Carta abierta

Ministra del P.P. para el Trabajo- María Cristina Iglesias

Licenciada

María Cristina Iglesias.

Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.

Su Despacho.

Caracas.

Reciba un saludo respetuoso y con mucho afecto. Felicitaciones por el éxito profesional y personal  alcanzado en los largos años de lucha y actividad política que han contribuido sin duda, de manera importante, en el equilibrio político y la paz social de nuestro país.

Ciudadana Ministra, estoy enviándole comunicación que describe la segunda parte del VIACRUCIS  que  hemos enfrentado y vivido los amparados por el Decreto 7401 en su manejo y aplicación por la Oficina de  Pensiones de la entidad. Estoy remitiendo también  correspondencia, primera parte del VIACRUCIS, que fue enviada al presidente del I.V.S.S., Tte. Cnel. Carlos Rotondaro Cova con fecha 09/07/2010.

Los hechos y actividades que se han sucedido en este período de tiempo, 29/06/2010 a la fecha, se describen a continuación:

Quiero señalar antes, algunos episodios de los primeros días, para luego pasar a narrarle las actividades vividas en esta segunda etapa:

Desde el 03/05/2010, estamos asistiendo todas las semanas a la  Oficina de Pensiones de la Caja Regional del I.V.S.S. de Maturín. En las dos primeras semanas pudimos apreciar la lentitud en el manejo y aplicación del Decreto. Lo que vendría sería una larga espera, llena de excusas, poca información, desinformación, incertidumbre, inquietud, impotencia y sobre todo tener  mucha paciencia para tratar de alcanzar nuestro objetivo.

En este sentido, respecto a la continuidad en el proceso  y aplicación del Decreto, la Oficina de Pensiones sólo se limitó a recibir los documentos básicos en los primeros 76 días. No autorizaron a realizar el depósito al banco (pago de cotizaciones pendientes) sino hasta la cuarta semana de Mayo. Sin tener este requisito no se podía llenar la planilla de  Solicitud de Prestaciones  en Dinero (Forma 1404). La explicación que dieron, en sus inicios, respecto a la lentitud con que se estaba llevando el proceso, es que tenían problemas con el código bancario.  Cuando tenía transcurrido el proceso un mes el Sistema colapsó hasta el 20/072010, según la información que siempre daba la Oficina de Pensiones. Tampoco hubo forma ni manera que luego de hacer el depósito al banco se permitiera entregar la copia de este depósito en la Oficina de Pensiones sino hasta el  20/07/2010 que se reabrió el proceso.

19/07/2010. El Presidente Hugo Chávez en un acto oficial, en la ciudad de Caracas, entregó las libretas a un grupo de personas beneficiadas por el Decreto. De esta forma se reabrió el proceso.

20/07/2010. La Oficina de Pensiones empezó a recibir el documento que no habían permitido entregar: la copia del depósito bancario. Cumplido este requisito, de inmediato procedieron a llenar la planilla de Solicitud de Prestaciones  en Dinero (Forma 1404). En mi caso, la copia del depósito al banco la entregué el mismo día 20/07/2010 en la Oficina de Pensiones, pero la planilla (Forma 1404) no fue llenada con la fecha que aparece en la planilla del depósito bancario (28/05/2010)  sino con la fecha en que se reabrió el proceso (20/07/2010). Hice la observación y el reclamo al respecto. Manifesté a la Coordinadora de la Oficina de Pensiones  que la Forma 1404 debía llevar la fecha que aparece en la planilla del depósito bancario, ya que  otra fecha distinta a esta  nos perjudicaría. Ella respondió que la fecha es con la que se reabrió el proceso. Según la Oficina de Pensiones, el pago de la Pensión corre a partir de la fecha que aparece en la Forma 1404. De esta manera, como mi caso y otros más, la implementación de esta medida estaría permitiendo que perdiéramos el pago de los meses de Mayo y Junio. Es incompresible, tampoco razonable e injusto, que los amparados por el Decreto tengamos que absorber los efectos y consecuencias ocasionados por la demora en el proceso y también  la aplicación de algunos mecanismos regulatorios (no existe retroactividad, según la Oficina de Pensiones)  que a todas luces nos perjudican y no somos responsables de ello. Lo deseable era, y  debió ser así, que al abrirse el proceso tenía que existir continuidad y claridad en su aplicación para no generar  malestar, inquietud y esta larga espera. De hecho, estamos padeciendo problemas de ansiedad (estrés) y de naturaleza emocional, pues ya no sabemos que creer y cuándo nos aprobarán la Pensión y en qué condiciones. La LEY DEL SEGURO SOCIAL (Gaceta Oficial Nº 5.976 Extraordinario) de fecha 24/05/210, en su Capítulo VII (Disposiciones Comunes a las Prestaciones en Dinero), Artículo Nº 45, señala: “Las Pensiones comenzarán a pagarse desde la fecha en que se cause el derecho, siempre que la solicitud se haga dentro del año siguiente a esa fecha. Si fuere hecha posteriormente, la Pensión comenzará a pagarse desde la fecha de la solicitud.”

Las personas que solicitan su Pensión de manera normal (Artículo Nº 27, Ley del Seguro social)  o sea las personas que no van por Decreto, su proceso es continuo, sin interrupciones, sin traumas y disponen de la Pensión al mes de haber introducidos sus documentos en la Oficina de Pensiones, como lo ha manifestado y requerido el Presidente Hugo Chávez en distintas ocasiones.

25/10/2010.  Después de tres meses transcurridos desde que se llenó la Forma 1404 (20/07/2010), mi Pensión no ha sido aprobada. Acudí, por enésima vez, a la Oficina de Pensiones para conocer las posibles razones a esta demora tan prolongada y que no entendemos. La explicación de la Coordinadora  a esta situación es que el Banco de Venezuela no ha conciliado las cuentas con el I.V.S.S. Son varios los casos y todos con el Banco de Venezuela, añadió. Le indiqué que esto no era posible ya que los depósitos fueron  realizados hace tiempo y en mi caso hace cinco meses (28/05/2010) y los bancos no tardan tanto tiempo en conciliar sus cuentas con los clientes. Ella insistió en esta afirmación. Manifestó que esta situación la resolverían ellos. Para tratar de aclarar este punto, le manifesté que acudiría al banco para conocer la respuesta de la entidad bancaria al respecto.    

26/10/2010. Me reuní con el Gerente de Servicios del Banco Venezuela. Le comuniqué lo que me había informado la Coordinadora del Seguro Social respecto al problema con  la conciliación de mi depósito bancario y la de otros clientes, me respondió que eso no era posible, puesto que el banco concilia todos los días sus cuentas bancarias con los clientes. El Gerente manifestó el problema a la Sede en Caracas. Quedaron en enviar una correspondencia que indicaría que efectivamente mi  depósito fue conciliado el 28/05/2010 y que el dinero se encontraba en la cuenta del Decreto 7401 del  I.V.S.S.  

29/10/2010. Retiré la correspondencia del banco. La entregué a la Coordinadora de la Oficina de Pensiones. Ella la llevaría, me informó, al I.V.S.S. en su próximo viaje a Caracas (primera semana de noviembre) y realizarían la respectiva observación y el reclamo.

09/11/2010. Acudí nuevamente a la Oficina de Pensiones para conocer la respuesta de las  autoridades de Caracas respecto a mi caso. La Coordinadora me informó que todo estaba resuelto y que las pensiones se pagarían en el mes de Noviembre o Diciembre. El  problema en esta oportunidad, según ella, se había presentado en el troquelado de la planilla de depósito del  Banco. Manifesté que esta no podía ser la causa del problema  ya que la copia de la planilla de mi depósito estaba bastante legible e imagino que las planillas de los otros afectados también.

24/11/2010. Un funcionario de la Oficina de Control de Gestión del I.V.S.S-Caracas me informó que la demora en la aprobación de la Pensión era porque ésta se hacía de manera aleatoria a través del Sistema de Computación. A mí me sorprendió esta respuesta. De ser esto verdad, el Principio de Prioridad (fecha de la planilla de depósito bancario) no se estaría tomando en cuenta, se está dejando de lado, puesto que la aprobación de la Pensión estará en manos de la información de la máquina, o sea al azar. De esta manera,  a los primeros nos llamarán de último y los últimos estarán de primero. Esto ya es bastante preocupante, pero más   preocupante son los efectos de este mecanismo. A  una pregunta mía al respecto, el funcionario respondió que la Pensión la cancelan a partir de la fecha de selección aleatoria (sin retroactivo) y no a partir de la fecha del depósito bancario. También me comunicó que, si no le entendí mal, los aguinaldos los cancelarán hasta las pensiones aprobadas en el mes de Octubre. Después de esta fecha y las que se aprueben en el año 2011 no se cancelarán aguinaldos.

Ministra, si están  utilizando este procedimiento aleatorio para seleccionar y aprobar la Pensión y la misma se cancela a partir de esta fecha, , sin retroactivo a la fecha del depósito bancario, se estaría cometiendo un acto de injusticia. Creemos y estamos seguros que esta no es la política de la Institución.

Ministra, es importante y necesario que se estudien y se  consideren los siguientes puntos:

  1. Aspectos o elementos que han impedido implementar o aplicar el Decreto de manera continuada en todas sus fases.
  2. Actuación e información clara y precisa que permitan el desarrollo de cualquier proceso de manera expedita y en un tiempo prudencial para evitar cualquier trauma y malestar en los usuarios.
  3. El pago de la Pensión se haga efectiva a partir de la fecha de la planilla del depósito bancario o de la entrega de los documentos a la Oficina de Pensiones y no a partir de la fecha con que se seleccionó la persona por el sistema aleatorio o la fecha en que se llenó la Forma 1404, tomando en consideración las razones y circunstancias que han rodeado todo el proceso. Este sería un procedimiento más dinámico, equilibrado y justo y que le daría sentido al Principio de Prioridad. De esta manera se evitaría que se trasladen a los amparados por el Decreto las consecuencias económicas ya mencionadas, que traerían efectos nada deseables e inesperados para nosotros.
  4. Cancelar los tres meses de aguinaldos.
  5. Reintegrar el dinero que se canceló por encima de la normativa del Decreto. Se deben cancelar hasta 700 cotizaciones, las otras 50 cotizaciones las condonó o absorbió el Gobierno.
  6. Las Pensiones rezagadas que no salieron para este domingo 21/11/2010, que se aprueben todas no más allá del 10/12/2010, aplicando para ello un recurso de prioridad o de excepción. Ministra, estamos seguros que el Presidente Hugo Chávez, conociendo su sensibilidad y  calidad humana y sus sólidos principios de justicia social, al enterarse de la problemática en la aplicación del Decreto, aprobará esta medida. Sabemos también  que cuando el Presidente Hugo Chávez tomó la decisión de aprobar el Decreto 7401, tenía previstos los recursos económicos que permitirían financiar este importante, deseado y esperado Proyecto.
  7. Cualquier reclamo  ante la Oficina de Pensiones u otra instancia del I I.V.S.S, inherente al Decreto, se  atienda y se le dé curso con celeridad.

Ministra como usted sabe, y quizás ha intervenido en las actividades inherentes a este caso, el Presidente Chávez tomó la decisión,  valiente, firme y oportuna, de intervenir varias empresas constructoras que cometieron estafas inmobiliarias contra familias de la clase media. Un grupo importante de familias ya tienen las llaves de sus apartamentos. En un tiempo perentorio, la  decisión y actuación del  Presidente Chávez y su equipo de Gobierno, resolvió un problema de años que tenían estas familias, donde estuvo en juego la estabilidad emocional y económica de estas personas. El 24/11/2010, el Presidente Chávez entregó créditos a estas familias para que acondicionaran sus apartamentos. Todas las familias están felices y muy agradecidas del Presidente Hugo Chávez, no es para menos.

Ministra, nuestros recursos económicos, capacidad  de movilización y organización son escasas, por ello no hemos podido acudir al Ministerio y solicitar una entrevista con usted.Usamos este mecanismo de comunicación, deseando que cuando usted lea estas líneas comprenda nuestra preocupación y angustia.

Ministra, conocemos su sensibilidad humana y su inclinación natural para hacer el bien y proceder con rectitud y justicia.  Por ello ponemos en sus manos  la solución a nuestro caso y de considerarlo necesario, luego de su análisis, lo lleve a conocimiento del Presidente de la República Hugo Chávez. Deseamos con mucha fuerza y optimismo que  su sabia intervención nos de pronto una respuesta favorable a nuestro planteamiento en todos los niveles que nos preocupan y podamos tener también momentos de regocijo y celebración en los días de Navidad.

Agradeciendo infinitamente su atención y seguros de su apoyo y solidaridad para nuestro caso, me despido de usted.  

Atentamente

(*) Ing. 

jesuscastroo@hotmail.com

Maturín, 27/11/2010



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