Doctrina funcional del Petro asociado al Bolivar Oro divisa

Si el objetivo del Gobierno venezolano es realizar transacciones, contrarrestar el bloqueo contra Venezuela y acceder a nuevas formas de financiamiento internacional al utilizar las tecnologías del Blockchain, el gobierno debe usar una criptodivisa venezolana y no una criptomoneda mas de las muchas existentes en el mercado de las tecnologías Blockchain. Esa criptodivisa Petro debería estar asociada a una divisa venezolana como podría ser el Bolívar Oro propuesto desde hace tres años. Japón esta trabajando en este sentido con una criptodivisa oficial asociada a su yen divisa.

Vamos a realizar nuestras aclaratorias con preguntas simples y respuestas cortas para así establecer la doctrina funcional para que el Petro pueda ser una criptodivisa asociada al Bolívar Oro divisa venezolana a crear.
 

¿Cuál es la diferencia de criptodivisa y criptomoneda?
La criptodivisa estaría referida a una divisa real y en circulación oficial del país que la crea. De esta manera la criptodivisa mantiene una paridad igual y constante con la divisa oficial de ese país, además de ser el único que la genera para hacer los pagos de compras o recibir dinero por concepto de exportaciones de ese país.
 

¿Cómo son las divisas oficiales existentes?
Todas ellas son fiduciarias y su gran mayoría es dinero Fiat o sea respaldada por deudas y no respaldadas por dinero real ausente de deuda. Las divisas del comercio mundial son las que integran los Derechos Especiales de Giro – DEG son el dólar, el euro, la libra, el yen y el yuan. Existen otras divisas de diferentes países como el franco suizo, rublo ruso, corona sueca, won surcoreano, peso mexicano, dólar australiano, dólar canadiense, dólar de Singapur, dólar neozelandés. Venezuela podría tener el bolívar oro divisa respaldado por las inmensas riquezas de nuestro país como son el petróleo, oro, coltan, gas.
 

¿Qué hace falta para que un país tenga una divisa propia?
Simplemente que la Constitución contemple esa divisa como única, oficia, propiedad exclusiva de ese país y de circulación nacional con acuñación de las monedas e impresión única numerada de los billetes del banco central de ese país. Esa divisa propia permite que el ahorro sea para ese país y para más nadie; permite que esa divisa sea inembargable y los tenedores solo tienen derecho al uso y disfrute más no a la propiedad. Por tanto cualquier tribunal de ese país puede sentenciar el decomiso de esas divisas cuando se demuestre orígenes ilícitos como peculado, narcotráfico, etc.
 

¿Cómo sería esa criptodivisa asociada a la divisa de un país?
Las criptodivisas pueden ser varias o una sola. Si el objeto de ese país es darle fortaleza a una criptodivisa específica con un mineral valioso, se crearían varias criptodivisas. Pero si la criptodivisa asociada a la divisa de ese país esmul solida por ejemplo referida al patrón oro, entonces se crearía una sola criptodivisa. Su valor debe ser igual al valor flotante de la divisa de ese país y su respaldo sería sea el PIB de ese país o los minerales estratégicos específicos y que se califican como commofities internacionales por tener un precio en esa divisa del país con su equivalencia a las demás divisas del comercio mundial como son las divisa integrantes de los DEG.
 

¿Cómo un ciudadano o extranjero accede a esa criptodivisa?
El que desea usarla debe identificarse electrónicamente ante la oficina ad hoc del banco central de ese país con el RIF, probando disponer de fondos para el o los "disparos" a realizar, destino y razón de ser de ellos. La oficina. ad hoc del banco central asigna el impuesto a gravar cada disparo de acuerdo a códico del objeto y razón de ser del "disparo".
La oficina ad hoc del banco central debe tener una base de datos del RIF, una base de datos de Sudeban donde aparezca la cuenta bancaria asociada a ese RIF y una base de datos de los diferentes impuestos para los varios conceptos de los "disparos". Esta operación sebe ser automática y con software en la Blockchain vehículo de esas operaciones de esa criptodivisa.
 

¿Puede cualquier persona natural o jurídica comprar esa criptodivisa para ahorro o inversión?Por supuesto que si podría hacerlo y para ello el banco central y su oficina ad hoc de la criptodivisa asociada a la divisa oficial de ese país, determinará con un Reglamento como se pueden hacer esas inversiones las cuales deben estar asociadas al RIF y esa cuenta se actualizaría automáticamente al tener variaciones en el comercio local o internacional.

¿Las reservas internacionales de ese país pueden alojarse en la criptodivisa de ese país?

Evidentemente que si puede hacerlo y diríamos debe hacerlo. De esta manera serían inembargables esas reservas internacionales y el banco central las publicaría en reportes diarios, semanales, mensuales y anuales.
Existirían muchas otras preguntas y respuestas sobre el tema, pero con la doctrina expuesta de nuestra propuesta del Bolívar Oro divisa y la criptodivisa Petro asociada, establecemos nuestra doctrina funcional para lograr romper el bloqueo internacional contra Venezuela y evitar embargos a los activos nacionales por estar expresados en la nueva divisa Bolívar Oro. Quedarían esas tareas para la Superintendencia de la criptomoneda Petro y el Observatorio de Blockchain de Venezuela. Según dijo hoy el ministro de Educación Superior en un lapso máximo de 90 días deberán tenerse resultados concretos. Esperemos a ver.

Nuevamente Feliz Navidad para todos los lectores.



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Jairo Larotta

Ingeniero Civil UCV 1970, Magister Scientiarum Ingeniería Sismo Resistente IMME-UCV 1976, postgrado en UNAM Mexico, UC Berkeley (1974-77). Amplia experiencia en dirección, gerencia en empresas de ingeniería en el área petrolera e industrial. Consultor y asesor de 11 empresas privadas y asesor de Ministerio de la Vivienda y Ministerio del Ambiente (1988-2014), patólogo de estructuras (2005-actual). Construcción de edificios residenciales, centros comerciales, estaciones de metro, naves industriales (1979-86). Secretario Ejecutivo de FUNVISIS (1975-79). Once publicaciones científicas en congresos nacionales y mundiales sobre ingeniería sísmica (1972-77). Más de 120 artículos en Venezuela y exterior sobre monetarismo y macroeconomía (2003-actual). Orador en conferencias, foros, entrevistas por radio y TV sobre macroeconomía geoestratégica, creador del bolivar oro divisa y criptodivisa oficial asociada para venta de hidrocarburos, productos no petroleros, compra de bienes y servicios foráneos (2005-actual). Libros publicados: coautor de "Cien años de compañía", Editorial Don Bosco, Caracas 2006; autor de "El síndrome de la piñata en la idiosincrasia del venezolano", Editorial Dictus Publishing, Saarbüken, Deutschland (2014) ISBN- 978-3-8473-8853-1

 jairolarottas@gmail.com

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