La Juridicidad del Equilibrio Ecológico

En el preámbulo de La Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, aparece claramente establecido la orientación y defensa de sus valores…"el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad"…y que esa estratégica visión constitucional, expresa como filosofía política que conduce al desarrollo armónico del medio ambiente y la justicia social. Por lo tanto, es importante, la coherencia social que debe prevalecer en esa estrecha y vinculante relación entre lo humano y su entorno, que pueda permitir acercarnos a los espacios sustentables para un ambiente impregnado de ecosocialismo, como lo ayuda a señalar el articulo 3 constitucional, cuando expresa:…" la construcción de una sociedad justa y amante de la paz"…el cual debe establecerse una consciencia social sobre el equilibrio ecológico desde la educación formal y no formal, cuando en el capítulo VI De Los Derechos Culturales y Educativos, señala la obligatoriedad de la educación ambiental en el sistema educativo venezolano, y el capítulo IX De Los Derechos Ambientales, en sus tres artículos: 127, 128 y 129…establece la obligación de defender y conservar el equilibrio ecológico, con la vigilancia del Estado y la corresponsabilidad que tiene la sociedad civil, para el respecto de los principios , señalados en el artículo 326, sobre la "promoción y conservación ambiental"…y toda la progresividad para mejorar de manera permanente la calidad de vida de sus habitantes, en éste mismo artículo 136 constitucional…"sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional."

Es importante , destacar las investigaciones realizadas por La Comisión de Estudios para América Latina y el Caribe (CEPAL)…sobre el desarrollo sustentable, desde una triada estratégica: la transformación productiva…la equidad social…el medio ambiente…que deben actuar en perfecta armonía, que evite los desarrollos desiguales que impiden de manera real y concreta sobre lo sostenible, sustentable y perdurable…que iría en inequívoca dirección para salvar el futuro de la humanidad y del planeta…en la que necesitamos cambiar los antivalores depredadores del ambiente por un sistema capitalista y consumista, al que solo les preocupa la acumulación de capital, en detrimento del medioambiente, y que mantiene en serio peligro la sustentabilidad de la especie humana y de otras y otros seres vivos…cuando lo importante son las ganancias materiales , en la que los daños colaterales, simplemente son unos costos colaterales, para la satisfacción individual de una pequeñísima minoría que viven en una terrible paradoja, cuando se auto consideran como personas prosperas y privilegiadas, en un planeta enfermo y contaminado, en que la mayoría de las personas "sobreviven" en la peor de las desigualdades sociales…

Esto significa que el equilibrio ecológico, se convierte en la necesaria actitud, que va permitir mejorar la calidad de vida de las inmensas mayorías y salvar al planeta de la autodestrucción, de la que autodefine a la humanidad, como "los únicos seres vivos pensantes"…

Referencia bibliográfica

Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Publicación de las Naciones Unidas (2018)

Constitución Nacional de La República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial Extraordinaria N° 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1.999

El desarrollo sustentable: transformación productiva, equidad y medio ambiente. CEPAL (1991)



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Oscar Bravo

Un venezolano antiimperialista. Politólogo.

 bravisimo929@gmail.com      @bravisimo929

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