Seguridad de Estado frente a la pandemia Covid-19 (lacónicos comentarios)

"La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado…y su defensa es responsabilidad de los venezolanos (…)". Art. 322 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Crbv).

Es público y notorio, como nos enteramos, diariamente, de las decisiones, las acciones, todas las medidas preventivas, entre otras, a través de los medios masivos de comunicación de la Nación, en relación a la contención de este gran mal que nos azota, y que se ha diseminado en el país: la pandemia del Covid-19. Dichas acciones están inmersas en el contexto de la Seguridad de Estado. Para dar una definición de este último, en sentido abstracto; es una entidad, conformada por elementos existenciales de territorio, población y poder (gobierno), regido por una vinculación de naturaleza jurídica, de obligatorio cumplimiento.

Con respecto a la Seguridad de la Nación; el artículo 322 de la Crbv, establece la responsabilidad de todos los venezolanos que hacen vida en el territorio, inequívocamente, si son personas naturales y jurídicas, si pertenecen al derecho público o al derecho privado. La norma fundamental positiviza los principios de la corresponsabilidad de la Nación, entre la sociedad civil y el Estado. A título pedagógico, pueden señalarse los ámbitos social, político, cultural, entre otros; claro está, cada uno con sus competencias, amén de garantizarle a la ciudadanía su desarrollo integral, para la satisfacción de sus necesidades individuales y colectivas.

En esta hora crítica de nuestra existencia, el Estado (Contenido) a través de las acciones gubernamentales (Forma), en concordada relación con los órganos de Seguridad Ciudadana, cumplen con el alcance de la defensa integral en este tipo de calamidad. En mi opinión, considero que se tornan presente todas las garantías para proteger, prevenir a la familia como núcleo de la sociedad; dictando las medidas de prevención. Para nadie es un secreto que no puedan presentarse desviaciones por parte del personal funcionarial (Responsabilidad individual), mas, el Estado le aplicará las sanciones penales, civiles y administrativas, según sea el caso.

Como conclusión, todas las venezolanas y venezolanos, tenemos la obligación y el deber de cumplir con todas las medidas de aislamiento, impuesta por el Estado Venezolano, a la par que cada persona, cada compatriota es corresponsable de la seguridad de su país, de su Nación. Y dichas medidas de seguridad, comprenden el aspecto social (salud), el cual es uno de los principios en la cooperación Estatal. En las instancias que cada cual cumpla con las medidas de cuarentena, con las instrucciones de aseo e higiene individual; en ese mismo sentido, estará contribuyendo con la Seguridad de Estado, frente a esta Pandemia del Covid-19.



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José García

abogado. Coronel Retirado.

 jjosegarcia5@gmail.com

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