El poder de reelegir

El próximo 15 de febrero los venezolanos estaremos decidiendo democráticamente en las urnas, como ya es costumbre, algo muy sencillo desde el punto de vista técnico-legal, como lo es que a través de una enmienda de 5 artículos de la Constitución, derecho definido en los artículos 340 y 341 de la misma, alguien que ejerza un cargo de representación popular, llámese presidente, gobernador, alcalde, legislador, etc.,pueda ser postulado indefinidamente y no “ de inmediato y por una sola vez”, como reza actualmente en el Texto Constitucional; pero dado el momento histórico que vivimos, el hecho se reviste de una enorme trascendencia dentro y fuera del país; lo cual ha hecho que el elemento político prevalezca sobre el legal. De seguro, si el presidente fuera otro y no Chávez, no se hubiera formado tanta polémica y el mecanismo constitucional se hubiese cumplido sin tanto alboroto, como sucede en 17 países europeos y en Estados Unidos donde recientemente se hizo la propuesta para que el alcalde de Nueva York y el presidente de la nación se puedan postular tantas veces como ellos lo quieran. Lo diferente en nuestro país es que quien decide si se puede hacer o no sería el pueblo en referéndum aprobatorio; y si a eso le sumamos el control revocatorio que se puede ejercer a mitad del período, concluimos que nuestro sistema es uno de los más democráticos del mundo.

Cuando utilizamos el verbo enmendar queremos decir que hay algo que corregir, subsanar, adecuar, quitar defectos. En el caso que nos ocupa se trata de una restricción, limitación, que colisiona con uno de los principios fundamentales de la Carta Magna que reza “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley…..”. En esta oportunidad la forma prevista es la ENMIENDA (Título 9, Capítulo I, artículos 340 y 341), y no el mecanismo utilizado en diciembre de 2007 que fue la REFORMA ( Título 9, Capítulo II, artículos 342, 343, 344,345 y 346). Por lo tanto, son dos cosas completamente distintas. Una no limita a la otra. No se puede aplicar el artículo 345 a la enmienda cuando pertenece al Capítulo II que trata de la reforma. La reforma se integra al Texto Constitucional porque sustituye una o varias de sus normas; en cambio las enmiendas se colocan al final del mismo en forma numerada porque suponen una modificación y no una sustitución de la norma. Dicha limitación no solo afecta el derecho individual de alguien que ejerce un cargo de representación popular y quiera reelegirse, sino un derecho colectivo, el de los electores que quieran expresarse sobre la continuidad y capacidad de alguien elegido por ellos mismos. El principio de alternabilidad no se ve afectado por la enmienda ya que se garantizan elecciones periódicas y opciones de cambio. La alternabilidad concebida de otra forma condiciona al Poder Constituyente. Es la voluntad popular la que en última instancia decide. Ni siquiera la Constitución puede estar por encima del Poder Constituyente. Se trata de adecuar la normativa al concepto de participación y protagonismo contemplado en nuestra Carta Magna. En base a lo anterior llegamos a la conclusión que el término reelección indefinida no forma parte de la propuesta.

El acto electoral venidero tiene una enorme importancia. Significa un punto de inflexión, un antes y un después, en el proceso que vivimos. Creo que son las más importantes desde el año 1998, cuando el pueblo eligió a Hugo Chávez Frías como Presidente Constitucional de la República de Venezuela. Ojo, todavía no era bolivariana. Está en juego la evaluación de la gestión y continuidad del presidente. No nos estamos refiriendo a cualquier líder, sino a la figura que dividió la historia contemporánea del país. Quien encarna y conduce una visión de país que es referencia fuera de nuestras fronteras. No se trata de mesianismo alguno si consideramos que en la historia de los pueblos hay momentos en que determinados líderes son indispensables. Para quienes apoyamos este proceso no hay sustituto ni a corto ni a mediano plazo. Esto no es bueno pero es la realidad. Ahora bien, defender la obra del presidente es fácil. Me voy a referir a la expresión de una mujer de pueblo “ahora los pobres comen mejor y los niños se mueren menos”. Para mi eso basta, pero agreguemos más: Sí a las misiones. Sí a la soberanía del país. Sí al poder popular. Sí a la seguridad social. Sí a la igualdad de géneros. Sí a la integración latinoamericana y caribeña. Sí a la cultura popular. Sí al socialismo democrático. Sí a la masificación del deporte. Si a la paz y estabilidad del país. Sí al Humanismo.

Por último, quiero felicitar a los organizadores y asistentes al debate sobre la enmienda realizado en la Facultad de Medicina. Defender cada posición con ideas, argumentos, es lo más razonable y sano para sembrar una cultura política basada en la tolerancia y respeto a las opiniones de los demás. Que cada quien exprese sus puntos de vista y que sea el pueblo el que decida. Votemos y respetemos la voluntad popular.

elmanantial9@hotmail.com





Esta nota ha sido leída aproximadamente 1560 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter




Notas relacionadas