¿Es posible privatizar la Asamblea Nacional?

Cualquier cambio o reversión en la realidad Económicosocial que permite  el desarrollo y disfrute de los derechos humanos,  alcanzados en los últimos 16 años, implica la cancelación del Estado social de derecho y de justicia establecido en la CRBV. Todas las leyes orgánicas dependen de nuestra carta magna, y en ella, están concebidas.
 
La LOTTT define al trabajo como un hecho social del cual dependen todos los bienes de producción que han cambiado la realidad primaria en desarrollo, todo en función de lograr el bienestar y la felicidad para toda la sociedad venezolana.
Las 49 leyes habilitantes promulgadas por Chávez, están sustentadas y derivadas de la CRBV; esas leyes  expresan y establecen la fundamentalidad social de una Constitución pública que derogó la vieja constitución privada de 1961, y que le garantizaba a la burguesía nacional y trasnacional, el uso y disfrute de los beneficios producidos por el hecho social del trabajo.
 
La nueva Asamblea Nacional, que se va a instalar pasado mañana 5 de enero, liderada por el fascismo, “fase terrorista del capital financiero”, se dispone a privatizar la CRBV, a través de una reforma de la LOTTT y de otras leyes orgánicas; una privatización desde la periferia hacia  el centro. Pero ¿Es posible esta maniobra goda? No, definitivamente no; la CRBV no es privatizable, como no es privatizable el Estado social, de derecho y de justicia consagrado  en ella. Privatizar nuestra constitución, es cancelar el principio de progresividad de los derechos humanos dado al soberano de Venezuela, en los últimos 16 años.
 
En el marco del carácter de irreversibilidad del Estado Social de Derecho y de Justica no es posible cualquier maniobra privatizadora para revertir esa condicionalidad. No sería legal llamar a un referéndum, o una  Asamblea Constituyente originaria  para derogar la CRBV, y para elaborar una nueva carta magna de carácter privado; en todo caso sería legal, solo sí, el cambio propuesto significa y materializa una profundización del Estado Social de Derecho y de Justicia, en el cual se inscribe hoy el Pueblo Trabajador venezolano.
 
Una muestra de blindaje constitucional se  da en la sociedad estadounidense: allí el Estado es corporativo; en su constitución establece el carácter privado de ese Estado; las pocas enmiendas que ha tenido esa Carta Magna han sido para profundizar la condición privada de esa superestructura de dominación perteneciente al capital financiero internacional. En función de salvaguardar  la privacidad del Estado corporativo, la ley magna no permite la existencia de otros partidos que expresen oposición a su fundamentalidad privada; en consecuencia tienen un solo partido con 2 caras, la democrática y la republicana.
 
El pueblo trabajador norteamericano no está protegido por la constitución, por el contrario es oprimido por ella. Queda claro, que para el Estado Privado norteamericano no es legal ningún cambio que rompa con el principio de progresividad en la privatización de todas las ganancias de la producción, y de la especulación de su capital financiero.
 
La privatización de la CRBV solo es posible, si el Pueblo trabajador, lo permite. La parte buena de estas miserables pretensiones de la nueva Asamblea Nacional lideradas por el Fascismo de PJ, VP, AD y Copey, es que su afán privatizador va a quitarle la venda de los ojos a la parte del Proletariado que estafó, ocultando su responsabilidad directa en los males causados al País, daño expresado en  su campaña electoral, basada en la fabricación de colas, saqueo, especulación, sufrimiento y miseria.
 
tutas13@yahoo.com


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Eduardo Mármol


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