El Estadio Olímpico Metropolitano de Mérida (EOM) desde su inauguración, hace poco menos de seis años, ha sido objeto de varios tipos de gerencias tanto militares como civiles. Al comienzo de su actividad la gerencia militar lo mantuvo cerrado al público, es decir, las infraestructura del complejo deportivo no prestaban ningún servicio público, salvo para aquellos eventos deportivos de relevancia nacional o internacional en los que el pueblo asistía como espectador. El uso de esas instalaciones estaba reservado a grupos deportivos muy selectos, particularmente, del área militar o de la gobernación y otras dependencias del Estado. Luego, la dirección pasó a manos de un civil quien mantuvo la misma normativa de su predecesor. A comienzo de este año (2010) la dirección del EOM cambia nuevamente y designan a una dama, quien es una profesional del deporte y comprometida con los avances de las disciplinas deportivas. Venciendo innumerables obstáculos burocráticos esta dama logra abrirle las puertas del EOM al público para que practique el o los deportes propios en esas instalaciones. Durante estos meses de apertura parcial los niños y niñas, jóvenes, adultos y personas de la tercera edad, se han dado cita, desde las 6 am hasta las 6 pm, en el EOM para realizar sus actividades deportivas en un ambiente de extraordinaria coexistencia. Al principio de la apertura los usufructuarios se acercaban con una mezcla de asombro y timidez, y no dejaban de comentar que por fin alguien había entendido que el estadio era para la práctica del deporte y el ejercicio físico de todos los miembros de la comunidad. Desde entonces la asistencia promedio diario al EOM oscila entre 900 a 1200 usuarios que realizan una actividad deportiva.
Ahora bien, antes hice referencia a que la apertura del EOM al público es parcial, y la razón que media para ellos no es más que «las órdenes superiores» que le cierran el acceso a los usuarios dos o tres veces por semana, es decir, que dejan a 2700-3600 personas/semana sin la posibilidad de practicar sus ejercicios o actividad deportiva. Este fenómeno discrecional se repite consuetudinariamente «sin aviso y sin protesto». Algunos equipos de fútbol como el Estudiante Fútbol Club (empresa privada), entre otros, toman en exclusividad todas las instalaciones del complejo cuando realizan sus entrenamientos, y sólo ocupan el área específica para ese deporte. Las competencias deportivas entre equipos de la burocracia gubernamental prohíbe el acceso del público a las demás instalaciones «por razones de seguridad»; asimismo, los eventos deportivos de algunas instituciones privadas tienen prioridad sobre el interés público. Esto no es más que una muestra de la arbitrariedad discrecional de la que es objeto el usuario de una instalación de uso público que beneficia la salud mental y física de niños, adultos y personas de la tercera edad. La gobernación del Estado a través de la Dirección de Deportes debe dialogar con la comunidad para establecer un reglamento de uso del EOM, con el objeto de evitar en lo sucesivo la discrecionalidad del privilegio caprichoso que conlleva a la arbitraria exclusión de la mayoría de la comunidad. La Contraloría Social nos enseña que: « La participación ciudadana es definida como el derecho de los ciudadanos de intervenir en la vigilancia, seguimiento y monitoreo de la gestión pública, a fin de que se verifiquen los principios de transparencia, eficiencia, eficacia, equidad, seriedad, cumplimiento y calidad, de manera que se prevenga la comisión de actos de corrupción, permitiendo -desde la sociedad civil- generar un proceso de control a la gestión de lo público, es decir, a lo que nos pertenece, lo que es de todos y lo que nos involucra a todos ». Consérvense sanos.
NOTA: A partir del 18-10-2010, se exigirá carnet para el ingreso al EOM, lo que constituye un «valor agregado» a la exclusión. ¿Por qué no la cédula de identidad?
Mérida, Octubre, 2010
Es auténtico: