“COOPTACIÓN
POLÍTICA: La cooptación es un sistema de integración de cuerpos colegiados,
según el cual los nuevos miembros a incorporar
son elegidos por los miembros que ya están en funciones. También
abarca el caso en que los miembros de un organismo colegiado eligen
a uno de ellos para ocupar una instancia superior de mando.
Los procedimientos formales de cooptación son rechazados por la
democracia, porque se prestan para facilitar el mantenimiento en sus
cargos de la clase dirigente al margen de la
voluntad de las bases, pero en ella sobrevive con frecuencia una
cooptación oculta, cuando los dirigentes en funciones aprovechan el
poder de sus cargos para influir decisivamente en la elección de los
candidatos, aunque luego se cumplan formalmente las normas previstas
para tales nombramientos. La cooptación oculta es un claro síntoma
de la oligarquización de los equipos dirigentes de las organizaciones.”
en la Enciclopedia y Biblioteca Virtual de las Ciencias Sociales, Económicas
y Jurídicas EUMED.NET.
De
acuerdo con las fuentes consultadas, algunas organizaciones que utilizan
cooptación, son: La Iglesia
Católica elige quienes serán
sacerdotes por cooptación, el Poder
Judicial: los jueces son elegidos
exclusivamente por el Tribunal Supremo de Justicia; Fuerzas Armadas:
la oficialidad asciende grados por designación de un oficial de grado
superior.
Desde
hace mucho tiempo en Venezuela, los partidos de la llamada IV República
utilizaron este método para elegir a las personas que ejercen los cargos
dentro de la estructura partidista. Más de una vez los aspirantes a
una posición a nivel de municipio o del estado tenían que buscar su
padrino dentro del “Cogollo” (Grupo de que controla el Partido a
nivel estadal o nacional), para poder cristalizar sus aspiraciones.
Aquella
acción, común dentro de los partidos de la IV, hoy día tiene nombre
y está siendo estimulada como forma adecuada para la selección de
los dirigentes que integran los cuadros de dirigencia partidista de
“Partidos Revolucionarios”.
Triste futuro el nuestro cuando no se aprende de los errores pasados, justificando la NO selección de los dirigentes a través de elecciones democráticas, en las que la participación sea plena por parte de los militantes.
Una
vez más, los malos hábitos aprendidos en el pasado obligan a los grupos
de poder a establecer la pauta del presente: “Cogollos para evitar
perder la Revolución”.
Es así como se hace necesaria la reflexión, seamos fieles a la Constitución Bolivariana de Venezuela que establece: “Artículo 63. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.”
A pesar de sonar iluso, hagamos buena la tarea de democratizar los partidos políticos en Venezuela y hacer que cada militante ejerza plenamente sus deberes y derechos, sin la influencia nefasta de los “cogollos”, para hacer un gran país.
El tiempo es quien inexorablemente termina por revelar la verdad y hacer justicia. (EJQP)
(*) Ing-Profesor Titular