Contratación colectiva universitaria: balance y perspectivas 2015-2016

Hablar de Contratación Colectiva es hablar de sindicalización, ambos conceptos han ido a la par de sus desarrollos históricos; en la cual, la organización de la clase trabajadora, su toma de conciencia en lo organizativo, la necesidad de organizarse como clase para la defensa de sus intereses no solo económicos, sino sociales; le han conllevado a alcanzar formas organizativas que convalidan su existencia como clase de los trabajadores y trabajadoras, ante la inclemente exigencia explotadora del capitalista, patrono o patrona. Los Sindicatos, constituyen la expresión más acabada de esa necesidad de resguardo de sus intereses por parte de la clase trabajadora. Más aún, al actuar el Sindicato sobre la conciencia de sus afiliados y afiliadas, elevando la misma, convirtiéndolos en sujetos activos y de derecho, la organización se convierte en instrumento de poder social-sindical y hasta político, con acervo cultural-ideológico propio, ya que opera a partir de los intereses y valores de la organización sindical, unificándolos, una identidad cultural, que le permite a la organización sindical, formular un proyecto de sociedad y hasta, construir una entidad como poder propio. Es allí, y solo allí, que surge la posibilidad concreta de confrontar la voluntad y el poder de la patronal, que siempre aspirará minimizar su influencia, la del Sindicato, para así, someter a las y los trabajadores, a sus dictámenes.

El Gabo, en sus "Cien Años de Soledad", nos habla sobre eso: "El nuevo Aureliano había cumplido un año cuando la tensión pública estalló sin ningún anuncio público…La inconformidad de los trabajadores se fundaba esta vez en la insalubridad de las viviendas, el engaño de los servicios médicos y la iniquidad de las condiciones de trabajo. Afirmaban, además, que no se les pagaba con dinero en efectivo, sino con vales que sólo servían para comprar jamón de Virginia en los comisariatos de la compañía…Los obreros de la compañía estaban hacinados en tambos miserables. Los ingenieros, en vez de construir letrinas, llevaban a los campamentos, por Navidad, un excusado portátil para cada cincuenta personas y hacían demostraciones públicas de cómo utilizarlos para que durarán más…Cuando los trabajadores redactaron un pliego de peticiones unánime, pasó mucho tiempo sin que pudieran notificar oficialmente a la compañía bananera…la gran huelga estalló. Los cultivos se quedaron a medias, la fruta se pasó en las cepas y los trenes de ciento veinte vagones se pararon en los ramales. Los obreros ociosos desbordaron los pueblo…La ley marcial facultaba al ejército para sumir las funciones de árbitro de la controversia, pero no se hizo ninguna tentativa de conciliación…Señoras y señores –dijo el capitán con voz baja, lenta, un poco cansada-. Tienen cinco minutos para retirarse. La rechifla y los gritos redoblados ahogaron el toque de clarín que anunció el principio del plazo. Nadie se movió. Han pasado cinco minutos –dijo el capitán en el mismo tono-. Un minuto más y se hará fuego…José Arcadio Segundo se empinó por encima de las cabezas que tenía enfrente, y por primera vez en su vida levantó la voz… ¡Cabrones! –gritó-. Les regalamos el minuto que falta. Al final de su grito ocurrió algo que no le produjo espanto, sino una especie de alucinación. El capitán dio la orden de fuego y catorce nidos de ametralladoras le respondieron en el acto…-Debían ser como tres mil- murmuró -¿Qué?- Los muertos –aclaró él-. Debían ser todos los que estaban en la estación…"

De esa confrontación trabajador/trabajadora-patrono/patrona, deviene la necesidad de la búsqueda de mecanismos que regulen esa relación y la hagan más acorde a los principios Democráticos, garantizándose con ello, la paz laboral, la armonía en tales relaciones, surge así, la Contratación Colectiva como mecanismo de concertación entra las partes que definen la Relación Laboral. La Contratación Colectiva en nuestro país es de aparición tardía, pues, su institucionalización se produce en la Ley del Trabajo de 1936, pero sin mayor eficacia puesto que para 1945, solo se habían celebrado en el país 113 convenios colectivos. Viene a ser con los períodos democráticos que adquieren auge las contrataciones colectivas, reafirmándose con ello, la estrecha conexión entre el imperio de un clima democrático y la incidencia y auge de la Contratación Colectiva. Es por ello que, quienes apuestan a la no vigencia o al desconocimiento de las contrataciones colectivas, apuestan por los escenarios descritos por Gabriel García Márquez en sus Cien Años de Soledad, a la ley del más fuerte, desprecian el diálogo como principio fundamental para dirimir las diferencias de todo tipo, en una sociedad que, como la venezolana, a partir de 1999, ha venido dando ejemplos al mundo entero de Democracia Verdadera.

Es, con la Constitución Bolivariana, que el Contrato Colectivo adquiere rango Constitucional: "Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley. El estado garantizará su desarrollo y, establecerá lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales…" (CRBV, Art. 96). Para el logro de las contrataciones colectivas, la LOTTT ha depositado en las organizaciones sindicales tal atribución: "Promover, negociar, celebrar, revisar y modificar convenciones colectivas de trabajo y exigir su cumplimiento" (LOTTT, Art. 367, Numeral 7). Valga decir, Sindicato y Contrato Colectivo, es una dupla indisoluble para el cabal ejercicio de los derechos consustanciales al elemental Derecho Humano a la sobrevivencia de la clase trabajadora. La Negociación Colectiva o Convención Colectiva de Trabajo, es una de las instituciones más complejas en el Derecho Laboral, que surge a principios del siglo XX, ya que, se convirtió en el fenómeno que posibilitó a los sindicatos (asociación de los trabajadores y las trabajadoras) para la fijación, conservación y revisión de las condiciones de trabajo. Importante recordar que, antes de la Negociación Colectiva, era el patrón o patrona quien fijaba –unilateralmente- las condiciones en que los servicios deberían ser prestados. Queda claro entonces que, en la Negociación Colectiva corresponde a los Sindicatos jugar el papel de protagonistas de la acción permanente para proteger y garantizar los derechos de quienes trabajan, pues, es claro que sin la organización colectiva de las y los trabajadores (sindicatos), no puede haber Negociación Colectiva que valga.

En el ámbito universitario, si bien, para el sector de las trabajadoras y los trabajadores obreros es de vieja data su práctica, no podemos decir lo mismo para los sectores administrativos y docentes, para quienes, es a partir de 2008, sector administrativos, y a partir de 2013, sector docentes, que la Negociación Colectiva o Convención Colectiva de Trabajo se hace efectiva. Las Normativas Laborales de 2008, que unificaron reivindicaciones socio-económicas tanto para el sector obrero como administrativo, fueron el primer paso en la unificación de las reivindicaciones para ambos sectores. Vino después, la 1ra. Convención Colectiva Única para el Sector Universitario (CCUSU) que unificó reivindicaciones muy sentidas, ya no solo para obreros/obreras, empleados/empleadas, sino que incorporó en una misma Convención Colectiva, también, a las y los trabajadores docentes. Con ello, la clase trabajadora universitaria daba un salto vertiginoso, unificándose como clase de vanguardia en la garantía de sus derechos y reivindicaciones. Ambas conquistas históricas de la clase trabajadora universitaria, tanto la Normativa de 2008 como la 1ra. CCUSU, no fueron dádivas gratuitas del Gobierno Revolucionario, sino productos de la movilización independiente de la clase trabajadora universitaria, incluso, para que se pudiera concretar la 1ra. CCUSU, el Presidente Chávez se vio obligado a designar un nuevo ministro, el camarada Pedro Calzadilla, quien impulsó el proceso de negociaciones, conduciéndolo a feliz término.

A diferencia de los meses previos a 2008 y 2013, en que sectores de trabajadores y trabajadoras organizados en Fetraesuv (en transición a Fetrauniversitarios) tuvieron que movilizarse en las calles de Caracas exigiendo la discusión de su Contrato Colectivo; al término de la 1ra. CCUSU, el pasado 31 de diciembre, le ha correspondido la iniciativa, al ciudadano ministro Manuel Fernández, convocar a las Federaciones y sindicatos no federados a discutir la 2da. CCUSU, a mediados del mes de enero. También, a diferencia de aquellos meses previos a aquellas contrataciones colectivas, no se conoce propuesta alguna de Contratación Colectiva, pese a que, la 1ra. CCUSU obligaba a las organizaciones sindicales, en su Cláusula 105:"Queda entendido que las organizaciones sindicales podrán presentar en conjunto un nuevo proyecto de Convención Colectiva Única, dentro de los 180 días anteriores a su vencimiento". Desde aquí, nuestra crítica a las organizaciones de la clase trabajadora universitaria, que ahora deberán "improvisar" una propuesta de contratación colectiva no surgida del seno de la clase, de sus debates y conclusiones en asambleas.

Iniciará con mal pie, esta tercera negociación colectiva universitaria. Tan de mal pie, que las pocas vocerías de la clase trabajadora que han expresado opinión sobre temas tan sensibles contenidos en toda contratación colectiva, como lo es el salario; han expresado opiniones contradictorias unas de las otras. Tal es el caso de Carlos López, Pdte. de FETRAUVE, quien en una asamblea con trabajadores y trabajadoras de la UPTAEB donde asistió a explicar el tema de los Consejos Presidenciales de las y los Trabajadores, se vio obligado ante las exigencias de las y los trabajadores de dicha universidad, a dar respuestas a sus expectativas de la nueva contratación colectiva, señalándoles que: "Nosotros tenemos otra propuesta, en la cual el ajuste salarial será aproximadamente del 40 al 50% desde el primero de enero del 2015. Además, la propuesta incluirá todos aquellos componentes del Estado, que protegen el salario del trabajador, por ejemplo, operativos de Mercal, de PDVAL, de línea blanca y de computadoras. De aprobarse este proyecto, los trabajadores podrían comprar los productos a través de un sistema de pago por cuotas. Por otra parte, la propuesta pretende que se haga una integración del sistema de salud, el cual consistirá en que los trabajadores de las universidades públicas destinen parte del dinero que reciben por HCM (Hospitalización, Cirugía y Maternidad), a la construcción de hospitales. "Se busca que los trabajadores inviertan en el sistema para mejorarlo" (elimpulso.com, 18-10-2014). Por su parte, Eduardo Sánchez, Pdte. de Fetraesuv (en transición a Fetrauniversitarios), en julio del año pasado esbozó parte de sus propuestas sobre las reivindicaciones que debería contener la próxima contratación colectiva, enfatizando en "el tema del salario, que a pesar del incremento de diciembre, se ha deteriorado en un 70% aproximadamente. Cualquier aumento de sueldo va a ser corroído por la inflación que se genera por la guerra económica contra el pueblo; es inevitable que tengamos que pedir un aumento salarial por cuanto nuestro nivel de vida se ha venido deteriorando. Para esto manejamos dos (2) escenarios de incremento salarial que discutiremos en septiembre con los ministerios de Educación Universitaria y del Trabajo" […] "También estamos solicitando que se le dé un empujón a los pasivos laborales, ya que se está haciendo como una especie de operación morrocoy que no beneficia a la clase trabajadora" […] "Esperamos resolver en el corto plazo el tema del HCM. Ya hay un acuerdo previo de que vamos a tener una póliza de 40.000 bolívares con un solo seguro y estamos trabajando en un fondo de contingencia que manejaría la OPSU hasta un monto de 150.000 Bs para siniestros extremos" (http://ucvnoticias.ucv.ve/?p=30373). Sánchez, además, entre otras propuestas, señalaba la necesidad de "readecuar" los tabuladores salariales que se aplanaron con el último ajuste del Salario Mínimo Nacional implementado por el Presidente Maduro, antes de acordar cualquier ajuste salarial, algo que ya se implementó en la 1ra. CCUSU y finalizaba, señalando la necesidad de "porcentualizar" las primas, lo que no viene a ser otra cosa sino adosarlas a un cierto nivel del Tabulador Salarial, de manera que cuando éste se incremente lo hagan las primas en la misma proporción.

Como podemos apreciar, el debate será muy intenso en esta nueva ronda de negociaciones hasta alcanzar la 2da. CCUSU. El tema: salario, impactado por las políticas de "caos económico" implementadas por el imperialismo de los EEUU y sus agentes en territorio de Bolívar y Chávez, concentrará gran parte de las deliberaciones. Ya, los salarios de la clase trabajadora universitaria llevan un déficit acumulado del 28,6%, si consideramos una inflación al cierre del 2014 del 63,6%, según cifras del BCV, y un ajuste salarial recibido por la clase trabajadora universitaria del 25%. Ese solo análisis, hace inviable la propuesta de López de solo un 50% de ajuste salarial para los años 2015 y 2016. La propuesta de Sánchez, coloca como piso un ajuste del 70% hacia arriba, lo cual pareciera más sensato. Siendo 2015 un año electoral, imposible predecir en cuánto pudiera cerrar la inflación, ya que las políticas de "caos económico" implementadas por el imperialismo de los EEUU, hasta ahora exitosas, es lógico que se acentúen provocando mayor inflación y descontento en nuestra población. Nos preguntábamos, si para esos dos años de aplicación de la 2da. CCUSU, se podría implementar un mecanismo de indexación: salario-inflación, que permita ajustar los porcentajes de incremento salarial acordados, si la inflación se colocara por encima de éstos. Esto implicaría, crear una Cláusula en específico, que obligue a la Comisión de Seguimiento de dicha contratación, a reunirse en el último trimestre de cada año a evaluar las cifras de inflación del BCV y aprobar un ajuste extra contrato obligatorio entre las partes, si dichas cifras, se estimaran que fueran superiores a los ajustes acordados en dicha contratación, con lo cual se garantizaría que los sueldos y salarios de la clase trabajadora universitaria se mantendrían siempre por encima de la inflación.

Por otra parte, importante señalar que esta 2da. CCUSU, arrastra pasivos importantes de su precedente 1ra. CCUSU. El Salario Social Integral que señala López ahora sí se implementará, que vino a ser una propuesta del propio Presidente Maduro, suena a oferta engañosa. Como que, en dos años, no pudo implementarse un solo operativo de Mi Casa Bien Equipada, Mercal Obrero, Venta de celulares o vehículos, Misión Gran Vivienda, y ahora sí se implementaran? Menosprecia la capacidad de discernir de la clase trabajadora universitaria el compatriota Carlos López, difícil que la engañen por segunda vez. Asimismo, el tema de la Salud para la clase trabajadora universitaria y sus núcleos familiares, la 1ra. CCUSU planteaba la creación de un Sistema Único de Salud, materia en la que no se avanzó, incluso, muy poco se apoyó en el fortalecimiento de los Servicios Médicos existentes a nivel de algunas instituciones universitarias, lo que conllevará a la exigencia de incrementos de las primas por concepto de HCM como único mecanismo de resguardo de la Salud de la familia universitaria. Absurdo pretender, como pretende López, que sean las y los trabajadores universitarios quienes financien el sistema de salud público, en específico, los hospitales. Otro tema de importancia, tiene que ver con la seguridad social y la pensión del Seguro Social, beneficio negado por el Presidente del IVSS, Carlos Rotondaro, a empleados/empleadas y profesores/profesoras universitarias, pese a ser una cláusula de la 1ra. CCUSU y ser un Derecho Constitucional. Así también, de seguro se insistirá en la cancelación definitiva de los Pasivos Laborales que llevan un retraso de un año, considerando que el Comandante Presidente Hugo Chávez ofreció su cancelación definitiva para finales de 2013. La deuda por mal cálculo de la fórmula Opsu, que si bien se cancelaron los años 2010 y 2009, aún restan muchos años para dar cumplimiento al Dictamen 20 del Ministerio del Trabajo.

Como vemos, esta 2da. CCUSU será muy debatida, importante señalar a la clase trabajadora la necesidad de que se mantenga en Asamblea Permanente, debatiendo y decidiendo, aprobando las cláusulas que mejor les convenga a sus fines y propósitos de garantizarse su Buen Vivir. Democracia y Movilización Permanente, son las claves para garantizarse un buen Contrato Colectivo.



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Henry Escalante


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