la Nación.



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Iván Oliver Rugeles


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