Nuestro debate sobre Derecho Constitucional con la ex presidenta de la Corte Suprema de Justicia

Recientemente, a través de un importante canal de televisión en los Estados Unidos, este servidor sostuvo un debate constitucional con la ex presidenta de la Corte Suprema de Justicia, la respetable Doctora Cecilia Sosa (video) http://youtu.be/Z8lwHvkq5H4

Como aporte al estudio exhaustivo del Derecho Constitucional, deseo compartir varias relfexiones expresadas durante el debate mediante el siguiente texto:

Cuando el Gobierno de Venezuela ha otorgado ascensos a oficiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) que desde hace años dejaron de estar activos, la oposición ha dicho falsamente que se viola el Derecho porque militares retirados no pueden ser ascendidos.

Algunos fingen ignorar las facultades constitucionales del Presidente de la República, contenidas en el artículo 236 ordinal 6 de la Carta Magna, para asignar estos reconocimientos según su criterio; así como también el amplio concepto de “mérito” que fundamenta los ascensos como lo expresa el artículo 331 constitucional.

No todo militar que es premiado con ascenso, tiene que estar activo en la FANB, pues constitucionalmente no queda excluida la posibilidad de ascensos honoríficos a quienes ya habiendo dejado de estarlo, suman valiosos méritos ciudadanos al servicio de la Patria y por tal motivo son dignos de reconocimientos.

Sépase que los honores pueden darse en vida e incluso después de ella, de lo contrario ¿Cómo existen los ascensos militares post- mortem?

Recientemente, de forma oportunista y leguleya, algunos buscan hacer creer que funcionarios que gozan de tales ascensos, violan el artículo 330 constitucional por ocupar cargos públicos. Dicho argumento es necio ya que públicamente se sabe que estos militares no están prestando servicio dentro de las FANB pues desde hace años están dedicados a la vida civil y a la militancia partidista; prueba de esto es que el pueblo libremente los eligió para los cargos que actualmente ocupan.

Pero si comete delito el venezolano o venezolana que acepta y ejerce un cargo diplomático otorgado por un gobierno extranjero y enemigo, para de común acuerdo atacar al país donde se ha nacido, eso se llama: traición a la Patria, y en EEUU (país venerado por la MUD) se castiga con pena de muerte.

No quiero desaprovechar la oportunidad que democráticamente me brinda esta tribuna popular de la prensa venezolana, para referirme al anuncio del Presidente Nicolás Maduro respecto al inminente inicio de los procesos para la selección de nuevos representantes en el CNE, TSJ y Poder Ciudadano.

Como marxista venezolano, sin ataduras de ninguna especie con élites políticas o económicas de las varias que hay en Venezuela, en ambos polos; invoco las enseñanzas de uno de mis mentores, el difunto abogado laboralista Pedro Ortega Díaz (sobre quien escribimos un libro en 2008 y quien probablemente fuera el último dirigente comunista que le brindó lealtad absoluta al Presidente Hugo Chávez) para advertir lo que tantas veces conversamos sobre los requisitos para ejercer dichos cargos de altísima responsabilidad burocrática.

Hemos dicho ayer y hoy, que para eliminar de una vez por todas, los restos de la burocracia burguesa y su feroz disputa de espacios de poder con ambiciones de lucro sectario y personal, todo el que hoy pretenda ejercer con propósitos edificantes, dignos y revolucionarios (en el sentido más amplio de la palabra) cualquier cargo de elección popular o responsabilidad en el Estado, deberá cumplir con tres indispensables credenciales de solvencia.

Primero, solvencia ética y moral, que implica el desempeño intachable como sujeto de la vida pública y privada, así como una conducta ejemplar que merezca el respeto de la mayoría de la comunidad a través del tiempo.

Segundo, solvencia técnica y científica, lo que significa incuestionables pruebas de aptitud, capacidad y formación en el área donde corresponda trabajar; es decir, la debida combinación de la destreza teórica y la pericia práctica que acreditan la idoneidad del cuadro revolucionario para una determinada tarea, sin que tales conocimientos o aptitudes provengan exclusivamente de la academia formal o una extensa experiencia, sino del verificado equilibrio entre el saber y el hacer.

En tercer lugar, está la solvencia política, singular virtud de quienes han mantenido una trayectoria de irrenunciable combate por el pueblo y hoy luchan sin ambigüedades por la unidad de la izquierda y la construcción del socialismo. En definitiva, será el predominio de estas tres credenciales la que reunirá a las mejores mujeres y hombres para consolidar la vanguardia y garantizar el avance del nuevo Estado popular.


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Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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