Reforma Revolucionaria

Una de las bondades del proceso de cambios impulsado por el presidente Chávez es habernos sacado del aburrimiento en que estaba adormecida la Venezuela de la democracia representativa, con hombres como Ramón J. Velásquez y Rafael Caldera. Claro, debe recordarse que para el pueblo fue un período trágico, éste que despuntó con la insurrección popular del 27 de febrero y los alzamientos militares de 1992 y concluyó con la destitución de Carlos Andrés Pérez, como intento agónico del puntofijismo por apuntalar un sistema ya irremediablemente agotado. Tal agotamiento se reflejó en el carácter de estos personajes que encabezaron los últimos gobiernos, antes del arrollador triunfo de la Revolución Bolivariana.

Desde la campaña electoral de 1998, pasando por la victoria electoral y a partir de los primeros discursos del presidente Chávez, se percibió el cambio radical del clima político, que ya no iba a darle tregua a la pasividad y la indolencia. Basta recordar la rueda de prensa con los periodistas extranjeros, una vez reconocido el triunfo por el Consejo Supremo Electoral, la posterior salida al Balcón del Pueblo, despojándose de la corbata. La toma de posesión del Gobierno, de manos de un Rafael Caldera abúlico, y el juramento sobre la Constitución tan “moribunda” como el sistema y sus representantes carcomidos por la apatía. Luego vino la convocatoria a Asamblea Constituyente para cambiar la Constitución de 1961, como siguiente episodio de la arrancada de un período de la historia nacional, en el que cada día se producen novedades que desafían la imaginación.

Para ese pueblo que sufrió la arremetida sin misericordia de 1989 y la represión posterior a los intentos de golpe de Estado de 1992, pero que no decayó en su espíritu de protesta y manifestaciones, se abrió una puerta a la esperanza. Hugo Chávez irrumpió como una especie de locomotora, que se enganchó a un tren maltrecho -una administración pública compuesta de vagones destartalados- y lo arrastró con fuerza inesperada, con el resultado de que algunos vagones se desbarataron, otros quedaron tirados en la vía o siguieron al tren, pero con las ruedas frenadas, sólo muy pocos fueron capaces de acompañar la marcha trepidante del nuevo gobierno. Por eso fueron necesarios los planes especiales y las Misiones.

No debe extrañar que a cada nueva iniciativa del presidente, la oposición reaccione de la única manera que pueden hacerlo los residuos de un régimen agotado: negando y distorsionando las propuestas. Cómo van a entender la naturaleza de los cambios, su novedad y su carácter revolucionario, si están a la defensiva, atrincherados en la conservación de unos privilegios que creyeron eternos. Cómo van a querer esos cambios, si permanecen anclados en un pasado nefasto y desperdiciaron las inmensas posibilidades que tuvieron, de construir una nación fuerte y digna. Cómo van a entender de independencia y soberanía, si estaban subordinados a los intereses del capitalismo. Cómo van a aceptar que queramos construir el socialismo, si su mirada no es capaz de elevarse más allá del egoísmo y la codicia.

Mientras tratan de asimilar la última de tantas derrotas electorales y de calle, la inventiva revolucionaria del presidente les lanza a la cara una nueva iniciativa: la reforma de la Constitución. Entonces, anonadados, salen a defender la de 1999, después de que la satanizaron y se negaron a aprobarla. Medianamente recuperados del golpe, comienzan a objetar las modificaciones propuestas, pero resultan incapaces para elaborar una argumentación convincente. Afectados de ceguera histórica, apelan al terrorismo verbal, tratando de asustar a la mentalidad burguesa, con lo de las amenazas a la propiedad privada y la dictadura presidencial.

La reforma constitucional propuesta por Chávez tiene aspectos tan revolucionarios, que va a tener impacto más allá de las fronteras nacionales y de la época presente. Particularmente, los artículos relativos a la organización político-territorial y a las nuevas formas de propiedad. En cuanto a lo primero, están los artículos 16 y 18, especialmente, que son parte del capítulo sobre “La división política”, del Título II: “Del espacio geográfico y la división política”.

De partida, el cambio en la redacción es significativo: Antes decía: “el territorio nacional se divide”, ahora dice: “el territorio nacional se conforma”. El primer párrafo describe las unidades territoriales que constituyen la Nación: Distrito Federal, estados, regiones marítimas, territorios federales, municipios federales y distritos insulares. Además, establece el municipio como unidad o célula organizativa de los estados.

Hay una diferencia fundamental y evidente entre dividir y conformar: Divide y vencerás, reza un viejo refrán. Dividir el territorio equivale a fragmentarlo, a debilitar la unidad y la integridad nacional. Los cambios experimentados desde la Colonia, en los límites nacionales y estadales, reflejan pugnas de intereses particulares, que buscaban determinar hasta dónde llegaba su influencia y su potestad de decidir sobre las poblaciones y disponer de las riquezas. Por lo común, tales divisiones político-territoriales pasaron por alto aspectos de mayor raigambre, como la presencia de pueblos milenarios: el límite entre Venezuela y Colombia en La Guajira, por ejemplo, parte en dos los territorios ancestrales de la etnia Wayúu.

Entonces, al no poder borrar de un plumazo estas separaciones artificiosas, porque, además, están arraigadas en la mentalidad imperante, se las mantiene, cambiando su connotación de división a conformación, pero, lo más importante y novedoso, se establece una dinámica político-territorial o, mejor, socio-político-territorial, a partir de las comunidades, las comunas y las ciudades. A esto es a lo que se denomina: Nueva Geometría del Poder. Desde los asentamientos de población nucleares, las comunidades organizadas, integradas en comunas y federadas en ciudades, se irá construyendo una geografía humana, que será la verdadera estructura del país. Esa geografía humana estará por encima de cualquier límite artificialmente trazado sobre el mapa. Las comunas constituirán “el núcleo espacial básico e indivisible del territorio” (art. 16).

Esta definición rompe a la larga con la figura de parroquia. Por otra parte, se trata de unidades de “autogobierno”, es decir, que en ellas los pobladores serán administradores de sus comunidades, gestores directos de sus necesidades comunes. Para ello, en otro artículo de la reforma, el 167, se prevé la asignación de “situado constitucional” a estas unidades, por lo que contarán con fondos del presupuesto público, para llevar a cabo los proyectos que se decida colectivamente. Como la organización de las comunidades procede a través de los Consejos Comunales, se verifica, desde la base de la sociedad, la constitución del Poder Popular, contemplado en el artículo 136 de la reforma.

Puede decirse que con la reforma se establecerán las bases para que emerja una conformación orgánica del territorio nacional, que parta de las organizaciones comunitarias y rompa el molde de la división política. En esta conformación territorial vibrará la dinámica social, se manifestará la vitalidad revolucionaria del pueblo, que asumirá progresiva y firmemente las riendas de su propio destino y liquidará las amarras de la administración burocrática.

Uno de los artículos que contribuirá a hacer efectivo este desenlace será el 184, que obliga a todas las estructuras del Poder Público, a transferir la gestión de múltiples servicios a las comunidades organizadas, a los Consejos Comunales, las Comunas y demás expresiones del Poder Popular.

Después de la aprobación de la reforma, habrá que luchar por hacer efectivo este artículo 184, que estaba en la Constitución de 1999, pero fue muy poco aplicado, revelando la escasa voluntad revolucionaria de alcaldes y gobernadores, que siguieron prestando estos servicios a través de contratistas privados y desperdiciaron la oportunidad de transferirle poder al pueblo y promover el desarrollo de la economía social, con todas sus ventajas, en cuanto a generación de empleo, distribución de riqueza y ampliación de la capacidad de autogestión comunitaria.

Ahora, las alcaldías, gobernaciones, ministerios y empresas públicas deberán ser obligados a elaborar un inventario de los servicios que van a transferirse a las comunidades organizadas y el cronograma de ejecución de esa transferencia.

En cuanto al tema de la propiedad, el artículo 115 crea nuevos tipos distintos a la propiedad privada: la social, directa e indirecta; la colectiva y la mixta. Este artículo ha desatado polémicas y ataques, que reflejan el espíritu conservador de la oposición y su atadura a esquemas milenarios. Efectivamente, el concepto de propiedad que enseñan las Escuelas de Derecho actualmente, es el mismo que surgió en Roma antes de Cristo y que se sigue repitiendo, como si fuera inamovible. Así que la reforma constitucional va a revolucionar la institución jurídica más vetusta del mundo occidental. Junto al concepto de propiedad nacido de la antigua sociedad esclavista romana, van a estar la propiedad social y la colectiva. Los textos y la enseñanza del Derecho deberán actualizarse y surgirán nuevas leyes y se reformarán los Códigos, para dar cabida a las nuevas formas de propiedad creadas por la Revolución Bolivariana. Otro ejemplo de la creatividad revolucionaria.

En este particular, conviene recordar que la liquidación de la propiedad privada de los medios de producción, tal y como se hizo en la URSS, a partir de 1917, no garantiza la construcción del socialismo, como fue evidente después de setenta años de la revolución rusa, al desintegrarse la URSS y reimplantarse el capitalismo. Los medios de producción como monopolio del Estado, no solamente continuaron operando como medios de explotación de la fuerza de trabajo, sino que facilitaron la conversión de los antiguos burócratas administradores de las empresas del Estado soviético, en los nuevos capitalistas dueños de esas empresas. Esto significa que la socialización de la economía no se decreta, es decir, no depende de la promulgación de una ley, sino que se trata de un proceso social, en el cual la población se apropia directamente de los medios de producción y los administra para la satisfacción de las necesidades comunes, en un proceso paulatino, que se va perfeccionando poco a poco.

En todo caso, lo que se deduce de la lectura de la reforma propuesta por el presidente es la presencia de ideas revolucionarias, que apuntan a la profundización de los cambios emprendidos mediante la Constitución de 1999 y lo hacen de forma gradual y apoyados en la participación popular, que adquiere mayor fuerza, en la medida en que se consoliden las organizaciones comunales y las demás figuras creadas por la Nueva Geometría del Poder. La debilidad de los argumentos de la oposición y el carácter visceral de sus ataques demuestran que realmente se avanza hacia la socialización y se lo hace a través de los canales de la democracia social participativa. De ahí que sea fundamental discutir a fondo la propuesta, perfeccionarla con la sugerencia de las modificaciones necesarias y apoyarla mediante el voto masivo, en el referendo que se convoque para aprobarla. Con ello, el pueblo bolivariano de Venezuela mostrará al mundo su decisión firme de seguir avanzando en el camino revolucionario, el de la igualdad, la solidaridad y la integración.

San Cristóbal, 12-09-07



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Luis Vargas


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