Tablas chucutas

Hace varios días ya, viene corriendo - todo de manera informal- un supuesto instructivo emanado del ministerio de planificación y la ONAPRE sobre como deben establecerse los salarios y las escalas salariales, luego del aumento salarial decretado y de esta forma ajustar las escalas salariales de la Administración Pública Nacional (APN).

Hasta ayer eran rumores de pasillo hasta que se filtraron las tablas para aplicar a toda la APN como a los educadores y profesores universitarios.

Cuando se revisa al detalle el referido instructivo nos encontramos con la amarga sorpresa que todo no es sino un nuevo engaño y estafa por parte del gobierno nacional cuando "recorta" los porcentajes de las primas de profesionalizacion y antigüedad. Primas que vienen pagándose reiterada, consecutiva y periódicamente a los trabajadores y que no sólo resultan ser SALARIO, -por tanto intocables- sino que son la demostración por parte del trabajador que la preparación y especialización, para con ése conocimiento adquirido prestar un mejor servicio a la APN es recompensado y reconocido.

Sin embargo, y cumpliendo al dedillo su plan de desmontaje del Estado - ya no solo el burgués cualquier Estado fuerte para llevarnos a una neofeudalizacion- contraviniendo la CRBV siguen adelante invariablemente con el perverso plan a "paso de vencedores" y utilizando como coartada el "socialismo".

Los neoliberales del gobierno siguen avanzando en su plan no sólo de entregar el país a las corporaciones transnacionales en condiciones de sumisión, sino que pretender que los trabajadores tanto públicos como privados nos convirtamos en esclavos de ese régimen oprobioso..

De nada valen nuestros reclamos airados o no. El plan sigue su curso. Eso sí, destruyendo el poder adquisitivo del venezolano en favor de esas corporaciones transnacionales y la casta hamponil política empresarial y lamentablemente un sector militar que se suma a toda esta debacle.

Entierran a Chávez dos veces: matando la Constitución con su famosa y cacareada Ley Antibloqueo y la Ley de Zonas Económicas Especiales y con un segundo tiro por elevación matan a la LOTTT promulgada por Chávez enfermo y desahuciado pero consciente de su deber histórico para con los trabajadores.

Muy al estilo Chino crece la inversión extranjera a costa del hambre y la miseria de los trabajadores. Nuestra ventaja estratégica hoy es tener los salarios más baratos del mundo todo ellos para favorecer la explotación y acumulación por desposesión capitalista.

Se pasan por el forro el concepto de salario:

"salario es la contraprestación que le corresponde al trabajador, por la prestación de sus servicios al patrono, que el mismo incluye las comisiones, PRIMAS, BONIFICACIONES, gratificaciones, participación en las utilidades, sobresueldo, bono vacacional, al igual que los recargos por días feriados trabajados, horas extras, bono nocturno, bono de alimentación y el bono de vivienda". Sentencia 209 del 18/11/98 TSJ.

Así mismo no les interesa que el "salario normal" esté constituido por el conjunto de remuneraciones de naturaleza salarial percibidas por el trabajador de manera habitual, es decir, en forma regular y permanente, y que efectivamente ingresan a su patrimonio, brindándole una ventaja económica.

Este criterio reiterado del TSJ en Sala Social y constitucional lo cual constituye fuente de derecho según lo establece la CRBV desde 1999, siendo que estos derechos están claramente establecidos en el artículo

El artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, que establece:

‘Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda.

PARÁGRAFO PRIMERO.- Los subsidios o facilidades que el patrono otorgue al trabajador con el propósito de que éste obtenga bienes y servicios que le permitan mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter salarial. Las convenciones colectivas y, en las empresas donde no hubiere trabajadores sindicalizados, los acuerdos colectivos, o los contratos individuales de trabajo podrán establecer que hasta un veinte por ciento (20%) del salario se excluya de la base de cálculo de los beneficios, prestaciones o indemnizaciones que surjan de la relación de trabajo, fuere de fuente legal o convencional. El salario mínimo deberá ser considerado en su totalidad como base de cálculo de dichos beneficios, prestaciones o indemnizaciones.

PARÁGRAFO SEGUNDO.- A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial.

Siendo así cualquier REBAJA, RECORTE O DISMINUCIÓN de conceptos que venían percibiendose y que son salario es ilegal inmoral e inconstitucional. Nuestra Constitución con clara orientación al estado social y de Justicia prevé que los derechos humanos y los laborales lo son, son de carácter progresivos e inalienables.

Constitucionalmente el Estado Venezolano, es definido como un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, Art. 2 de la CRBV, y dentro de lo social se encuentran inmersas las relaciones laborales y todas las instituciones que las rigen tanto en el sector público como en el sector privado.

Es por este carácter social que al desarrollarse los derechos sociales en el Art. 91 de la CRBV, se le otorga rango constitucional al salario, estableciéndose que el mismo debe ser digno, inembargable y ajustarse a la canasta básica alimenticia e inflación para que resulte suficiente para una vida digna, remuneración que debería ser suficiente para que el trabajador y su grupo familiar vivan con dignidad, esto es que puedan cubrir sus necesidades básicas tanto materiales, sociales e intelectuales, lo que significa compra de bienes y servicios, acceder a esparcimiento o turismo, y poder costear actividades de desarrollo intelectual que impliquen una inversión económica.

Ese salario es la garantía que tienen los trabajadores tanto del sector público como del sector privado que el Estado Venezolano ajustará anualmente su remuneración tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica, siguiendo el procedimiento y forma establecido en la Ley, es decir, el salario mínimo vital, es manejado única y exclusivamente por el Estado Venezolano (Art. 111 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras).

Teniendo en cuenta todas y cada una de estas explicaciones ¿Cómo puede llamarse un gobierno socialista u obrero, cuando de manera artera "recorta" "disminuye y elimina" beneficios salariales?

Todas estas medidas camuflajeadas de ajuste y cambio estructural, no son más que un paquetazo neoliberal, doctrina de shock gradual y un esquema de terapia de ilusión para tener a la población controlada.

Un modelo que toma elementos de los paquetazos aplicados a los países de la ex URSS y de la propia URSS ( Yelsin) como la ejecutada en Irán ( Atashbar).

Las tablas chucutas que han despertado la indignación de los trabajadores de la APN y de los profesionales de todo tipo no son más que una parte del teatro salarial necesario para que la entrega sea absoluta, tirando por una cañería nuestra soberanía e independencia. Sin duda estamos ante la acción de demolición planificada de la nación en función de intereses grupales criminales y de corporaciones enemigas de nuestra soberanía y lo peor que las instituciones están involucradas: el sector del gobierno neoliberal, la iglesia, fedecamaras, los gremios, pseudo sindicatos y un sector de las FANB. Y eso último lo admito con dolor profundo por ser parte de la familia militar.

Saquean y roban las riquezas de la República y a esta felonía la llaman pacto de gobernabilidad, cuando lo que es realmente es una asociación para delinquir.

Hoy la casta politica económica hamponil acelera las acciones de saqueo robo y destrucción de la República para favorecer a sus mafias y los capitales atroces internacionales a costilla del salario del pueblo.

Nos toca luchar¡¡¡



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María Alejandra Díaz

Abogada constitucionalista y representante del Estado ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Vicepresidente de la Comisión de Justicia y Tutela Efectiva de la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela (2017).

 @MariaesPueblo

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