La licencia para conducir es un documento que permite a una persona poder transitar en un vehículo, bien sea de tracción humana o a motor.
Para obtener este documento, «una persona debe tener suficientes conocimientos y aptitudes para conducir el tipo de vehículo cuya licencia aspira obtener, según las disposiciones legales», según establece el Artículo 203 de la Ley de Transporte Terrestre de Venezuela.
No obstante, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) es el ente venezolano encargado de mantener actualizado el registro de conductores del país, según precisó una nota de prensa.
Cada licencia permite la operación de una categoría distinta de vehículo a motor, por lo que se clasifica por grados.
A continuación, los grados y usos de las licencias para conducir en Venezuela:
– Licencias de primer grado: esta cuenta con dos subclasificaciones. La tipo “A”, aplicable para personas mayores de 14 años de edad y que sirve para conducir vehículos de tracción humana. La tipo “B” es para aquellos que superen los 16 años de edad y deseen conducir vehículos de tracción animal.
– Licencia de segundo grado: es la requerida por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre para la operación de motocicletas. Esta tipología de licencias está también subdividida en tipo “A”, que se otorga a menores a partir de los 16 años con autorización notariada de su representante legal, y solo faculta a conducir motocicletas con cilindrada hasta ochenta centímetros cúbicos. La licencia tipo “B” es para mayores de 18 años de edad y permite conducir motocicletas de cualquier cilindraje.
– Licencia de tercer grado: permite conducir automóviles de transporte privado de personas. Esta licencia es el permiso de uso particular y convencional para conducir un automóvil con un límite de 9 puestos, incluyendo al conductor. También permite conducir vehículos que transportan mercancía que no exceda los 2.500 kilogramos. Este grado de licencia también se otorga a menores de 18 años, con previa autorización notariada de su representante legal, y está sujeta a restricciones especificadas en la Ley de Transporte Terrestre.
– Licencia de cuarto grado: este permiso para conducir certifica que el usuario se encuentra en capacidad de operar unidades de transporte público (hasta doce puestos) o vehículos de carga que no excedan los seis mil kilogramos (6.000 kg). Para la obtención de la misma, el solicitante debe ser mayor de 21 años.
– Licencia de quinto grado: es el documento que permite conducir transporte público hasta 33 puestos o vehículos de carga que no excedan los nueve mil kilogramos (9.000 kg). Este tipo de licencia requiere una gran experiencia por parte del conductor que aspira a obtenerla, quien además debe ser mayor de 25 años y haber aprobado el curso de manejo dictado por las Escuelas de Transporte autorizadas.
– Título Superior Profesional: es el instrumento que obtiene un usuario para conducir unidades de transporte público superior a 33 puestos, vehículos de carga que excedan los 9.000 kilogramos o vehículos con cargas de alto riesgo. Este documento lo obtienen usuarios mayores de 30 años de edad que hayan sido certificados bajo la figura de Título Profesional, el cual es otorgado por las Escuelas de Transporte autorizadas por el INTT.