El Parlamento Comunal Nacional: Instancia de agregación del Poder Popular

El Presidente Nicolás Maduro aprobó el impulso de la Ley de los Consejos Presidenciales, además se instalo el Parlamento Comunal Nacional, ambas iniciativas deben ser instrumentos del Sistema de Gobierno Popular, verlas como complementarias como parte de un todo es necesario. Toca en la intensidad de estos días definir bien sus ámbitos de lucha, su complementariedad.

Algo tenemos claro sobre el Parlamento Comunal Nacional: Es una instancia de agregación política.

El Parlamento Comunal Nacional instancia de agregación de los autogobiernos

El Parlamento Comunal Nacional, es un instrumento revolucionario que se convierte en clave para la coyuntura, es muy importante que el mismo se base, asuma principios y lógicas de las Leyes del Poder Popular y del documento orgánico del Consejo Presidencial de Comunas. Que asuma sus acervos y conquistas, se debe asumir como una instancia de agregación formal de las comunas, como lo plantea la Ley Orgánica de las Comunas. Es decir, es un espacio que nace con solidez y propuestas debido, en parte, al recorrido de las Leyes del Poder Popular y de trabajo de más de un año del Consejo, que aún asumiendo que se debe seguir cualificando, es un espacios a profundizar, a proteger.

Es fundamental que el espacio "nacional" sea visto como parte de un Sistema de Gobierno que parte del Consejo Comunal, las Comunas, sus espacios de agregación superior, incluyendo a los regionales. Es decir, es una trama organizativa potente que no puede quedar sólo como un espacio central para atacar a la contrarevolución que se instala en la Asamblea Nacional, debe ser un espacio del autogobierno popular, palanca para la lucha contra la burocracia y las propuestas que puedan pretender, con la excusa de los momentos difíciles, entregar los avances de la Revolución.

Por ello no dudamos en decir que es un sistema de agregación, según los artículos 58 y 59 de la Ley Orgánica de las Comunas que dice:

Sistemas de agregación

Artículo 58. Las instancias del Poder Popular podrán constituir sistemas comunales de agregación entre sí, con el propósito de articularse en el ejercicio del autogobierno, para fortalecer la capacidad de acción sobre aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa de la soberanía nacional, de conformidad a la Constitución de la República y la ley.

Finalidades

Articulo 59. Los sistemas comunales de agregación tienen como finalidades: 1. Ampliar y fortalecer la acción del autogobierno comunal. 2. Llevar adelante planes de inversión en su ámbito territorial, atendiendo los lineamientos y requerimientos establecidos en los planes comunales de desarrollo respectivos. 3. Asumir las competencias que mediante transferencias se le otorguen para la administración, ejecución de obras y prestación de servicios públicos. 4. Impulsar el desarrollo del sistema económico comunal, mediante la articulación en redes, por áreas de producción y servicios, de las organizaciones socio- comunitarias de propiedad social comunal directa o indirecta. 5. Ejercer funciones de control social, sobre los diferentes planes y proyectos que en su ámbito territorial ejecuten las instancias del Poder Popular o el Poder Público. Las condiciones para la constitución de los sistemas comunales de agregación y su funcionamiento serán establecido en el Reglamento de la presente Ley y los lineamientos que a tales efectos dicte el Ministerio del Poder Popular con competencia.

En fin es una instancia para ser gobierno, para hacerle seguimiento a los acuerdos realizados con el Presidente, para plantear leyes por iniciativa popular, para impulsar políticas públicas revolucionarias, integrales. Las finalidades según la Ley son claras en ese sentido.

Hay que ser duros protectores de la iniciativa, sin permitir que lo que está en crisis en la Revolución se aproveche para construir un espacio para su refugio, para mimetizarse, por ello entre las "Propuestas del Bloque Lara del Consejo Presidencial de Gobierno Popular con las Comunas", decimos: "Debemos estar a la altura de las circunstancias, debemos insurgir, el esfuerzo no puede ser para que todo sea igual. Por ello, debemos combatir el tutelaje, el burocratismo, corrupción, sectarismo, populismo y el clientelismo, todos los antivalores inherentes al capitalismo".

Al encuentro con todas las fuerzas revolucionarias

En el mismo documento se plantea: "Debe ser un espacio de dialogo de legislación y concreción de políticas con todos los consejo presidenciales conformados y diversas formas organizativas del poder popular, revolucionarias, socialistas y chavistas", es decir, debe ser un espacio para que el campo popular haga política.

Las comunas no pueden caer en el error de ser autorreferenciales en este momento complejo que transitamos, debe sumarse a la iniciativa de construcción de espacios de unidad revolucionaria. Por ello, se deben generar mecanismos para que los diversos Consejos Presidenciales y organizaciones populares participen activamente en este Parlamento Comunal Nacional.

Muchos son los planteamientos que toca ir desarrollando, varios de ellos contenidos en el documento "Propuestas del Bloque Lara del Consejo Presidencial de Gobierno Popular con las Comunas", que sumamos a continuación:

Propuestas del Bloque Lara del Consejo Presidencial de Gobierno Popular con las Comunas

18 diciembre 2015

Sobre el Parlamento Comunal Nacional:

– Principios y Objetivos Generales

– Conformación

– Agenda de Lucha

Los artículos 5, 6, 62 y 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los cuales queda consagrada la intransferibilidad de la soberanía popular a los órganos del Estado o Poder constituido; así mismo, aseguran y garantizan la participación y protagonismo del pueblo en la elaboración, ejecución y control de las políticas públicas; de igual manera, se destaca el carácter vinculante de las decisiones tomadas en asambleas de ciudadanas y ciudadanos y en nuestras instancias de autogobiernos.

Consideramos que el Parlamento Comunal Nacional debe constituirse sobre los siguientes parámetros:

1) Principios y objetivos generales

– Es un espacio de autogobierno, en consecuencia es parte del Sistema de Gobierno Popular que debe construir y articular con demás Consejos de Gobierno.

– El Parlamento Comunal Nacional es parte del Autogobierno Comunal. – Asume como tarea la construcción del Estado Comunal

– Es un sistema de agregación, según los artículos 58 y 59 de la Ley Orgánica de las Comunas.

Sistemas de agregación

Artículo 58. Las instancias del Poder Popular podrán constituir sistemas comunales de agregación entre sí, con el propósito de articularse en el ejercicio del autogobierno, para fortalecer la capacidad de acción sobre aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa de la soberanía nacional, de conformidad a la Constitución de la República y la ley.

Finalidades

Articulo 59. Los sistemas comunales de agregación tienen como finalidades: 1. Ampliar y fortalecer la acción del autogobierno comunal. 2. Llevar adelante planes de inversión en su ámbito territorial,

atendiendo los lineamientos y requerimientos establecidos en los planes comunales de desarrollo respectivos. 3. Asumir las competencias que mediante transferencias se le otorguen para la administración, ejecución de obras y prestación de servicios públicos. 4. Impulsar el desarrollo del sistema económico comunal, mediante la articulación en redes, por áreas de producción y servicios, de las organizaciones socio- comunitarias de propiedad social comunal directa o indirecta. 5. Ejercer funciones de control social, sobre los diferentes planes y proyectos que en su ámbito territorial ejecuten las instancias del Poder Popular o el Poder Público. Las condiciones para la constitución de los sistemas comunales de agregación y su funcionamiento serán establecido en el Reglamento de la presente Ley y los lineamientos que a tales efectos dicte el Ministerio del Poder Popular con competencia.

– Es impulsor de las decisiones tomadas desde las bases, desde las asambleas de ciudadanos de los Consejos Comunales, comunas, y demás sistemas de agregación.

– Debe ser un defensor de las luchas populares y de las conquistas que hemos obtenido y obtendremos.

– Debe ser un espacio para articular las propuestas, proyectos, para la Planificación Popular y todo lo referente al financiamiento y a la contraloría social.

– Donde se le de carácter nacional a las propuestas territoriales.

– Debe ser reflejo de la nueva sociedad, debe ser expresión del pueblo, es el pueblo en el parlamento.

– Debe ser un espacio de dialogo de legislación y concreción de políticas con todos los consejo presidenciales conformados y diversas formas organizativas del poder popular, revolucionarias, socialistas y chavistas.

– Es una instancia nacional del Sistema de Gobierno Popular que se basa en la agregación y decisión de lxs comunerxs, asumiéndose como la Asamblea Plenaria de Comunas del país que plantea el documento orgánico del CPGPCC.

– Debe ser un espacio con dos objetivos: golpear a la burguesía y el desmontar estado burgués.

– Debemos estar a la altura de las circunstancias, debemos insurgir, el esfuerzo no puede ser para que todo sea igual. Por ello debemos combatir el tutelaje, el burocratismo, corrupción, sectarismo, populismo y el clientelismo, todos los antivalores inherentes al capitalismo.

– Es un instrumento para hacer irreversible la revolución socialista y chavista.

– Debe servir para la unidad de las fuerzas revolucionarias.

– Debe ser un instrumento político de contrapeso a la avanzada de la derecha en la AN, un instrumento de resistencia contra la ofensiva de la burguesía a escala nacional y mundial.

– Debe reivindicar siempre el carácter territorial de las comunas.

– No debe ser un parlamento a la imagen y semejanza del parlamento burgués.

– No puede ser un parlamento solo para legislar sino para gobernar, asumiendo el artículo 21 de la Ley Orgánica de las Comunas.

Artículo 21. El Parlamento Comunal es la máxima instancia del autogobierno en la Comuna; y sus decisiones se expresan mediante la aprobación de normativas para la regulación de la vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, la primacía del interés colectivo sobre el interés particular y la defensa de los derechos humanos, así como en actos de gobierno sobre los aspectos de planificación, coordinación y ejecución de planes y proyectos en el ámbito de la Comuna.

– No podemos repetir los procesos electorales burgueses para constituir sus integrantes.

– No debemos repetir la lógica del estado liberal de la división de poderes.

– Debe ser un sistema de agregación que sea parte del Consejo Presidencial de Comunas, no para negarlo o sustituirlo.

– El Parlamento Comunal Nacional diseña políticas públicas para la toma de decisiones vinculantes a las instituciones del estado en el impulso y la dirección de los procesos productivos del país.

– Las atribuciones. Se plantea, sean asumidas las definidas en las leyes del Poder Popular; en sus Principios y Valores.

2) Sobre la conformación del Parlamento Comunal Nacional

– Deben ser dos vocerxs por Comuna con Parlamento constituido, principal y suplente

– Debe respetar la igualdad de género.

– Lxs voceros por comuna ante el Parlamento Comunal Nacional deben ser rotativos, legitimados en su parlamento con actas probatoria.

– Camaradas que tengan la capacidad de dirigir y de asumir las decisiones de la mayoría en el Parlamento Comunal Nacional.

– No podemos permitir que nos impongan los números de participantes de la asamblea nacional.

– Asamblea parlamentaria estadal, territorial y por sistema de agregación, que el parlamento se construya de abajo y hacia arriba.

– El compañero o compañera parlamentario debe tener la figura de consejo ejecutivo, principal o suplente pues, según la LOC es el que esta facultado legalmente para suscribir acuerdos en nombre de su comuna.

– Las comisiones de trabajo del Parlamento Comunal Nacional se conforman con los vocerxs de lxs consejos de las comunas: economía, planificación y contraloría, como lo plantea la Ley de Las Comunas y el documento orgánico del Consejo Presidencial de Comunas.

– Debemos generar un mecanismo para la continuidad del proceso en el parlamento, de sus decisiones y acuerdos, así como su comunicación a todas las comunas y al país.

– Debe existir directores de debate y relatores rotativos.

– El parlamento comunal no solo sesiona en Caracas, lo hace también en las regiones y territorios.

– El parlamento debe sesionar una vez al mes de manera ordinaria y extraordinaria cuando la situación lo requiera.

3) Agenda Propuesta del Parlamento Comunal Nacional

– Impulsar las transferencias de competencias a las comunas.

– Buscar mecanismos de dialogo para incorporar nuevos actores, como campesinos obreros, en fin a todxs lxs revolucionarixs.

– Discutir, decidir y actuar sobre medidas que cambien el rumbo económico de la revolución para garantizar el socialismo.

– Promover leyes por vía de la iniciativa popular.

– Debe llevar una agenda de debate de calle, de hacer asambleas por sectores y territorios.

– La base es el plan de la patria y los planes de desarrollo comunal.

– Impulsa el Plan Nacional de Desarrollo de las Comunas, como una agregación de los Planes de Desarrollo Comunal del país.

– Intervención inmediata de toda la red de distribución de alimentos. Es urgente la revisión de las direcciones del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación y sus instituciones,

– Revisar el Código de Comercio; por ser el instrumento jurídico que menoscaba a las nuevas formas de organización, surgidas en revolución, concretando lo ya aprobado por el Presidente ante el Consejo Presidencial de Comunas.

– Se debe constituir una comisión para la conformación del reglamento que exprese las dinámicas de los parlamentos comunales en la instancia nacional.

– Garantizar el cumplimiento del acuerdo con el Presidente de la República Nicolás Maduro, de incorporar los Planes de Desarrollo Comunal de las comunas en el Sistema Nacional de Planificación para desde allí garantizar lo necesario para su ejecución.

– Garantizar el cumplimiento, el seguimiento y el control de todos los acuerdos aprobados por el Presidente de la República Nicolás Maduro junto al Consejo Presidencial de Gobierno Popular con las Comunas.



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Gerardo Rojas

Comunero de la @ComunaAtaroa

 gerojasp8@gmail.com      @GeRojasP

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