Por medio del presente
correo manifiesto que a la fecha de hoy, 10/01/2010, no he podido
utilizar los $500 del cupo que me corresponde (parcialmente) para el
año 2010. Mi viaje está planificado durar hasta el viernes 15 DE ENERO
DE 2010 y por tal razón exijo que
se cumpla lo indicado en la Disposicion Tercera de la Providencia 099,
y se autorice el uso de los $500 prometidos en mis Tarjetas de Crédito
del Banco Provincial.
ANTECEDENTES:
Me encuentro
en Madrid, España desde el pasado 15 DE DICIEMBRE DE 2009. Como ustedes
saben la Providencia 099 entró en vigencia el 27/11/2009. Dado a este
cambio en la normativa, estando aun en Venezuela me fue imposible
solicitar el cupo para 2010 debido al gran desconocimiento que había
ante el nuevo procedimiento para el 2010 y a que el "Nuevo Modulo
Tarjeta de Crédito y Efectivo", que según la mencionada providencia
comenzaría a funcionar el 10/12/2009, el cual fue luego prorrogado para
el 14/12/2009 y realmente comenzó a funcionar el 15/12/2010.
El 14/12/2009 me dirigí en persona a la sede de
CADIVI en Los Chaguaramos a explicar mi situación y manifestar mi
problema. Fui informado que no había nada que podían hacer dado que el
sistema no permitía procesar viajes que comenzaran en 2009. Y que mas
bien debía estar agradecido que me iban a dar 500 dólares.
Aparentemente el nuevo sistema sólo considera
viajes que se inicien a partir del 01/01/2010. (Esto lo pude corroborar
estando ya fuera del país, sin embargo no pude completar el proceso
dado que las carpetas deben entregarse "en persona" en el banco.)
Debido a que mi viaje comenzaba el 15/12/2009 y
termina el 15 DE ENERO DE 2010 me encuentro en un "limbo legal" que me
perjudica directamente a mi y a mi hijo menor de edad que se encuentra
viviendo/estudiando en Madrid. El cupo del 2009 ya lo había consumido
en Enero de ese año. Por lo que este viaje de Diciembre/Enero dependía
exclusivamente del cupo 2010 que a la fecha no he podido utilizar y me
a causado serios inconvenientes.
En la Providencia 099 existen dos disposición
transitoria (Primera y Tercera) que obligaron a que "notificara" mi
viaje debido a que el mismo se originaría en diciembre 2009. Dicha
notificación fue correctamente realizada el dia 25/11/2009 con el
número 00098192 (Ver Documento Adjunto). La notificación de viaje, en
teoría, me iba a permitir tener acceso a la tercera disposicion que
indica lo siguiente:
"La
Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) procederá a renovar en
forma automática, durante los diez (10) primeros días del mes de enero
de 2010 y hasta por un máximo de quinientos Dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica (USD 500), deducibles del monto anual autorizado
correspondiente al año 2010, las autorizaciones para realizar pagos de
consumos con tarjeta de crédito en el extranjero, que se encuentren
activas al 31 de diciembre 2009, de los usuarios que hayan notificado
que su regreso al territorio de la República Bolivariana de Venezuela
será en el año 2010, de conformidad con lo establecido en la
Disposición Transitoria Primera"
Dado que durante los primeros días de enero 2010, no
pude ni retirar efectivo ni pagar en los distintos establecimientos
comerciales, el pasado viernes 08/01/2010 llamé al Banco Provincial a
fin de verificar por qué no me estaban aceptando la tarjeta de crédito.
El personal del Banco Provincial me indicó que no era un problema del
banco y que debía llamar a CADIVI para resolver el asunto. Ese mismo
día llamé innumerables veces a los teléfonos de atención al usuario que
aparecen en la página web de CADIVI (+ 58 212 6063499 / 3995 / 3904 /
3939), y me fue imposible comunicarme con algún operador.
Sin más por el momento y en espera de una justa respuesta y solución al problema,
Atentamente,