(Parte I: Conceptos claros y acordados)

Una declaración política venezolana sobre desarrollo forestal

Quien no sabe a dónde va, nunca sabe si el viento impulsor está a su favor o en contra.

Séneca (parafraseado)

 

¿Cómo preservar a las futuras generaciones un patrimonio suficiente, en buen estado, si debemos hacer uso crucial de ese patrimonio hoy día? La respuesta a este aparente dilema está en el acuerdo colectivo de quienes creen en la humanidad, en quienes para el presente pretenden bienestar con justicia social y para el futuro actúan con responsabilidad transgeneracional. El ideario humanista debe ser siempre el éter de toda definición política que pretenda catalogarse como "social, nacional, popular, de país o de Estado". A un lado deben quedar los egoísmos o intereses mezquinos.

La solución al aparente dilema "presente-futuro" pasa por la conciencia de que el desarrollo posible, sostenible, máximo a la vez de prudente, se basa no solo en la existencia o riqueza de recursos naturales, de bosques y tierras en este caso particular (desarrollo forestal) sino también de las fuerzas sociales, de la institucionalidad, de la organización productiva nacional, del conocimiento y la investigación, del nivel de compromiso de la gente, en fin, el desarrollo posible es la conjunción de fuerzas activas y potencialidades; es el empleo intensivo del "patrimonio nacional", lo cual es mucho más que "presencia de recursos naturales".

Una definición política de país, es la guía de acción para toda una sociedad en un momento histórico dado. Sin ella andamos a la deriva, cada quien actuando por su lado, cada quien en busca de objetivos muy particulares que, por lo mismo, suelen ser contradictorios, excluyentes, contraproducentes. La definición política es primordial, pues expresa un cuerpo legal, una institucionalidad, un accionar social, una economía, unos objetivos trascendentes, unas metas nacionales, unas estrategias. Necesitamos saber ¿Qué hacer, cómo y cuándo? sobre nuestros recursos forestales y patrimonio forestal, a los fines de apoyar, permitir ciertamente, el desarrollo nacional, para el bienestar social presente y futuro, a la par de coadyuvar con la salvación de la vida en el planeta.

En virtud de una política se pretende guiar y determinar las decisiones y acciones presentes y futuras. Esta se compone, generalmente, de los dos elementos siguientes:

  • Un conjunto de aspiraciones, metas y objetivos.

  • Un esbozo de la línea de acción que permite alcanzar dichas aspiraciones, metas y objetivos.

Elaboración de una Política Forestal Eficaz. FAO, Roma. 2010.

Definir una política de acierto, requiere de conocer y diagnosticar la realidad, sus antecedentes históricos y contemporáneos, sus fortalezas y potencialidades, sus debilidades, las oportunidades existentes, y las amenazas a las que estamos expuestos; significa plantearse, en función a la interpretación de la realidad (que incluye el futuro inmediato y previsible) unos objetivos y metas realistas y medibles, y de trazar (al menos delinear) un conjunto de estrategias para alcanzar tales objetivos y metas.

Definir una buena política, comienza por el manejo claro (y acordado) de ciertos conceptos, entre estos (tratándose de una política para el desarrollo forestal venezolano) los de "Patrimonio Forestal" y "Recursos Forestales". Estos dos conceptos están mal definidos y mal empleados por muchos dirigentes y autoridades forestales, los cuales han sido plasmados así en el principal instrumento legal en materia silvicultural, la Ley de Bosques vigente. Esta situación explica en buena medida el por qué no logramos dar en la diana del desarrollo forestal posible.

La ley de Bosques (2013) señala en su artículo 42 que los componentes de nuestro Patrimonio Forestal son: a) Bosque natural, b) Bosques plantados, c) árboles fuera del bosque, d) otros ecosistemas vegetales, e) las tierras forestales y, f) el inventario existente de productos forestales. En función a esta definición, se establecen los lineamientos legales (¿y políticos?) de conservación, defensa, fomento, mejoramiento y manejo sustentable del patrimonio forestal venezolano. Y aquí el error. Los mencionados "a, b, c, d, e y f" no pasan de ser el "conjunto de recursos forestales". La conservación, manejo y fomento de los recursos forestales por sí solos, no producirán desarrollo social ni económico; si acaso provocaremos (con esa interpretación legal de "patrimonio forestal") un mejoramiento ambiental, que es bastante decir, por supuesto, pero que no impacta per se, nuestro desarrollo nacional.

El apalancamiento de todo desarrollo humano, social, se debe al sabio uso de su "patrimonio" y no solo de los recursos naturales (forestales en este caso) de que disponga. Este término de "patrimonio" viene del latín y significa "recibido del padre" o "recibido por línea paterna"; tiene origen en el derecho romano que señalaba que, el "patrimonio" era familiar y no unipersonal sobre el cual el "pater familias" podía disponer libremente, pero estaba en la obligación de preservarlo y aumentarlo en la medida de lo posible. La UNESCO expresa un concepto sobre el término, con el cual me identifico y traigo al ámbito silvicultural social, de desarrollo nacional:

"Es la herencia recibida de los antepasados, y que viene a ser el testimonio de su existencia, de su visión de mundo, de sus formas de vida y de su manera de ser, y es también el legado que se deja a las generaciones futuras"… Herencia recibida… testimonio de su existencia… visión de su mundo… legar.

El concepto más acertado de "Patrimonio Forestal" es entonces para mí, el siguiente: Conjunto de Bienes, Derechos, Logros y Obligaciones en materia forestal-ambiental, legados a nuestra actual sociedad (generación) por el desenvolvimiento social y como país de nuestros antecesores, el cual es instrumento para nuestra superación y sobre el que tenemos responsabilidad de traspasar a nuestros descendientes en iguales o mejores condiciones. Dicho patrimonio es de propiedad colectiva nacional, interés social y utilidad pública.

Si aceptamos que este es el concepto, entonces significa que el término "Patrimonio Forestal" está constituido por:

  • Nuestros Recursos Naturales Forestales (que incluye los bosques plantados).

  • La institucionalidad rectora pública sobre el asunto forestal.

  • Cuerpo de políticas y legal forestal.

  • Los Convenios y Tratados Internacionales sobre la materia, suscritos por la Nación.

  • El conocimiento técnico y científico, teórico y práctico sobre la materia.

  • El conocimiento ancestral. La sabiduría popular forestal.

  • La Cátedra en materia silvicultural (universidades).

  • La investigación silvicultural nacional y sus instituciones (Centros de Investigación).

  • El colectivo humano de obreros, operarios, profesionales y técnicos en la materia.

  • Las Organizaciones sociales y socio productivas que giran en torno al asunto forestal.

  • La Industria forestal.

  • El inventario existente de elaboraciones en base a insumos forestales.

Y es este concepto y contenido temático, "Patrimonio Forestal", el que está más ligado al emprendimiento del "Desarrollo Forestal Posible". Nuestro desarrollo forestal no se basa en la existencia de bosques (únicamente) ni en la riqueza que poseemos de recursos forestales (únicamente) sino en la potenciación y maximización de uso que le demos. Así, cuando digamos potenciar al máximo nuestro patrimonio, estaremos diciendo recursos naturales, instituciones rectoras, universidades, centros de investigación, grupos sociales, empresa pública y empresa privada.

Si asumimos los anteriores términos de esta manera propuesta, aclararemos en mucho nuestra situación (política, legal y operativa) sobre el tema silvicultural. Si asumimos estos términos como tales, podemos avanzar con certeza sobre el desarrollo posible.

Claro, esta "adecuación" de conceptos significa modificar el contenido y filosofía de la ley. Utilizar el patrimonio forestal nacional para producir bienestar a la par de asegurar el futuro ambiental, cobra nuevo significado.

Pero también debe reflexionarse sobre dicha ley de Bosques, contra lo señalado por su artículo n° 6. Este artículo estipula que: "el presidente o presidenta de la república en Consejo de ministros, formulará y aprobará, mediante decreto, la política nacional forestal, a fin de orientar las actuaciones de los órganos y entes del Poder Público en materia de bosques, gestión del patrimonio forestal y desarrollo de las cadenas productivas, en sus respectivos ámbitos de competencia.", para de seguidas declarar que "La política nacional forestal debe orientar el desarrollo forestal del país, estableciendo las estrategias, prioridades, objetivos y metas de alcance nacional, regional y local,…" (resaltados y subrayados míos).

Con esto se reconoce que, a la fecha de promulgación de la ley de bosques (y aún hoy) NO existe un formulación de política forestal nacional. Llama poderosamente la atención esta situación. Yo entiendo que, a nivel de acciones rectoras, para temas de tanta trascendencia como "desarrollo nacional", "uso de los recursos naturales" o "utilización de los grandes espacios nacionales", primero es "la política" y luego, derivada de esta, "la ley". La ley es una expresión de la definición política. Sin definición política resulta azaroso acertar en reglamentar intenciones o deseos que no están clara y explícitamente definidos. Cómo lo dice el mismo artículo: es la definición política quien orienta las actuaciones de los órganos y entes del Poder Público en materia de bosques, gestión forestal y desarrollo productivo.

Nuestra dirigencia forestal nacional debe promover este debate participativo y lograr acuerdo, a la brevedad. Sin estas definiciones ("aclaratorias") nunca lograremos avanzar en desarrollo forestal.



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Inocencio Soto C.

Ingeniero Forestal

 ingenieroisoto@gmail.com

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