El mito de la alternabilidad del Dr. Herman Escarrá

En el programa "Análisis Situacional", trasmitido por el canal Globovisión, el día 14-07-19, el entrevistador Oscar Shemel, interrogó al Dr. Herman Escarrá, Presidente de la Comisión Constitucional de la Asamblea Nacional Constituyente, con respecto a la reelección indefinida y el entrevistado respondió ‘’desde hace muchos años he sostenido mi negativa personal, académica fundamentada no en ningún capricho, de que para mí la república es alternabilidad, bueno para mí no, sino para la teoría y la doctrina de la república", luego señaló de manera lapidaria …"por tanto, cualquier perpetuidad es negativa para la república y para la democracia’’, él aduce que la alternabilidad es una teoría , eso es cierto, pero es eso una teoría, un enfoque, una tesis, puntos de vista, percepciones, apreciaciones, filosofías, etc que reflejan o traducen determinadas motivaciones e intereses, para mayor ilustración, señalamos que "la mano invisible del mercado" también es una teoría. Es de hacer notar que algunos sostienen esa tesis amparados en el pensamiento del Libertador, que señala que un mandatario con mucho tiempo en el poder puede convertirse en un tirano, ese criterio es relativo y jamás absoluto; no obstante, hay diferenciar entre un gobernante de facto, un dictador y aquél que ha sido elegido en elecciones prístinas y democráticas por su pueblo. Por otra parte, los que sostenemos la tesis de la SOBERANÍA POPULAR, pensamos que un ciudadano puede ser electo por su pueblo las veces que éste considere y dicha elección es válida, legal y especialmente legítima. La reelección, la entendemos como un derecho del ciudadano a elegir a quien desee, es un fuero colectivo del pueblo en ejercicio de su soberanía y de la democracia, no permitirla es violatorio de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pues constituiría una discriminación, una disminución de los derechos, tanto del candidato a reelegirse, como del colectivo elector, en fin sería una suerte de ‘’capitis diminutio" aplicada en el Derecho Romano, que lesionaría gravemente los Derechos Políticos y Humanos del pueblo venezolano. No olvidemos que la alternabilidad, es una de las bases del "stablishment" de los Estados Unidos, es mas fue impuesta a Venezuela en el Pacto de New York, mal llamado Punto Fijo, es de significar que en función a ella los partidos AD Y COPEI, se repartieron el poder en Venezuela durante más de cuarenta (40) años, recordemos aquella matriz de opinión del voto castigo, con el cual el pueblo venezolano fue vilmente engañado y manipulado, cuando en realidad ambos partidos representaban los mismos intereses y en efecto eran y son Procónsules de Estados Unidos, eso se demostró clara y fehacientemente, cuando para las elecciones de 1.998, siendo inminente el triunfo del Comandante Eterno Hugo Chávez Frías, AD y COPEI, se fusionaron y presentaron una candidatura conjunta, y eso fue el epílogo y el fin del mito de la alternabilidad, que hoy renace en sus cenizas nada menos que en la opinión del Presidente de la Comisión Constitucional de la Asamblea Nacional Constituyente como lo es el Dr. Herman Escarrá Malavé, en este sentido con todo el respeto que el merece, sostenemos que su declaración es una clarinada, es un alerta roja que nos convoca a todos los revolucionarios a enfrentar ese intento de retrotraernos al oscuro y antidemocrático pasado cuarto republicano, ya que de aprobarse la no reelección en la nueva Constitución, se estaría traicionando el espíritu del constituyente del 2.017, cuyo objetivo esencial es fortalecer y blindar la Constitución de 1.999, y jamás volver a las tinieblas de la IV República y destruir los logros alcanzados. Es innegable que nuestra vigente Carta Magna, no establece discriminación alguna entre los venezolanos, pues la alternabilidad fue uno de de los mitos derrumbados, estrepitosamente con la revolución bolivariana, específicamente cuando el pueblo aprobó en el año 2.009, una Enmienda Constitucional, donde expresó, inequívocamente en referéndum popular su voluntad de que se incorporara al texto constitucional la reelección indefinida, por tanto, es un tema ya decidido que no debiera ni discutirse. Es de significar, que en la Constitución de 1.999, se incluyeron muchos gazapos, provenientes de personajes como: Luis Miquilena, Brewer Carías, etc que se han ido corrigiendo. Debemos estar alerta ante los criterios esbozados por el Dr. Escarrá, que como Constituyente, no es más que un vocero, un interlocutor de las aspiraciones del colectivo. Para concluir insistimos en que el pueblo, ya manifestó, claramente su voluntad en el Referéndum donde se aprobó la reelección indefinida.

Caracas, 16 de julio de 2.019.

El autor es:

Abogado.

Lic. en Contaduría Pública.

Lic. en Administración Comercial.



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Carlos Torrealba Pacheco


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