Un análisis objetivo de la enmienda

Deseo brindar mi comentario en torno a la enmienda, lo deseo hacer como académico, con la mayor objetividad posible; en primer lugar la pregunta a sido duramente cuestionada por cuanto en su contenido se expresa la siguiente frase: “que amplia los derechos políticos del pueblo”; debemos comenzar por la siguiente pregunta: ¿quienes se benefician con esta enmienda? Comenzaremos por quien fue elegido por votación popular, ya que puede postularse nuevamente al cargo y esperar que los votantes en elección universal y secreta decidan si continua en el mismo; en segundo termino los votantes, quines podrán decidir sin quien en su desempeño en un cargo a contribuido de manera significativa al mejoramiento de su calidad de vida, pueda seguir haciéndolo de manera sucesiva. Lamento que periodistas como Luz Mely Reyes, en su columna del domingo en el diario Últimas Noticias, se exprese de manera grosera sobre quienes redactaron la pregunta y quienes la apoyan. Luz Mely, cuando se le consulta a un mercado si desea un producto y este considera que llena sus expectativas, se beneficia en primer lugar el dueño de la empresa, quien ve aumentar sus ingresos, en segundo lugar los empleados, quienes ven como la estabilidad de la empresa continua y les permitirá recibir salarios mejores; pero también los consumidores se benefician y son ellos quienes tendrán la decisión en de seguir comprando el producto o dejar de comprarlo, en este último caso optaría por remplazarlo por otro; la enmienda deja claro que esto es posible, el poder dejar de presidir de los servicios de un Presidente, ya sea en referéndum o al finalizar su mandato.

En la pregunta de la enmienda no hay ningún articulo que nos indique que el derecho a revocar el mandato de un Presidente a través de un revocatorio queda eliminado, tampoco que los artículos referente a las elecciones de Presidente y demás personalidades electas por voto popular quede suprimido o se le faculte a la Asamblea Nacional el poder para eliminarlos, por lo que aquellos que se postulen nuevamente tendrán que ir a la batalla en las elecciones y convencer a los electores que su trabajo a sido bueno, de manera de que los electores tendrán la última palabra en dejarlo seguir mandado o colocar otro que consideren puede hacer mejor el trabajo que el pueblo le asigno.

Decir que estar en el cargo le da mayor poder, es relativo; debemos acordarnos cuando el señor Andrés Velásquez se postulo a Gobernado del Estado Bolívar y el partido AD tenía el poder absoluto en la Región de Guayana; Andrés sin maquinaría, pero con un pueblo dispuesto a salir de estas personas que habían desmejorado su calidad de vida, entre ellos los mismos adecos de base, dieron una contundente derrota al candidato de AD. Son estas experiencias que nos da un aval de que es el pueblo quien decide quien los dirige y quien no; y quitar el derecho a decidir al pueblo de poder dar continuidad a los que ellos consideran puedan seguir brindándoles una vida mejor y un futuro promisorio, si es dictadores y de cogollos.


En conclusión la pregunta no lleva una afirmación para buscar una respuesta concebida; es muy clara cuando expresa algo que es cierto (“amplía sus derechos políticos”) y deja muy claro cual es el fin que persigue al suscribirse al ámbito de la postulación de cargos elegidos por el pueblo; por último expresa claramente que lo que originaría su aprobación es el poder seguir postulándose, pero en ningún momento esta reforma plantea que el volverse a postular es un pase automático al cargo, deberá pasar por un filtro que hoy en día es transparente y que para orgullo de todo los Venezolanos se llama CNE.


Henry es Profesor de la UNEG
henryantonio@cantv.net


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Henry Carrero

Asesor y docente universitario en la Universidad Nacional Experimental de Guayana - UNEG. Especialista en temas de mercadeo.

 henryantonioc@gmail.com      @HENRYACARRERO

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