Control Social Constitucional

Presidente Maduro ordene la restitución por derecho al voto

Cuando faltan apenas pocos días para celebrar el proceso eleccionario para elegir a los Concejales de los distintos territorios geográficos parroquiales del Municipio Caroní del estado Bolívar, el ciudadano Manuel Alexis Arzola Rivas, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.963.224, domiciliado en Ciudad Guayana, ha quedado en un estado de indefensión legal y de forma reiteradas para ejercer el Derecho al Voto constitucional, relacionado a las diligencias practicadas para solventar su caso de objeción del Serial Anulado de su Cédula de Identidad ante el Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME), cuyo caso hasta la presente fecha del mes de diciembre del año 2018, su solución ha sido imposible, por los caminos del retardo procesal administrativos y trabas burocrática que ha transitado, imponiéndose lo imposible para que este ciudadano ejerza el Derecho al voto, las diligencias procedimentales ha sido en vano ante el Consejo Nacional Electoral, el Defensor del Pueblo y respectivamente el Director General del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME), el peticionario y victima ha AGOTADO TODOS LOS MEDIOS HABIDOS Y POR HABER PARA EJERCER SU DERECHO AL VOTO, sin obtener oportuna y adecuada respuesta constitucional, es decir, una solución, se le ha causado un perjuicio por sus conculcados Derechos Políticos electoral, motivo por el cual requiere el auxilio por parte de las autoridades competentes, y de ser necesario una ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, por ser derechos políticos constitucionales y derechos a opinar y que el CNE ordene ejercer el fundamental SAGRADO DERECHO AL SUFRAGIO EN esta ELECCIONES DE LOS CONSEJOS MUNICIPALES DEL 9 DE DICIEMBRE DE 2018.

Nuestra atención es, con el Poder Ejecutivo Nacional que a través del Poder Electoral, por cuanto es el órgano facultado y ejercido por el Consejo Nacional Electoral, y órgano Rector Principal de la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos de los derechos políticos, cuya Acción Defensorial solicitada en varias oportunidades por el señor Manuel Alexis Arzola Rivas, es para garantizarle el derecho Constitucional al VOTO en esta elecciones de Concejales de los Municipios, toda vez que el mencionado ciudadano se encuentra imposibilitado en su ejercicio por los Derechos Civiles y Políticos al ser anulada el serial de la cédula de identidad, encontrándose habilitado desde el 18 de noviembre del año 2008, como se ha demostrado en las diligencias practicadas en las comunicaciones de fecha 18 de mayo de 2018, de fecha 14 de junio de 2018, de fecha 28 de junio de 2018, de fecha 12 de julio de 2018, de fecha 25 de julio de 2018, de fecha 1 de agosto de 2018, de fecha 7 de agosto de 2018, de fecha 11 de septiembre de 2018, de fecha 17 de septiembre de 2018, de fecha 25 de septiembre de 2018, y de fecha 23 de octubre de 2018, constituyendo presuntos elementos de convicción y demostrándose la inoperancia y falta de voluntad institucional de solucionar este pecado que está a la vista, sin que haya habido un pronunciamiento y respuesta de inmediato por parte de los órganos competentes, generando calamidad, retardo e impunidad, traduciéndose en Delitos de Corrupción y que nuestro Fiscal General de la República debe pronunciarse por ser una violación de los derechos humanos Políticos electoral constitucional, a pesar de la participación e intervención del Ministerio Público a través de la Fiscalía Segunda de la Segunda Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en el sentido de trasladarse al Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME), con sede en San Félix del Municipio Caroní del estado Bolívar, la cual se encuentra a cargo de la ciudadana Brizeida Quiñonez, Jefe de la mencionada oficina, quien sostuvo reunión con la representación del Ministerio Público que lleva en este momento el caso, comisionando al Fiscal auxiliar Abogado Wilmer Pagola de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público a objeto de verificar el correspondiente procedimiento de la denuncia hoy o ayer 06/12/2018. El punto fundamental es que en virtud de que han transcurridos días y meses sin que haya visto una solución en el marco de la Ley, y observando el estado de vacío institucional, este CONSEJO NACIONAL BOLIVARIANO DERECHOS HUMANOS, le solicita a los Ciudadano Nicolás Maduros, presidente de la República Bolivariana de Venezuela; al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, DIOSDADO CABELLO; al Ciudadano Dr. Tarek William Saab, Fiscal General de la República; al ciudadano Presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); y a la ciudadana Defensora Público General su atención y justicia ante la igualdad ante la Ley.

En pies de lucha con y por la Revolución de Cristo y de la Patria de Bolívar, en contacto apreciados (a) lectores por conabdh@gmail.com. Y @conabdh



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Julio César Del Valle

Analista e Investigador, Especialista, Escritor y consecuente Defensor de los Derechos Humanos, y Pdte. Consejo Nacional Bolivariano Derechos Humanos.

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