Propuesta de un Capitulo Constitucional para el adulto mayor

Exposición de Motivo

Camarada los adultos mayores, tenemos en la actual Constitución Bolivarian tenemos el articulo 80, que dice textualmente -El Estado garantizara a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio de sus derechos y garantías.

¿Cuales son nuestros derechos ? El derecho a la vida, el derecho a transitar libremente por el territorio de venezuela, el derecho a ser atendido en un hospital, el derecho a comprar las medicinas, el derecho a comprar los alimentos, el derecho a expresarme libremente, el derecho a asociarme, el derecho a manifestar, el derecho a votar, el derecho a trabajar, el derecho a una jubilación y recibir una pensión, "Si a trabajado en una empresa." o en las instituciones publicas del estado, y otros. Igualmente el articulo 80 se refiere es al anciano o anciana para nosotros los venezolanos un anciano o anciana es una persona que pasa de los 75 años, pregunto que va a disfrutar de la vida una persona que a esa edad las enfermedades comienzan a golpearlo.

Camarada no es igual tener un capitulo dedicado exclusivamente para el adulto mayor y que tenga como un derecho constitucional la seguridad integral. Un capitulo obliga al legislador a desarrollar la ley que lleva con el fin la de garantizar todos los aspectos que implican lo que es una seguridad integral y la participación ciudadana y organizaciones comunitarias que tendrían como fin el logro

Propuesta Articulo:x El Estado Venezolano establece como un derecho constitucional adquirido por todos los venezolanos por nacimiento el de gozar de la seguridad integral al cumplir la edad, que lo reconoce como un adulto mayor.

Propuesta Articulo:x Se establece que el Estado (gobierno nacional) debe o tiene la obligación de construir en cada uno de los Municipios los Hospitales geriátricos dejando claro que en los Municipios o capitales de estados se construirán dos o mas hospitales geriatricos.

Propuesta Articulo:x Se establece que el Estado ( gobierno Nacional) en aras de garantizar las medicinas para el adulto mayor, esta obligado establecer una partida de dolares o de la moneda o divisa internacional que se este utilizando para los fines de importación, a fin de importar la medicinas que requiera anualmente la población de adulto mayores.

Propuesta Articulo:x Se establece que el Estado ( gobierno Nacional) en aras de garantizar la alimentación a los adultos mayores esta obligado a pensionarlos automáticamente al cumplir la edad, con una pensión que le garantice una alimentación balanceada

Es muy distinto tener un articulo donde se establezca que el Estado ( gobierno Nacional) en aras de garantizar una vida digna y cómoda al adulto mayor, esta obligado a establecer o construir las casas o granjas de cuidados diarios donde el adulto que a un pueda y tenga la capacidad física pueda colaborar en la producción de alimentos.

Propuesta Articulo:x se establece que el Estado ( gobierno Nacional) en aras de garantizar la participación protagonica del adulto mayor, reconocerá como el órgano de organización y planificación de las políticas publicas. que desarrollen una mejor vida para el adulto mayor, al CONSEJO NACIONAL DEL PODER POPULAR DEL ADULTO MAYOR.

Camaradas esta es la propuesta y debe ser el contenido de un Capitulo, con varios artículos bien claros donde el adulto mayor goce de los derechos constitucionales que nos deben corresponder como venezolanos como dueños de las riquezas de esta patria.

Y no por haberle trabajado a un capitalista

 

 



Esta nota ha sido leída aproximadamente 1493 veces.



Amado Rivero

Luchador social promotor de la constituyente municipal ex candidato de la constituyente 2017 , escritor. Administrador del blog las comunas de Venezuela. Vocero principal del corredor 4 de febrero

 amadorivero2000@hotmail.com

Visite el perfil de Amado Rivero para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: