Habla-ando en serio: "El calvario de viajar en autobús"

 

"cada individuo tiene el derecho a actuar

de acuerdo a su propia voluntad en tanto que tales acciones

no perjudiquen o dañen a otros".

Edmund Burke.

Hoy día es un calvario lo que vivimos las usuarias y usuarios que por desgracia tenemos que viajar en camionetas y autobuses públicos sean de ruta urbana o extra-urbana y más aún, es notoria la falta de cultura musical demostrada por muchos jóvenes choferes de estas unidades, quienes obligan a las y los pasajeros a oír sus estruendosos vallenatos, reggetones o bachatas sin tenerse derecho a chistar y si por casualidad se tiene la osadía de hacerlo, lo que se recibe es malas respuestas, improperios y/o amenazas y esto se ha tornado en un problema a diario y a la hora que sea, sin tenerse a donde recurrir para denunciar el atropello en el mal servicio que prestan estos servidores.

Ahora bien, voy con la acostumbrada interrogante ¿será que funcionarios o servidores públicos a quien le compete esta materia, no utilizan este tipo de transporte? ¿Será que no existe una ley que proteja a los usuarios del transporte público ante esta contaminación sónica? Traigo este tema a colación porque hace poco pude presenciar en un viaje de Caracas a mi ciudad natal, como una señora de la tercera edad le suplicaba a un atorrante chofer le bajara volumen a su reproductor de música y éste con descaro le expresó "…si no le gusta se baja" sin el más mínimo respeto no sólo por ser esta señora una anciana sino por ser una ciudadana que estaba pagando un servicio y cuando varios de los pasajeros le reclamamos por el mal trato a la señora y solicitamos bajara el volumen, éste envalentonado nos respondió de la misma manera y caso como éste, lo estamos sufriendo a diario en las camioneta de pasajeros de nuestras ciudades y pareciera que se nos tiene que hacer costumbre exponernos a esta contaminación sónica y al irrespeto de estos señores.

Sin embargo, yo me resisto a creer que no haya nadie que le ponga coto a esta irregularidad y hago un llamado a las autoridades del tránsito terrestre, para que urgentemente hagan cumplir la Ley de Tránsito Terrestre en su Capítulo IV De los Propietarios, Conductores y sus Obligaciones: Artículo 50, Del Conductor: Todo conductor de un vehículo de motor está sujeto a las siguientes obligaciones: Parágrafo 6No provocar ruidos contaminantes; así como al Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre de 1998 (el cual por cierto debería actualizarse) que reza en su Artículo 33 lo siguiente: Queda prohibido en los minibuses: Parágrafo 7. Hacer uso de la corneta o bocina en áreas urbanas y Parágrafo 9. Usar equipos sonoros a excesivo volumen.

De igual manera, a las direcciones del transporte de las diferentes alcaldías, a velar por sus ciudadanas y ciudadanos creando ordenanzas que obligue a los conductores del transporte público a no producir sonidos a altos volúmenes, desagradables y/o contaminantes y les sea aplicada las sanciones pertinentes.



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