Ministerio de Salud limitará publicitad externa y puntos de venta de cigarrillos

Caracas, 28 Oct. ABN (Joaquín Pereira).- Este viernes 28 de octubre el Ministerio de Salud culminó la consulta pública sobre dos nuevas resoluciones que regularán la publicidad de los productos derivados del tabaco y sus puntos de venta.

El evento fue presidido por el viceministro de Salud, José Mendoza, el coordinador del Plan Nacional de Prevención y Control del Tabaquismo del despacho sanitario, José Félix Ruiz, y el ingeniero Ernesto Perdomo, director de Contraloría Sanitaria del ministerio de salud.

Del texto de regulación de publicidad de productos derivados del tabaco se desprende que se eliminarán, en todo el territorio nacional, toda publicidad exterior que “incite, promueva o estimulen de cualquier forma el consumo” de estos.

Asimismo se prevé la suspensión, en todo el país, de medios publicitarios “de cualquier tipo” ubicados dentro de centros deportivos, culturales, recreacionales, y asistenciales, en un plazo de noventa (90) días continuos, contados a partir de la publicación del texto en la Gaceta Oficial.

Por otra parte se exige incluir en las zonas donde estuviere permitida la publicidad de cigarrillos y afines mensajes y gráficos de advertencia a los consumidores sobre el riesgo de fumar, “ocupando un área no menor del 33% del total del medio publicitario”.

Por su parte, el texto de regulación de los puntos de venta establece que sólo podrán comercializar productos derivados del tabaco aquellos establecimientos que tengan vigente su Patente de Industria y Comercio y que hayan notificado “expresamente” a las autoridades su deseo de venderlos.

Con esta medida se prohíbe a los comerciantes informales vender cigarrillos y afines, y se exhorta a las alcaldías a hacer cumplir esta medida.

Adicionalmente todo punto de venta donde se expendan estos productos deberá presentar de manera permanente un anuncio público en su local, “tanto en su entrada como en las vías de acceso del público, y estantes de exhibición”, presentando unas dimensiones “iguales o mayores a 80 centímetros de ancho por 50 de largo”.

Dicho anunció debe incluir los artículos 92 y 263 de la Ley orgánica de Protección del Niño y el Adolescente (Lopna), que se refieren a la prohibición de suministrar cigarrillos y afines a quienes tengan menos de 18 años de edad, y a las sanción de entre 6 meses y 2 años que se le aplicará a quienes violen esta normativa.

Esta resolución le permite a los expendedores a solicitar alguna identificación a los compradores y negarle la venta a quién no demuestre ser mayor de edad.

Adicionalmente se prohíbe, en todo el territorio nacional, el uso de máquinas expendedoras de cigarrillos, la distribución gratuita de productos del tabaco y de cualquier objeto que estimule su consumo, y la venta de los mismos en centros deportivos, culturales, recreacionales y asistenciales.

Ambas resoluciones contemplan la imposición de sanciones en caso de incumplimiento o violación de las disposiciones previstas en ellas, “según se prevé en el ordenamiento jurídico vigente”.

Tuvieron la oportunidad de hacer observaciones a los textos de resolución el gerente de Relaciones Gubernamentales de la Tabacalera Nacional, Daniel Montealegre, y los representantes de la Cigarrera Bigott, Iban Gómez y Rafael Silva.

Tanto Montealegre como Gómez expresaron su contrariedad por ser notificados con poco tiempo de antelación a esta reunión. Pese a esto consignaron un documento con los cambios o ajustes que deberían hacérsele a las resoluciones antes de su publicación oficial.

“Esta es la primera reunión a la que asistimos para discutir estas resoluciones, pese a esto estamos convencidos de que es necesario establecer una regulación dirigida a cuidar la salud de los niños y adolescentes. El Ministerio de Salud ha sido receptivo a nuestros comentarios”, aclaró Gómez.

Entre las peticiones que hacen las tabacaleras nacionales, además de eliminar algunas ambigüedades del texto presentado por el ministerio de Salud, está la extensión del período de adecuación de estas empresas al nuevo reglamento, de 90 días a 6 meses.

También asistieron al encuentro la directora del Departamento de Control de Derivados del Tabaco del Instituto Nacional de Higiene, Beatriz Mosquera; la representante de la Comisión de Salud del Cabildo Metropolitano de Caracas, Fanny Santana; la coordinadora de Prevención Sociedad Anticancerosa de Venezuela, Leslie Castro; el Presidente de la Fundación José Félix Ribas, Simón Carlos Modesto Pineda; por la Federación Médica Venezolana, Velando López; y por la Iglesia Adventista del Séptimo Día, Carlos Giusti.


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