Reforma Constitucional y Partidos Políticos

Revisando la vigente “ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones”, no termino de salir del espanto que produce la hipocresía y la misma falta de pudor, de aquellos legisladores cuartos republicanos, que con la “asepsia jurídica” que los caracterizaba estamparon esta perla en el articulo 25, ordinal 3: Son obligaciones de los Partidos Políticos: “no aceptar donaciones o subsidios de las entidades públicas, tengan o no carácter autónomo; de las compañías extranjeras o con casa matriz en el extranjero; de empresas concesionarias de obras públicas o de cualquier servicio de bienes propiedad del Estado; de Estados extranjeros y de organizaciones políticas extranjeras”. Pues bien, esta normativa reguladora en apariencia, de la prohibición de financiamiento público hacia los Partidos, está a punto de desaparecer. En teoría, el aspirante a ser dirigente de cualquier organización ya “no tendrá” entre sus objetivos, andar pescando contratistas y contratos, para alimentar sus aspiraciones y la de sus seguidores.

¿Cuánto cuesta una campaña electoral?, ¿Cuánto cuesta una campaña donde al militante se le ocurra estar en la Dirección Regional de su Partido? Que tire la primera piedra aquella organización política, que en los últimos cincuenta años no haya sido objeto de alguna prebenda del Estado o de algún contratista de turno. Sin necesidad de estirar tanto la historia, el nóbel Partido “PRIMERO JUSTICIA”, está más que demostrado, que a través de una mampara institucional, la madre de su fundador lo amamantó con reales de PDVSA. Y que decir del recién estrenado a nivel nacional “UN NUEVO TIEMPO”, quien en menos de lo que canta un gallo y a cuesta de las arcas del gobierno regional del Zulia, logró la “titánica” tarea de montar su ejército de cuadros y dirigentes, en toda la geografía nacional. En cuanto al no terminado de estructurar PSUV, ya el mismísimo Vicepresidente de la República y Coordinador Nacional de la Comisión de Apoyo del proyecto unitario, señaló con sobrada angustia: “ la tolda política del presidente Chávez, no puede ser creada para recibir y distribuir carpetas de contratistas, por el contrario, debe fortalecer sus bases legales, como una organización que resuelve problemas de finanzas dentro de su propio seno, con el apoyo de sus militantes".

Quizás el propio Presidente Chávez, pensó en esta tragicómica normativa en desuso, cuando presentó en el paquete de la Reforma Constitucional, el articulo 67, referido a “los derechos políticos y el referéndum popular”, la propuesta de que el Estado, podrá financiar las actividades electorales y que la ley regulará lo concerniente al financiamiento y a las contribuciones privadas de las asociaciones con fines políticos.

Así las cosas, reformada la Constitución y la propia ley de partidos políticos, este quien por ahora aspira militar en el partido donde activa el comandante, también aspirará a ser dirigente, por lo menos de su batallón; claro está, si lo del financiamiento no se transforma en letra muerta, y si el futuro partido que está por construirse, será verdaderamente democrático.

douglas.zabala@hotmail.com


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Douglas Zabala


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