MOPROVEN y VCD acuden al TSJ para exigir su legalización y participación en las elecciones del 25 de mayo

acuden al TSJ para exigir su legalización y participación en las elecciones del 25 de mayo

acuden al TSJ para exigir su legalización y participación en las elecciones del 25 de mayo

Credito: Andres Giussepe

Caracas, 9 de abril de 2025 — Los movimientos políticos Profesionales de Venezuela (MOPROVEN) y Vanguardia Ciudadana por la Democracia (VCD), a través de sus representantes Andrés Giussepe Ávalo e Inyerber José Gutiérrez, acudieron formalmente ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para interponer un Recurso Contencioso Electoral por omisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), con solicitud de amparo cautelar innominado, tras más de un año de inacción administrativa que les ha impedido participar en igualdad de condiciones en el proceso electoral.

Ambas organizaciones consignaron sus respectivas solicitudes de Denominación Provisional como partidos políticos nacionales ante el CNE —MOPROVEN en noviembre de 2022 y VCD en octubre de 2024— cumpliendo con los requisitos de ley y con múltiples comunicaciones de insistencia. Sin embargo, hasta la fecha, el ente electoral no ha emitido decisión alguna, manteniendo los expedientes "en estudio" y, con ello, bloqueando de facto su derecho a participar en los comicios parlamentarios y regionales del próximo 25 de mayo.

El recurso legal fue interpuesto con el acompañamiento del abogado Ronny Rafael Reyes Acuña (IPSA N° 75.920), y se fundamenta en los artículos 62, 67, 49 y 26 de la Constitución, así como en el artículo 27.5 de la Ley Orgánica del TSJ, que otorga competencia a la Sala Electoral para conocer de abstenciones del Poder Electoral.

"Esta omisión del CNE configura una violación grave del derecho a la participación política, del debido proceso y de la igualdad ante la ley. No se trata de un acto político partidista, sino de una defensa legítima del pluralismo político que fortalece la democracia", declaró Andrés Giussepe, representante de MOPROVEN.

El documento también hace referencia a jurisprudencia nacional clave como los casos N° 26 (2005), 119 (2002) y 78 (2011), donde la propia Sala Electoral reconoció que la omisión prolongada e injustificada del CNE puede vulnerar los derechos políticos fundamentales de los ciudadanos. Asimismo, se apoya en precedentes internacionales como el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso "YATAMA vs. Nicaragua" (2005), que establece que los Estados no pueden imponer barreras administrativas arbitrarias a la participación política.

En su petitorio, MOPROVEN y VCD solicitan:

  • Que se ordene al CNE pronunciarse de forma inmediata sobre sus solicitudes de inscripción como partidos políticos.

  • Que se conceda una medida cautelar que les permita participar en el proceso de inscripción de candidaturas mientras se decide el fondo del recurso.

  • Que se exhorte al CNE a garantizar el principio de pluralidad e igualdad en el sistema de partidos políticos.

  • Que se notifique a la Asamblea Nacional y a la Contraloría General para abrir averiguaciones administrativas por esta omisión.

La democracia se defiende con pluralismo y participación, no con silencio institucional", expresó Inyerber Gutiérrez, vocero de VCD.

 



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