Reforma legal, “dictadura” popular

Un sector de la oposición ha armado su berrinche en contra de la reforma constitucional cuestionando su legalidad. Basado en lo que algunos en ese lado consideran el mejor argumento en contra de la reforma, no deberían existir dudas sobre la legitimidad de la propuesta hecha por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.

La supuesta ilegalidad de la reforma está basada en los cambios propuestos al artículo 230 de la constitución nacional. El actual artículo dice, “El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período”. Si el cambio propuesto se aprueba, el nuevo artículo terminará diciendo lo siguiente: “El período presidencial es de siete años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida de inmediato para un nuevo período.”
Sectores en la oposición aseveran que el cambio propuesto viola los artículos 6 y 342 de la constitución.

El articuló 6 dice, “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.” Por otro lado, respecto a reformas constitucionales, el articuló 342 establece que, “La reforma constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto constitucional.”

El argumento es que si se deja que el presidente sea elegido consecutiva e ilimitadamente, esto viola el requerimiento de que el gobierno sea “alternativo”.
El que el gobierno sea alternativo es un atributo establecido como “principio democrático” por los líderes políticos que dominaron a Venezuela de 1958 a 1998. Sin embargo, a pesar de que habían muchos partidos políticos, el “principio” implícitamente consideraba que solo dos cumplían con los requerimientos necesarios para ser alternativos. Estos eran AD y COPEI. Una victoria electoral de cualquier otro partido era considerada una amenaza a la estabilidad del sistema político.

Escondido bien detrás de esta mascarada democrática de cuarenta años se encontraba la más cínica violación del principio más grande y relevante de un verdadero sistema democrático. Limitando las opciones políticas y con la delicada insinuación de que en cada elección el poder político debía pasar de un partido a otro, la élite política robaba a los ciudadanos de su prerrogativa democrática mas fundamental: la habilidad de decidir a través de elecciones quien y por cuanto tiempo iba a gobernar.

Por supuesto, todos estamos de acuerdo en que un verdadero sistema democrático debe ofrecer la opción de alternar las autoridades. Sin embargo, este debe ser el derecho de la mayoría de los electores expresado a través de elecciones periódicas.

El hecho es que elegir continuamente las mismas autoridades no es una violación de ningún “principio democrático”. Esto es mas bien una aplicación mas amplia del mas grande principio democrático.
El artículo 342 establece que una reforma no debe modificar la estructura y los principios fundamentales del texto constitucional. Esta reforma NO hace esto. El pueblo venezolano todavía conserva el derecho a decidir si cambia o no el gobierno que tiene.

Igualmente, es ridículo comparar a Venezuela con estados en donde el primer ministro es elegido continuamente por los miembros de un parlamento. La democracia venezolana es mucho más auténtica. Ella no le quita a la gente el privilegio de escoger a la más alta autoridad en el gobierno.
Algunos también cuestionan la nueva asimetría de poder que introduce la propuesta de reforma constitucional. ¿Por qué no aplicar el mismo principio de elección continua a los gobiernos locales, gobernadores y alcaldes?
En esto yo estoy 100% con el razonamiento del Presidente.

Es mucho más fácil para una autoridad regional convertir una asignación burocrática temporal en una larga e inefectiva dominación política infectada de corrupción y nepotismo. Su trabajo es evaluado por un pequeño grupo de votantes entre los cuales se incluyen amigos, conocidos y miembros de su propia familia. Por otro lado, la labor de un presidente, por la naturaleza de la posición, es evaluada por la nación entera.

Ahora más que nunca el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela es democrático y alternativo. El problema que algunos sectores de la oposición tienen con esto es que ahora la gente de Venezuela, no los partidos políticos, realmente tiene una influencia en quien y por cuanto tiempo va a estar en el poder.

Pero, hay dos cosas que la oposición realmente odia. Una es que en los últimos años la gente ha escogido solamente a Hugo Chávez. La otra es que el gobierno no se ha “alternado”. ¡Y no se debería! A menos que la gente así lo quiera…
Así pues, la próxima vez que escuche hablar sobre la “dictadura constitucional” en Venezuela, sonría y pregunte: ¿Por qué no llamarla más bien “dictadura popular”? Es la misma cosa, ¿no?

Elio Cequea

elio@vheadline.com


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Elio Cequea


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