¿Por qué Venezuela denuncia la Convención Americana

A continuación transcribo parte de la comunicación enviada por el Estado venezolano al Secretario de la OEA, José Manuel Insulsa, donde participamos nuestro retiro de la Convención Americana de Derechos Humanos. “La Corte Interamericana no puede pretender excluir, desconocer, ni sustituir el ordenamiento constitucional de los Estados parte, pues la protección internacional que de ella se deriva es coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos. Sin embargo, reiteradas decisiones de la Comisión y de la Corte han violado los preceptos y principios de la Constitución de la Republica, como lo ha manifestado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de nuestro Estado mediante su decisión 1562 de 2008” (…)

 “Es inaceptable que nuestro país, que ha dado un salto histórico para poner fin a las violaciones de las derechos humanos que eran frecuentes antes de 1999, sea emplazado y difamado por razones de carácter político, a través de denuncias infundadas, carentes de sustrato probatorio, provenientes de sectores políticos vinculados a actos contrarios a las leyes y a la Constitución, los cuales reciben atención inmediata y son admitidos por la Comisión y por la Corte aún cuando, en casi todos los casos los peticionarios han reconocido que no se habían agotado los recursos de jurisdicción internos, y en algunos casos ni siguiera se había interpuesto, violando así el artículo 46.1 de la Convención.

Esta celeridad con la que atienden esos casos claramente politizados y parcializados contra el Estado venezolano y su democracia, violando la Convención han obligado a nuestro país a preguntar, tanto a la Comisión como a la Corte: 1.Cuáles fueron las razones que retrasaron por más de seis años, la consideración de la mas grave y masiva violación de los derechos humanos en Venezuela, derivada de los hechos ocurridos el 27/02/1989, conocida “El Caracazo” donde fueron asesinados cientos de venezolanos. 2. Por qué la Comisión no emitió comunicados o resoluciones sobre la masacres de Cantaura (1982) ni de Yumare (1986), a pesar de su extrema gravedad. Pero en cambio, se ha manifestado sistemáticamente a partir de 1999, por circunstancias que no revisten características de urgencia como proyectos de leyes. 3. Por qué, no hemos recibido explicación sobre el reconocimiento de hecho, que el entonces Secretario Ejecutivo de la Comisión Santiago Cantón, realizó al gobierno de facto que se instalaron en Venezuela a consecuencia del golpe de Estado del 11/04/2002.4. Por qué, aun reconociendo que se había instalado un gobierno de facto y que corría peligro la vida del Presidente Hugo Chávez, quien se encontraba secuestrado, la Comisión no acordó las medidas cautelares a favor de nuestro Presidente presentada por la Asociación MINGA” (…)

“En aras de la Protección de los valores y principios consagrados en las Convenciones pertinentes del Sistema Universal de Derechos Humanos, y en respeto de los principios consagrados en nuestra Constitución, nuestro país se ve obligado a distanciarse del pervertido ejercicio actual de los Órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la Corte. Los principios vinculados a los derechos humanos deben ser preservados al margen de estas instituciones viciadas que, con su práctica, han deslegitimado y desnaturalizado su rol como garantes de los compromisos contraídos por los Estados en el Pacto de San José”. Sugiero leer la totalidad de este documento histórico que se encuentra publicado en la red de Aporrea de fecha 12/09/12. 


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Germán Saltrón Negretti

Defensor de los Derechos Humanos.

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