El Nacional: responsabilidades privadas y del Estado

Toda la semana ha estado en el ojo del huracán el tema de la libertad de expresión y los derechos de grupos sociales vulnerables, contando con un tratamiento que considero mayoritariamente sesgado. Permítanme intentar explicar mi planteamiento.

1) El argumento según el cual el recurso amarillista de algunos medios privados busca desenmascarar el incumplimiento de las leyes es simplemente risible. ¿Vulnerar unas leyes para exigir el cumplimiento de otras? Desde el principio el planteamiento es falaz.

2) A esta acción mediática le sigue una reacción estadal: exigir el respeto de las leyes refiriendo para ello a la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Así, una medida cautelar ordenó a los medios impresos nacionales “abstenerse de realizar publicaciones de imágenes violentas, sangrientas y grotescas”, permitiendo a algunos sectores señalar un ataque a la libertad de expresión.

3) Los defensores del derecho a la comunicación tienden a dar carácter prioritario a los derechos del emisor sobre los del receptor. La pública declaratoria del director de El Nacional sobre el ejercicio de la “pornografía periodística” es un triste ejemplo de cómo el irrespeto al usuario del medio es convenientemente acallado por la inmensa mayoría de estos parcializados “defensores”.

En mi opinión, la respuesta -y el reto- ante esta situación la fija la Constitución Nacional, cuando en su Artículo 57 garantiza la libertad de expresión asumiendo las responsabilidades sobre lo expresado. No recurrir a una Ley específica sobre comunicación para asignar las responsabilidades constitucionales deja ver el vacío legal en materia de comunicación escrita. Existe la Ley de Ejercicio del Periodismo, pero esta asigna un rol rector al Colegio Nacional de Periodistas, instancia que se alejado de la representación gremial en la misma medida que se ha acercado al activismo exclusivamente político.

Este vacío ha traído como consecuencia la recurrencia a elementos de tipo moral, aludiendo al Código de Ética, ¡que debe ser implementado por el propio CNP! Aún si no fuese ese el caso, la institucionalidad de un Estado no puede soportarse sólo en aspectos éticos y morales, es imperativa la legalidad para sentar las bases de la vida social. Conclusión: el Estado está obligado a profundizar la legislación en materia de comunicación y a hacer cumplir las leyes.

oliver.reina@gmail.com

@oliv22


 


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Oliver Reina

Gerundiando: Haciendo, revolucionando, sintiendo, leyendo, escribiendo, escuchando, acompañando, conversando, CREANDO. Ah, y pichón de y que fotógrafo

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