Sundee sanciona a más de 50 estacionamientos en Caracas y fija nuevas tarifas

Credito: Archivo

09-08-19.-El Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional, a través de su ente adscrito, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), sancionó más de 50 estacionamientos en Caracas, por incurrir en el delito de condicionamiento, especulación y usura en sus tarifas, reseñó la página web de la  Vicepresidencia de la República de Venezuela.

La medida fue establecida gracias a las denuncias de las usuarias y usuarios, a través de las redes sociales del ministro de Comercio Nacional, Willian Contreras, en la sede central del ente rector y la línea telefónica 0212-615-93-51/9387, por causa de los cobros exorbitantes en los servicios, así como también dictaminar tarifas planas como único régimen, siendo éstas acciones una violación en lo establecido en la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ).

Ante el incumplimiento de las normativas establecidas, las medidas que se aplicarán son las siguientes:

1. Serán sujetos de aplicación de la presente medida las personas naturales y jurídicas dedicados a la recepción, guarda y custodia de vehículos automotores los mismos deben garantizar la seguridad de los vehículos mediante póliza de seguro de responsabilidad civil con garantías garajista, que cubra los siniestros que ocurran mientras estos se encuentran bajo su guarda y custodia

2. Se exhibirán en lugar visible en los accesos del estacionamiento, el nombre del mismo y su número de registro de información fiscal, las tarifas a cobrar por el establecimiento, el horario del servicio, y el número de puestos que dispone el estacionamiento.

3. Los prestadores del servicio de estacionamiento deben expedir los recibos por cada vehículo, cuya información como mínimo debe especificar nombre del estacionamiento y su RIF, fecha, hora de entrada y de salida del vehículo, placas del vehículo.

4. Los prestadores del servicio de estacionamiento, deben facilitar todos los medios de pago, el cual deberá ser en moneda de curso legal, el bolívar.

5. Fijar precio por hora para el servicio de estacionamiento o garaje público, hasta tanto se publique la reglamentación técnica para la prestación del servicio, como a continuación se describe de acuerdo a la clasificación de los estacionamientos:

a.- Estacionamientos Estructurales (Mecánicos y no Mecánicos)

b.- Estacionamientos No Estructurales (Descubiertos)

Estas son las tarifas fijadas por medida preventiva:

Región Capital: Bs./Hrs. Estructural: 900 / No Estructural: 800
Región Central: Bs./Hrs. Estructural: 800/ No Estructural: 600
Región Occidental: Bs./Hrs. Estructural: 700/ No Estructural: 600
Región Oriental: Bs./Hrs. Estructural: 600/ No Estructural: 500
Región Los Andes: Bs./Hrs. Estructural: 600/ No Estructural: 500
Región Los Llanos: Bs./Hrs. Estructural: 500/ No Estructural: 400
Región Guayana: Bs./Hrs. Estructural: 500/ No Estructural: 400
 



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