Privados de Libertad

La Sentencia 875 del TSJ y su incidencia en la población carcelaria

Saludos libertarios, para todos los que sufren  en el manantial de tristezas y sepulcro de alegrías que representa el hoy cambiante sistema penitente en nuestra noble y hermosa nación.  De allí, la invitación a la reflexión sobre lo tenue que es la libertad, mientras no fortalezcamos el socialismo real y no el demagógico, no el de franelas rojas y muchas apariencias: apelamos a la conciencia que nos debe orientar a que no solo basta serlo sino que también debe parecerlo con nuestra actuación, cualquiera sea nuestra trinchera de acción social.

Tal como lo prometí en mi artículo anterior hoy vamos a reflexionar sobre la Sentencia 875 de la Sala Constitucional del TSJ con ponencia de la doctora Luisa Estela Morales Lumuño, presidenta de la "máxima casa de la justicia" de nuestra República Bolivariana Revolucionaria y Socialista, de nuestra amada Venezuela.

Cabe destacar que este polémico criterio dado a luz en esta sentencia, no solo cercena los derechos constitucionales ciudadanos y humanos de mas 15 mil ciudadanos privados de libertad por el delito de droga, sino que además compromete seriamente al estado venezolano cuando considera la ponente, que dicho delito de droga e incluso el consumo (que es por lo que fue penada la ciudadana que motivo dicha sentencia) son delitos de "lesa humanidad". 

Contradictoriamente en nuestra constitución ni en la norma supraconstitucional que es el Estatuto de Roma aparece así tipificado.  De hecho, con esta sentencia se violenta de manera flagrante y comprometedora el principio de literalidad de la norma (Constitución y Estatuto de Roma).  Pero, y peor aún, este criterio pretende legislar con una atribución que no le corresponde a este órgano, invadiendo así la reserva legal del constituyente, del legislador y de los estados suscribientes del Estatuto de Roma en las Naciones Unidas.  Razón por la cual traemos a reflexión esta sentencia, debido a las consecuencias que genera en un alto porcentaje de los privados y privadas de libertad por el delito de droga quienes han sido víctimas de procedimientos judiciales, imputaciones viciadas y actuaciones irregulares por parte funcionarios apátridas y ausentados de la más mínima moralidad.  Pero además, se convierte en un contra sentido del mandato dado por el articulo 272 de nuestra ley madre de la republica, cuando su letra ordena: "... En general se preferirán en ellos el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias.  En todo caso las alternativas de cumplimientos de penas no privativas de libertad se aplicaran con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria". 

Como se evidencia, en el constituyente, distinto al cuestionado criterio de la sentencia, prevalece el sentido humano y no discriminatorio, es decir, es verdaderamente socialista y no en apariencia.  Y esto es así, porque respeta este bien humano mas preciado por las personas después de la vida: la libertad, conforme a lo intuido por la conciencia, la filosofía humana y el sentir socialista. 

De tal forma que invitamos a la rectificación de esta sentencia inhumana y discriminadora.  Y extendemos esta invitación a los movimientos sociales para dar un debate claro sobre el comportamiento de los órganos de  administración de justicia y a plantear la contraloría social sobre dichos órganos.  Al igual que a los garantistas: es imperativo convocar a discusión en las asambleas de ciudadanos el extraordinario daño que la justicia mal aplicada hace cuando no se concatena el sentir socialista con la estructura de pensamiento, comportamiento y socialización de la juventud venezolana.  Déficit del que carecemos y que solo es posible superar con el necesario debate sobre la forma de tratar a los adictos: no como delincuentes sino como enfermos y esto es un problema de Estado.

En nuestro próximo artículo, si vivimos después de este, discutiremos sobre la admisión de hechos forzosa por ausencia de justicia y garantías vulneradas.

Patria, socialismo, vida y libertad.                                

concienciaydignidad@gmail.com



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H. Roberts

Presidente de la ONG Conciencia y Dignidad. Asesor de asuntos penitenciarios.

 concienciaydignidad@gmail.com      @conydignidad

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