Escalada del dolar permuta y la ley orgánica del sistema financiero nacional

En la Asamblea Nacional se acaba de aprobar en su segunda discusión la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional, que entre otras cosas establecerá sanciones más rigurosas a quienes cometan delitos financieros.

Existe actualmente grandes presiones por parte de algunos sectores para la colocación de bonos en dólares, con el presunto fin de controlar “la escalada” del dólar permuta, situación que considero no es aconsejable en estos momentos porque hemos visto con satisfacción que a raíz del control dual implementado a 2,60 bolívares para los sectores considerados de primera necesidad; y por otra parte una paridad de 4,30 bolívares por dólar para cubrir el sector automotriz, el comercio y las telecomunicaciones, la economía ha presentado un crecimiento sustancial y una disminución de precios en algunos rubros que anteriormente los comerciantes tenían que adquirirlos a dólar permuta y ahora a un cambio de 4,30, situación que hemos visto de cerca sobre todo en el Estado Nueva Esparta. Bajo esta figura se puede apreciar una mayor asignación de divisas a los sectores empresariales con lo cual pueden cumplir oportunamente con sus compromisos y mantener un mejor flujo de caja.

Como ventajas de estos controles de cambio tenemos que se protegen las reservas internacionales, la balanza y el tipo de cambio, y conlleva a un control de precios. Como desventajas tenemos que restringe directamente la libre elección de países en los que los individuos pueden comprar o invertir, generalmente provoca un “mercado negro” de monedas escasas, y puede conducir a una corrupción de los funcionarios. Situación que se está buscando corregir con la Ley recién aprobada, solo esperamos que se coloquen en los niveles correspondientes personas comprometidas con el país y su desarrollo.

La Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional, tiene por objeto regular, supervisar, controlar y coordinar el Sistema Financiero Nacional en el marco de la creación real de un estado social de derecho y de justicia, donde las instituciones no podrán conformar grupos financieros entre sí o con empresas de otros sectores de la economía nacional, esto para evitar monopolios o control de cierto sector por los mismos empresarios.

El ente que regulará el mercado de valores se asegurará del funcionamiento eficiente de las transacciones y del mercado como tal, dentro de una sana intermediación financiera de los recursos en beneficio de la colectividad.

Esta Ley también aplicará sanciones penales a quienes la infrinjan, estableciendo una pena de prisión de cuatro a ocho años a los representantes legales, administradores, directores, auditores, gerentes, funcionarios, empleados, del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional (OSFIN) y de los entes de regulación que lo conforman.

Siempre que vemos este tipo de leyes lo primero que auguramos es que sirva de un verdadero control, le de celeridad a los procesos administrativos y se combata efectivamente la corrupción. Por ahora se determinó una “vacatio legis” para su entrada en vigencia de 180 días para que las instituciones se pongan en consonancia con la misma.

reinaldosilva119@hotmail.com


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Reinaldo Silva


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