¡Mosca Nicolás! El diablo siempre se encuentra en los pequeños detalles

El lunes 15 de marzo, cuando una multitud despidió a nuestro eterno y amado comandante presidente Hugo Chávez, en el recorrido de los 18 kilómetros que atravesó el cortejo fúnebre que llevó sus restos hasta el Cuartel de la Montaña, en la popular barriada 23 de Enero, dijo el camarada Nicolás Maduro: "En un mes volveré aquí, el lunes 15 de abril. Amaneceremos aquí, ya no como presidente encargado, sino como presidente constitucional de Venezuela", fue allí, cuando nuestro camarada Nicolás Maduro, prometió volver el 15 de abril como presidente constitucional de Venezuela. ¿Como es esa vaina, pues?

Después nos arrechamos, de las manipulaciones que hace la oposición venezolana con lo que dice y hace el gobierno revolucionario; como va hacer posible, que nadie o mejor dicho, ninguno de los camaradas integrantes de la cartera ministerial de la revolución, que están muy cerca del camarada Nicolás Maduro, no le hayan corregido, lo referente a lo que dijo: “Amaneceremos aquí, ya no como presidente encargado, sino como presidente constitucional de Venezuela”, barbaridades; es que usted camarada Nicolás, por ser el presidente encargado, no es, presidente constitucional ¿Cómo se explica esa vaina?. Por lo que usted dijo camarada Nicolás, aprovechó el fascista de CAPriles, y el sábado 16 de marzo de 2013, a las 3:16pm, en la Grita, estado Táchira, dijo "Nicolás es un presidente chimbo"

Camarada Nicolás Maduro, un presidente constitucional de país alguno, es el que ocupa su cargo siguiendo las normas determinadas por la constitución del país. Artículo 233. Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanentemente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato.

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva. Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirán la Presidencia de la República hasta complementar el mismo.

Y así mismo, repitiendo como loro, lo he escuchado de boca de nuestro flamante Ministro del Poder Popular para Comunicación e Información (Minci), camarada periodista Ernesto Villegas Poljak. Camaradas, para nadie es un secreto el tremendo trabajo que esta realizando el camarada Ernesto Villegas, pero recordemos que: “Al mejor cazador también se le va la liebre” pero también “El diablo se encuentra, siempre en los pequeños detalles” y este es un pequeño, pero grandísimo detalle que tenemos que aclarar ó rectificar de Ipsofacto. No podemos darles armas al enemigo, al enemigo ni agua.

Solo el pueblo salva al pueblo.

Patria Socialista o Muerte… VENCEREMOS.


comunista1957@gmail.com


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José Antonio Velásquez Montaño


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