Pedagogía petrolera

Ventas, ganancias y desatinos de Pdvsa (Parte I)

Por mandato de la Constitución de 1999, como lo dispone el artículo 302, “el Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera...(sic). Es así como el negocio de la industria petrolera venezolana es responsabilidad de Pdvsa en todas sus fases, aspectos y modalidades. Un contrabando literal introducido en la fase de redacción final del texto constitucional en el artículo 303, facilitó la inserción de la siguiente coletilla:

“...el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando la de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A.

A los efectos de entender a cabalidad algunas de las actividades consideradas ajenas al negocio petrolero y objeto de condena por algunos sectores nacionales y extranjeros, insertamos aquí el contenido del artículo 5 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de Hidrocarburos sancionada en noviembre de 2001:

Las actividades reguladas por esta Ley estarán dirigidas a fomentar el desarrollo integral, orgánico y sostenido del país, atendiendo al uso racional del recurso y a la preservación del ambiente. A tal fin se promoverá el fortalecimiento del sector productivo nacional y la transformación en el país de materias primas provenientes de los hidrocarburos, así como la incorporación de tecnologías avanzadas. Los ingresos que en razón de los hidrocarburos reciba la Nación propenderán a financiar la salud, la educación, la formación de fondos de estabilización macroeconómica y a la inversión productiva, de manera que se logre una apropiada vinculación del petróleo con la economía nacional, todo ello en función del bienestar del pueblo.

En el texto anterior radica la justificación de los aportes al FONDEN, a las Misiones y a otras actividades que se financian con parte de los ingresos provenientes de las actividades de Pdvsa.

Los dos textos legales anteriores, la Constitución y la Ley Orgánica de Hidrocarburos, ordenan al Estado venezolano a ejecutar las acciones allí expresadas, por lo que a partir del año 2005, como parte de la política del   rescate de nuestra soberanía petrolera por parte del gobierno, el MPPPM y PDVSA iniciaron un proceso de nacionalización de todos los negocios que la corporación mantenía con empresas extranjeras realizados dentro del marco del proceso de apertura petrolera.
Haciendo prevalecer los intereses de la nación, respetando el marco legal vigente y garantizando el manejo  de los recursos energéticos de Venezuela, el Gobierno, vía decreto Presidencial asume el control accionario de estas empresas y automáticamente quedan extintos los Convenios Operativos, los Convenios de Asociaciones Estratégicas de la Faja Petrolífera del Orinoco (FPO) y los Convenios de Exploración a Riesgo y Ganancias Compartidas.
Dicha nacionalización enterró diez años de adversa apertura petrolera que ocasionó un severo impacto en la economía venezolana, ya que el Estado dejó de percibir miles de millones de dólares producto de la exención en materia impositiva a las empresas transnacionales. De esta manera dichas transnacionales maximizaban sus ganancias en perjuicio del Estado, el fisco y PDVSA.
Mediante una serie de artículos, aspiramos ilustrar a nuestros lectores en algunas de las entramadas situaciones de carácter económico, comercial y financiero de la principal industria de los venezolanos, con el soporte de sus propios informes auditados.
La llamada Nueva Pdvsa. Con el nuevo esquema de negocios se logró el incremento de la regalía, pasando de 1% a 30%, así como también el incremento en el Impuesto Sobre la Renta (ISLR) de 34% a 50%; adicionalmente, se creó un nuevo impuesto de extracción de 3%, el pago de un bono de entrada al estado venezolano por el derecho de formar parte de una participación accionaria de al menos el 60% en las nuevas empresas mixtas y  la condición soberana de que el Estado percibe el 50% de los ingresos por la venta de hidrocarburos.
A partir de 2001, hasta 2006, las ventas de petróleo crudo y sus productos en el exterior y en Venezuela,  han registrado los siguientes montos en millones de dólares estadounidenses: en 2001, 44.668MMUS$; en 2002, 41.345MMUS$; en 2003, 45.365MMUS$; en 2004, 62.242MMUS$; en 2005, 82.915MMUS$, mientras que en 2006, las ventas totales sumaron 99.267MMUS$. Las ganancias netas, después del pago de impuesto sobre la renta, muestran el siguiente comportamiento: 2001, 4.332MMUS$; 2002, 3.546MMUS$; 2003, 3.283MMUS$; 2004, 5.406MMUS$; 2005, 6.483MMUS$, y 2006, 5.482. Por supuesto que el crecimiento sostenido de los ingresos son debidos al incremento de los precios, no a la producción de crudos y productos.
En próxima entrega trataremos sobre precios, costos, gastos y otros proventos.



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César Eulogio Prieto Oberto

Profesor. Economista. Miembro de Número de la Academia de Ciencias Económicas del Estado Zulia. Candidato a Dr. en Ciencia Política.

 cepo39@gmail.com

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