Centenario de la Revolución Rusa

El repudio de la deuda ante las potencias acreedoras (Génova 1922)

El 20 de abril de 1922, Chicherin comunicó la respuesta soviética a las propuestas occidentales divulgadas el 15 de abril.

La respuesta indicaba: "La delegación rusa reitera su opinión que la situación económica actual de Rusia y las circunstancias que la han llevado justifican plenamente, para Rusia, su liberación total de todas sus obligaciones citadas en las propuestas antes mencionadas, como consecuencia del reconocimiento de sus contrareclamaciones" 1/.

A pesar de su desacuerdo con las exigencias desmesuradas de las potencias occidentales, la delegación rusa se presentaba preparada a hacer concesiones concernientes a la deuda contraída por el zar antes de la entrada en guerra el 1 de agosto de 1914. La delegación avanzaba una serie de propuestas.

En el caso de que hubiera un acuerdo, se comprometía a comenzar el pago de la deuda treinta años más tarde: "La reanudación de los pagos que deriven de los compromisos financieros aceptados por el Gobierno de Rusia (…), comprendido el pago de los intereses, comenzará después de un periodo de treinta años transcurridos a partir del día de la firma del presente acuerdo" 2/.

La delegación rusa decía que sólo firmaría un acuerdo con los otros gobiernos si éstos reconocían plenamente al Gobierno soviético y si los créditos de Estado a Estado no eran acordados para reembolsar su deuda, sino para permitirle reconstruir su economía. Concretamente, eso significaba que el Gobierno soviético pedía primero recibir el dinero de manera de poder relanzar la economía del país, lo que le permitiría, después de un plazo de treinta años, comenzar el reembolso de una parte de la deuda contraída por el régimen zarista antes del 1 de agosto de 1914.

Las contrapropuestas occidentales sobre la deuda rusa

El 2 de mayo de 1922, las potencias convocantes hicieron nuevas propuestas a la delegación rusa pero, aunque sobre algunos puntos hicieran pequeñas concesiones (especialmente al proponer un retraso de 5 años antes de la reanudación del pago de la deuda), introdujeron nuevas condiciones inaceptables, en particular, en el plano político. La cláusula 1 precisaba que "todas las naciones deberían comprometerse a abstenerse de cualquier propaganda subversiva del orden y del sistema político establecidos en otros países, el Gobierno Soviético ruso no intervendrá de ninguna manera en los asuntos interiores y se abstendrá de cualquier acto susceptible de alterar el statu quo territorial y político en otros Estados".

Eso significaba especialmente que el Gobierno soviético debía renunciar a llamar a los pueblos coloniales a que hicieran respetar su derecho a la autodeterminación. En concreto, debería autoprohibirse sostener la independencia de colonias como la India, las colonias africanas de diferentes imperios, en particular los imperios británico y francés. Habría sido necesario también que el Gobierno soviético dejara de aportar su apoyo a las huelgas y otras formas de lucha en otros países.

La cláusula 1 agregaba: "También suprimirá en su territorio cualquier tentativa de ayuda a movimientos revolucionarios en otros Estados" 3/. Eso prácticamente significaba que debería dejar de sostener a la Internacional comunista (conocida también como la Tercera Internacional) que había sido creada en 1919 y tenía su sede en Moscú.

En materia de deuda, la cláusula 2 reafirmaba la posición de las potencias occidentales: "Que el Gobierno Soviético ruso reconocería todas las deudas y obligaciones públicas, que habían sido contraídas o garantizadas por el Gobierno Imperial Ruso o por el Gobierno provisional ruso o por él mismo con respecto a las Potencias extranjeras".

El punto 2 de la cláusula 2 rechazaba la demanda soviética que consistía en hacer valer su derecho a indemnizaciones por las pérdidas materiales y humanas causadas a Rusia por la agresión a la que las potencias extranjeras la habían sometido durante y después de la revolución. El texto decía: "Los Aliados no pueden admitir la responsabilidad invocada en su contra por el Gobierno soviético ruso, por las pérdidas y daños sufridos durante la revolución en Rusia después de la guerra".

La cláusula 6 exigía el establecimiento de una comisión arbitral internacional en la que Rusia estaría en minoría: "Esta Comisión estará compuesta de un miembro nombrado por el Gobierno Soviético ruso, de un miembro nombrado por los portadores extranjeros, dos miembros y un Presidente, que serán nombrados por el Presidente de la Corte Suprema de Estados Unidos o, en su defecto, por el Consejo de la Sociedad de las Naciones o el Presidente de la Corte Permanente Internacional de Justicia de La Haya. Esa Comisión decidirá todas las cuestiones concernientes a los intereses no pagados así como a los modos de pago del capital y de los intereses, teniendo en cuenta la situación económica y financiera de Rusia".

En resumen, las potencias convocantes reemplazaban la comisión de la deuda rusa, propuesta por las mismas el 15 de abril, por una comisión arbitral que dispondría de poderes muy extensos y en la que Rusia tendría una posición minoritaria.

La respuesta soviética reafirmaba el derecho al repudio de la deuda

Gueorgui Vasílievich Chicherin en 1925

El 11 de mayo de 1922, la delegación soviética comunicó su respuesta, que ratificaba el fracaso de las negociaciones de Génova y que reafirmaba con fuerza el derecho al repudio de las deudas.

Chicherin afirmó que "más de uno entre los Estados presentes a la Conferencia de Génova repudió en el pasado deudas y obligaciones contraídas por el mismo, más de un Estado confiscó y secuestró bienes de ciudadanos extranjeros o de sus propios ciudadanos sin que por ello hayan sido objeto del ostracismo aplicado a la Rusia de los Sóviets".

Chicherin subrayó que un cambio de régimen por la vía de una revolución conllevaba la ruptura de las obligaciones tomadas por el régimen anterior. «No corresponde a la Delegación Rusa legitimar ese gran acto del pueblo ruso ante una asamblea de potencias de la que muchas cuentan en su historia con más de una revolución; pero la Delegación rusa está obligada a recordar ese principio de derecho: que las revoluciones, que son una ruptura violenta con el pasado, aportan nuevas normas jurídicas en las relaciones exteriores e interiores de los Estados.

Los gobiernos y los regímenes surgidos de la revolución no están obligados a respetar las obligaciones de los gobiernos derrocados".

La soberanía de los pueblos no es afectada por los tratados de los tiranos

Chicherin proseguía: "La Convención francesa, de la que Francia se reclama como su heredera legítima, proclamó el 22 de septiembre de 1792 que la “soberanía de los pueblos no es afectada por los tratados de los tiranos”. Conforme a esta declaración, la Francia revolucionaria no solamente destruyó los tratados políticos del antiguo régimen con el extranjero, sino que incluso repudió su deuda de Estado. Sólo consintió el pago, y eso por motivos de oportunidad política, de un tercio. Es el “tercio consolidado”, cuyos intereses comenzaron a ser regularmente pagados a comienzos del siglo XIX. Esa práctica, erigida en doctrina por eminentes hombres de leyes, fue seguida, casi constantemente, por los gobiernos surgidos de una revolución o de una guerra de liberación. Los Estados Unidos repudiaron los tratados de sus predecesores, Inglaterra y España" 4/.

Chicherin, sobre la base de esos precedentes históricos, sostuvo que la Rusia soviética tenía el derecho de proceder a las nacionalizaciones de los bienes extranjeros en su territorio: "Por otra parte, los gobiernos de los Estados vencedores, durante la guerra y sobre todo cuando se concluyeron los tratados de paz, no dudaron en confiscar los bienes de los ciudadanos de los Estados vencidos situados en sus territorios e incluso en territorios extranjeros. Conforme a esos precedentes, Rusia no puede estar obligada a asumir una responsabilidad cualquiera con respecto a las potencias extranjeras y a sus ciudadanos por la anulación de las deudas públicas y por la nacionalización de los bienes privados".

Frente a la demanda de indemnizaciones avanzadas por parte de las potencias occidentales, Chicherin replicaba: "Otra cuestión de derecho: ¿Es el Gobierno ruso responsable de los daños causados a los bienes, derechos e intereses de los ciudadanos extranjeros a causa de la guerra civil, fuera de aquellos que les fueron causados por actos propios del Gobierno, es decir la anulación de las deudas y la nacionalización de los bienes? En esto, también, la doctrina jurídica está totalmente a favor del Gobierno ruso. La revolución, como todos los grandes movimientos populares, siendo asimilada a fuerzas mayores, no confiere a los que la han sufrido ningún título de indemnización. Cuando los ciudadanos extranjeros, apoyados por sus gobiernos, demandaron al Gobierno del zar el reembolso de las pérdidas ocasionadas por los acontecimientos revolucionarios de 1905-1906, este último rechazó sus demandas, motivando su negativa por la consideración de que, no habiendo acordado indemnizaciones por daños y perjuicios a sus propios súbditos por hechos análogos, no podía poner a los extranjeros en una posición privilegiada".

Chicherin concluía esa parte de su argumentación de este modo: "Así que desde el punto de vista del derecho, la Rusia soviética no está en absoluto obligada a pagar deudas del pasado, a restituir bienes o a indemnizar a sus antiguos propietarios, ni tampoco a pagar indemnizaciones por los otros daños sufridos por los ciudadanos extranjeros, ya sea por la legislación que Rusia, en ejercicio de su soberanía, se ha dotado, ya sea por el hecho de los acontecimientos revolucionarios".

A continuación, el responsable de la delegación soviética reafirmó la disposición de la Rusia soviética a hacer concesiones de manera voluntaria con el fin de intentar llegar a un acuerdo.

"Por lo tanto, en un espíritu de conciliación y para llegar a un acuerdo con todas las potencias, Rusia ha aceptado" reconocer una parte de la deuda.

Chicherin mostró su dominio de la jurisprudencia al afirmar: "La práctica y la doctrina están de acuerdo para imponer la responsabilidad de los daños causados por la intervención y el bloqueo a los gobiernos autores de esos hechos.

Para no citar otros casos, nosotros nos contentaremos con recordar la decisión de la Corte Arbitral de Ginebra del 14 de septiembre de 1872, que condenaba a Gran Bretaña a pagar a Estados Unidos 15 millones de dólares por los daños causados a estos últimos por el corsario Alabama City que, durante la guerra civil entre los Estados del Norte y los Estados del Sur, había ayudado a estos últimos.

La intervención y el bloqueo de los aliados y de los neutros contra Rusia constituían por parte de estos últimos actos de guerra oficiales. Los documentos publicados en el anexo II del primer Memorando ruso prueban con evidencia que los jefes de los ejércitos contrarrevolucionarios no lo eran más que en apariencia y que sus verdaderos comandantes eran los generales extranjeros enviados especialmente a ese efecto por algunas potencias. Esas potencias no sólo tomaron parte directa en la guerra civil, sino que son las autoras".

En un documento anexo suministrado por la delegación soviética, se desarrollaba el razonamiento siguiente: «Las deudas de antes de la guerra contraídas por Rusia al extranjero están más que compensadas por los enormes y duraderos daños causados a nuestra riqueza nacional por la intervención, bloqueo y guerra civil, organizados por los Aliados. (…)Pero lo que fue hecho por una mano (empréstitos de antes de la guerra) fue destruido por la otra (intervenciones, bloqueo, guerra civil). Por eso, la única medida equitativa sería considerar las deudas de antes de la guerra como amortizadas por los daños causados y abrir una nueva era de relaciones financieras" 5/.

Chicherin reafirmaba que Rusia estaba preparada para hacer concesiones si se le concedían créditos reales: "…en su deseo de obtener un acuerdo práctico, la Delegación rusa (…) ha entrado en la vía de más amplias concesiones y se ha declarado dispuesta a renunciar condicionalmente a sus contrapretensiones y a aceptar los compromisos de los gobiernos derrocados a cambio de una serie de concesiones por parte de las potencias, de la que la más importante es la puesta a disposición del Gobierno ruso de créditos reales de una suma previamente determinada. Desgraciadamente este compromiso de las potencias no se ha mantenido".

El responsable de la delegación soviética rechaza la pretensión de las potencias convocantes a reclamar de Rusia el reembolso de los créditos otorgados al zar y al Gobierno provisional para continuar una guerra que el pueblo rechazaba: "Así mismo el Memorando se basa completamente en la cuestión de las deudas de guerra, cuya anulación era una de las condiciones de la renuncia de Rusia a sus contrapretensiones".

Con respecto a la voluntad de las potencias convocantes de imponer a Rusia una comisión internacional de arbitraje, Chicherin respondió que si esa comisión se instituía: "La soberanía del Estado ruso se convierte en un juego de azar. Puede ser puesta en jaque por las decisiones de un tribunal arbitral mixto compuesto por cuatro extranjeros y un ruso que deciden en última instancia si los intereses de los extranjeros deben ser restaurados, restituidos o indemnizados".

Finalmente, Chicherin denunciaba el hecho de que potencias, como Francia, exigían encarnizadamente que la Rusia soviética indemnizara a algunos capitalistas sin tomar en consideración la masa de pequeños tenedores de títulos rusos que Rusia estaría dispuesta a indemnizar: "La Delegación rusa constata que los Estados interesados, al reservar toda su solicitud para un grupo restringido de capitalistas extranjeros y haciendo prueba de una intransigencia doctrinaria inexplicable, han sacrificado los intereses (…) de la multitud de pequeños tenedores de créditos rusos y de pequeños propietarios extranjeros cuyos bienes fueron nacionalizados o secuestrados, y que el Gobierno ruso tenía la intención de integrarlos entre los reclamantes de los que reconocía la justicia y la validez. La Delegación rusa no se puede privar de expresar su sorpresa de que potencias como Francia, que posee la mayoría de pequeños portadores de créditos rusos, hayan mostrado la mayor insistencia para la restitución de bienes, subordinando los intereses de los pequeños tenedores de créditos rusos a aquellos de algunos grupos que exigían la restitución de sus bienes".

Chicherin concluyó sobre la responsabilidad de las potencias convocantes en el fracaso de la negociación: afirmaba que para que se alcanzara un acuerdo habría sido necesario que "las potencias extranjeras que organizaron la intervención armada en Rusia hubieran renunciado a hablar a Rusia con el lenguaje de un vencedor a un vencido, Rusia no ha sido vencida. El único lenguaje que hubiera podido llevar a un acuerdo común habría sido el que tiene uno respecto a otro de los Estados contratantes en pie de igualdad. (…)

Las masas populares de Rusia no sabrían aceptar un acuerdo en el que las concesiones no tuvieran su contrapartida en ventajas reales".

http://www.cadtm.org/En-Genova-1922-las

Traducido por Griselda Piñero

Notas:

1/ Op. Cit. p. 195

2/ Op. Cit. p. 198

3/ Op. Cit. p. 206

4/ Op. Cit., pp. 221-222

5/ Citado por Alexander N. SACK, Les réclamations diplomatiques contre les soviets (1918-1938), Revue de droit international et de législation comparée, nota 152, p. 291. Para la versión inglesa, véase: http://heinonline.org/HOL/LandingPa...

 



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Eric Toussaint


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