Distorsión en el uso del suelo. Tenemos espacio donde producir. (Parte final 7/7)

Las características geofísicas de La Depresión del Lago de Valencia y particularmente las área del Santa Cruz de Aragua, Magdaleno, San Francisco de Asís, Villa de Cura, Valle de Tucutunemo, Cagua, Turmero, Palo Negro, Guigue, Mariara, San Joaquín, entre otros, configuran un espacio de una elevada potencialidad agrícola, para ser aprovechada en toda su magnitud, un espacio con condiciones para una alta, intensiva y abundante producción vegetal, a los fines del consumo interno y satisfacción de la demanda nacional, a través de un uso equilibrado, utilizado de manera racional y no contradictorio con su naturaleza vocacional.

Área que dedicado a la producción de maíz, pepino, tomate, remolacha, papa, quinchoncho, frijol, caraota, caña de azúcar, zanahoria, lechuga, evidente producción de hortaliza, tubérculos, ñame, yuca, batata, apio, ocumo y frutas variadas, guanábana, caimito, níspero, tamarindo, mamón, cotoperix, cerecita, higo, naranja, cambur, topocho, plátano, parchita, lechosa, melón, piña, mango, junto a la ganadería menor, ovejo, cabra, porcino y la cultura de cría de aves, incluyendo de corral, se obtendría una alta y abundante producción alimenticia, para los fines de consumo interno regional, local y satisfacción de la demanda nacional, de gran relevancia, por los beneficios que el desarrollo de esa actividad produciría sobre el colectivo social. Ponderándolo, se haría evidente el abastecimiento del mercado interno de los rubros agrícolas y de carne para el consumo humano, reduciendo, en la proporción de su producción la importación de mercados externo, fortaleciendo la soberanía en materia agroalimentaria.

Para ampliar las fronteras agrícolas del país se requiere de políticas claras y eficientes, que busque consolidar la soberanía alimentaria del pueblo, que incorpore a la sociedad organizada, a los Consejos Comunales, Alcaldías, Gobernación y demás entes en el combate la crisis que golpea, a nivel de colapso, nuestra producción y abastecimiento de alimentos, ello conlleva a la necesidad de atacar, eliminando el latifundio, como expresión improductiva, en el uso de la tierra y aquellas grandes extensiones de espacios ociosos presentes en urbanismos privados, que se miden por hectáreas, los cuales, necesariamente en nombre del interés superior de la nación, de la soberanía nacional y de contribuir con la alimentación del pueblo y el cuido, preservación del suelo y del medio ambiente, deben ser afectados en su propiedad o en su uso, con urgencia de emergencia nacional en la cual estamos inmersos, incorporarlos a la producción estratégica de renglones agrícolas para el consumo doméstico., es una cuestión de permanencia de nuestra existencia independiente como República, lo contrario en hundirnos en oscuras manos del gran capital.

Es urgente la necesidad de ampliar los espacios destinados al uso agrícola y la ganadería menor, junto la prioritaria necesidad de consolidar los existentes espacios agrícolas productivos e impulsar aquellos improductivos, de evidente utilidad pública y social, no obstante, de pertenecer los bienes y medios de producción a la propiedad privada, me refiero a los bienes legítimamente adquiridos con sus atributos de uso, goce y disposición, cuyo uso respeten las normativas legales, con sus limitaciones y restricciones, a los fines de que continúen o sean orientados a la utilidad pública o al interés general, para con ello lograr, dentro de los principios y normas constitucionales y legales, los planes rectores del Estado y el interés superior de la nación, del pueblo, así garantizar que la labor agrícola se fundamente en el cuidado y uso sostenible de los recursos naturales, la preservación del suelo y la diversidad biológica, la corresponsabilidad, la solidaridad y la convivencia fundamentada en los derechos humanos, el respeto al ambiente, a la naturaleza, que haga productivos y vivibles los espacios

Siendo así, es obligante, apoyar a los sectores productivos que estén en consonancia con las líneas estratégicas del Estado, en cuanto al uso racional del suelo, que comprende la vinculación estrecha entre las características del suelo y su respeto por parte de la actividad económica, que debe estar subordinada a las condiciones naturales del mismo sin contradecirlo ni degradarlo.

Atendiendo a la regulación jurídica del ambiente cuyo principal objeto es la conservación de los recursos naturales, en ello lleva implícito los tratados internacionales, en políticas ecológicas, ambientales y de conservación y garantía de uso para las futuras generaciones y la preservación del planeta tierra, al considerar un patrimonio irrenunciable de la humanidad, siendo obligación del Estado, conforme a nuestra Constitución Bolivariana de Venezuela, velar por un medio ambiente libre de contaminación, donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, gocen de especial protección dentro de una política de ordenamiento del territorio, que atienda las exigencias del desarrollo sustentable, "el cual busca un equilibrio entre las actividades económicas y sociales y la conservación del medio ambiente, compatibilizando el desarrollo económico y social con la diversidad, complejidad y funcionamiento ecológico". Rodríguez Parisca Oscar Simón. Ob Cit.

La participación ciudadana tiene que fundamentarse en la magna tarea de la educación ambiental, esto es de primer orden, la población debe contar con herramientas didácticas que le permitan una visión holística (de totalidad) del uso del espacio, que genere conocimientos sobre el uso de la tierra, el mejoramiento de su fertilidad, el suelo, las aguas, los bosque, conservación de semillas, el norte la preservación, ser protagonistas de primer orden en el cuido de los recursos naturales, que sirva para el sostenimiento de la vida, en ello el Estado debe poner empeño en crear impulsar, sostener, educar y dar herramientas organizativas y soporte legal a fin de originar grandes movimientos del cuidado de las tierras. Existen experiencias mundiales como el movimiento australiano de Cuidado de la Tierra, en un número de más de tres mil grupos de agricultores y ciudadanos unidos para combatir la degradación de los recursos naturales con apoyo del gobierno.

Es necesario que en el uso de la tierra impere el principio legal de la protección, de la sobrevivencia humana, de la conservación de los recursos naturales, del fin social y del interés superior de la nación, para ello se debe entre otras medidas: "a) proteger los suelos de vocación agrícola. b) Revocación de los permisos de construcción concedidos en tierras aptas para la agricultura" (Venturini O.L. Op Cit). C. No continuar en la política de estímulo y exoneración tributaria para atraer industria y se instalen sobre los señalados suelos. Así mismo, es necesario consolidar los objetivos de la actual Ley Agraria, hacer una redistribución de las industrias hacia el Sur del País y también de la inversión pública y privada que se orienten hacia aquellos inmensos espacios desolados del territorio nacional.

La seguridad alimentaria, se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, la protección de los derechos del productor, del trabajador del campo proveer de tierras al campesino, sin descuidar la asistencia y seguridad social, incorporándolo, a la población trabajadora carente de tierras, de manera progresiva y a corto plazo como productor en las tierras ociosas e incultas, también es necesario proteger los bienes agropecuarios y el interés general de la actividad agraria equilibrada y despojada de su afán de lucro, de acumulación especulativa, así podemos "sembrar" FINCAS PRODUCTIVAS, que no constituyan latifundio, ni espacios improductivos, no rentables racionalmente, donde el campesino empleado, mano de obra agraria, se le respete y valorice en su condición humana, que cuente con efectivas garantías laborales, de salud, educación y recreación para el trabajador del campo y su familia, siendo así y ajustada la producción a los fines superiores de la nación, del Estado, de la República, de manera estrecha y sin contradecir las condiciones naturales del suelo, de las aguas, del aire, de la flora la fauna y cumplida la función y protección social, no hay razones para afectar el uso ni tampoco para intervenir tierras legítimamente adquiridas, cuya producción estén cumpliendo con el objetivo de la soberanía agroalimentaria, producción sustentable y sus fines sociales, por lo tanto se le debe permitir a los actuales y futuros productores que PERMANEZCA O INICIEN (garantía establecida en el Art. 17 numeral 2 LTDA), la actividad agrícola de manera directa, a menos que resulte de una ocupación ilegal e ilegítima o que resulten tierras propiedad de la nación, que en este último caso, deberá tener, como el resto de los productores agrarios, un trato acorde a los principios de la soberanía agroalimentaria, subordinado a los objetivos del Estado Nación, reconociendo el estatus de poseedor e incluso hasta reconocer de forma efectiva indemnización de las bienhechurías legítimamente adquiridas.

Siendo así, es obligante, atendiendo a preceptos constitucionales (propiedad privada, derecho al trabajo, promoción de la agricultura sustentable, disponibilidad de alimentos, seguridad alimentaria, desarrollo de la producción agropecuaria interna), a la Ley Especial Agraria y la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria apoyar al actor productivo, dignificando la labor agrícola para alcanzar la soberanía agroalimentaria, fundamentada en el cuidado y uso sostenible de los recursos naturales y la preservación de la diversidad biológica.

La soberanía agroalimentaria será resuelta a través de la solidaridad y el derecho a acceder a las tierras, créditos, tecnologías, educación y servicios sociales para producir alimentos, con la participación de los pequeños y medianos productores del campo sin la resistencia observada de notoria relevancia.

Polvorín. Explosión insumisa de ideas. Un combate por la vida.



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Eduardo Orta Hernández


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