Asamblea aplicará art. 233 de la CRBV para sacar a Maduro

Mi misión es advertir antes de que comience el fraude inconstitucional y la violencia en las calles...

Otra vez la directiva opositora de la Asamblea Nacional encabezada por el adeco Henry Ramos Allup (ya famoso por su ignorancia sobre la Constitución) lanza una idea alocada de cómo sacar del poder al Presidente Nicolás Maduro por una vía rápida y que sólo funciona con ingenuos.

En efecto la cúpula parlamentaria antichavista aplicará el artículo 233 de la Constitución imputando a Maduro "abandono del cargo" para con ello declarar su falta absoluta como Presidente y finalmente presionar para que ocurran nuevas elecciones presidenciales adelantadas.

Dice el encabezamiento del 233 de la Carta Magna:

"Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanentemente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato".

Considerando que la declaración de abandono del cargo la emite la Asamblea Nacional sin mención de ningún otro poder público, algunos leguleyos creen que el parlamento puede falsificar la realidad de los hechos en Venezuela y actuar como le da la gana como si Maduro realmente hubiera "abandonado" el Palacio de Miraflores.

Para quienes no creen que Henry Ramos Allup pudiera intentar semejante locura anti jurídica, sugiero ver este video:
https://youtu.be/BXqDcx_KJUk

Ocurre que aplicar normas sobre la base de hechos falsos o inexistentes, es en si mismo un fraude constitucional y genera consecuencias de castigo para los tramposos.

La verdad es que todo acto que viole la Carta Magna puede ser impugnado judicialmente por cualquier ciudadano porque ello se relaciona con el deber de cumplir y hacer cumplir la Constitución.

Asímismo cumpliendo con los artículos 334, 335 y 336 de la Carta Magna, la Sala Constitucional del TSJ puede de oficio y de mero derecho sentenciar la inconstitucionalidad de ese fraude (falso abandono del cargo) dictado por la Asamblea Nacional con el cual se pretende, ni más ni menos, aparentar la falta absoluta de un Presidente que está en pleno ejercicio de sus funciones de gobierno y tumbarlo. Eso es un Golpe Parlamentario.

Queriendo hacer ver que no gobernar como la oposición quiere, significa que el Presidente abandonó su cargo, ya en el pasado se interpuso una demanda parecida ante el TSJ contra el entonces Presidente Hugo Chávez. Aquella vez se alegaba que su proyecto socialista, repito, significaba abandono de sus funciones constitucionales como Primer Mandatario Nacional.

Obviamente aquello fue un intento torpe por penalizar la ideología y por supuesto fue declarado inadmisible por la Sala Constitucional del TSJ.

Ahora en 2016 cuando este fraude sea bloqueado, la Asamblea golpista dirá que el TSJ la reprime y ejerce una dictadura judicial.

Sólo resta hacer una pregunta...

¿Si Ramos Allup y su combo dicen que Maduro se la pasa de vacaciones y no trabaja como Presidente, que por lo tanto existe abandono del cargo según el 233 constitucional y hay que elegir un nuevo Presidente ya mismo, cree usted que el pueblo y el TSJ se lo van a calar?



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Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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