Rotondaro pica y huye

¡Chocolate y agua fría cagalera a medio día!, digamos, fue lo que le pasaría por la mente, al  comandante Carlos Rotondaro Cova quien, al ser notificado que una sexteta  de “acorazados” de azul y gris, repletas de trabajadoras y trabajadores universitarios arribaron a la sede administrativa del IVSS, reclamando su presencia y la atención adecuada al problemón que ha generado a los miles de trabajadores y trabajadoras universitarias que no pueden acceder a su pensión de vejez, una vez egresan de sus lugares de trabajo como jubilados/jubiladas. Como se ha hecho costumbre, las unidades de la Policía Bolivariana se presentaron al lugar de los hechos, calmando la agresiva postura de la vigilancia interna de dichas instalaciones, quienes sin considerar, que entre los universitarios/universitarias se encontraban compatriotas jubilados/jubiladas con marcada experiencia de la vida, nuestros viejitos y viejitas; pretendían, los internos, ejecutar una agresión que justificase la violencia policial.

  A sus memorias, deben haberles llegado los recuerdos de aquellos años nefastos, de la cuarta república, en que era gobernador de Caracas, el hoy aspirante presidencial por la oposición, el genocida Antonio Ledezma, los muertos del Retén de Catia, no debemos olvidarlos. Si, recordemos que en aquella gobernación, a nuestros abuelos y abuelas, hasta gas lacrimógeno les lanzó la extinta PM, en sus marchas de reclamo por una pensión digna; las cuales, solo pudieron lograr, con la llegada del camarada Hugo Chávez a la presidencia de la República, de allá venimos.

  La dirigencia sindical de Fetrauniversitarios, que encabezaba la protesta popular, ante la intransigencia de los paramilitares de la seguridad interna del IVSS, tuvieron que vérselas con el mismísimo director de la Policía Nacional, quien se ha convertido en una especie de “ministro del trabajo”, sin cartera, ya que, a éste le ha correspondido atender las protestas de trabajadores y trabajadoras de la Patria, que se han venido incrementando, gracias a la indolencia burocrática de los funcionarios y funcionarias de los distintos entes del Estado burgués que le ha tocado regentar al camarada Hugo Chávez. Tal parece, que desde esos organismos, se trabaja es, en función de propiciar la derrota electoral de la Revolución Bolivariana y, con ello, revertir el proceso de cambios profundos que emerge en nuestra sociedad y que, coloca en riesgo hasta la mismísima existencia, del Estado burgués, profundamente burocratizado.

  Los trabajadores y trabajadoras universitarias, reclaman al comandante Rotondaro, quien, por cierto, a la llegada de éstos, sencillamente se dio a la fuga en moto, dejándole la atención del problema a sus ayudantes. Vaya, con militares como ese, la Patria no está protegida, camarada Ministro de la Defensa; vergonzante esa actitud, indigna de un profesional de nuestra Fuerza Armada Bolivariana. “Dar la cara, atender al pueblo”, es la orden de mando que ha dado su Comandante en Jefe, el camarada Hugo Chávez, no huir…

Pero, qué reclaman esos trabajadores y trabajadoras de nuestra Patria?

Pues nada más y nada menos que, su incorporación a la Seguridad Social, al Seguro Social, tal como lo ordena la Ley del Seguro Social, “Las personas que prestan servicios a la Nación, Estados, Territorio, Distrito Capital, Municipios, Institutos Autónomos y en general a las personas morales de carácter público, quedan cubiertas por el régimen del Seguro Social Obligatorio…” (Art. 3, LSS). Y para el logro de tal objetivo, están involucrados directamente, los directivos del IVSS, las autoridades de la UCV y el Minppeu.

  El Minppeu, como representante del Gobierno Revolucionario ha estado cumpliendo, mandando regularmente los aportes patronales a las universidades, en el caso de la UCV, dichos montos mensuales, a manera de ejemplo, son los siguientes:

Aporte Patronal Seguro Social Obligatorio, mes de Agosto (Proyectos): BsF 282.835,00

Aporte Patronal Seguro de Paro Forzoso, mes de Agosto (Proyectos): BsF 157.050,00

Aporte Patronal Seguro de Paro Forzoso, mes de Agosto (Acciones Centralizadas): BsF 63.127,00

Aporte Patronal de Seguro Social Obligatorio, mes de Agosto (Acciones Centralizadas) (FF 8): BsF 206.267,00

Fuente: página web, Minppeu (Contraloría Social).

Obsérvese, que en el año (10 meses), a la UCV se le ha enviado la astronómica cifra de BsF  7.092.790,00, que debe estar en una de las trescientas cuentas bancarias, generando fabulosos intereses, lo que nos lleva a preguntarnos: ¿estarán sus autoridades, interesadas en solucionar el problema en el corto plazo?

  Además de esos recursos, dicha cuenta se nutre del 4,5% que se le descuenta de su sueldo mensual, a cada trabajador/trabajadora, que vendría a ser, su cotización al régimen del Seguro Social Obligatorio y Paro Forzoso, un monto bastante considerable si estimamos que la UCV cuenta con 10.268 trabajadores y trabajadoras, entre docentes, empleados/as y obreros/as (Fuente: Memoria y Cuenta 2010, del MINPPEU).

  El MINPPEU, no ha actuado proactivamente en conjunción con las universidades, en la búsqueda de soluciones a esta problemática, se ha limitado al envío de los recursos sin realizar contraloría pública del uso de  los mismos, lo que ha permitido a las autoridades de la UCV, “hacerse las locas”, dejar en manos de sus trabajadores/trabajadoras,  la solución del problema, mientras esa abultada suma de dinero genera importantes ganancias a los bolsillos de quien sabe, que vivaracho/vivaracha.

  Pero, mientras el MINPPEU y las autoridades de la UCV se desentienden del problema, la respuesta dada por los asistentes del comandante Rotondaro, el martes 11, va en la misma línea de irresponsabilidad: “consideramos que ese es un problema de la rectora y la ministra, a ellos/ellas corresponde darle solución”, se lavan las manos, precisamente quienes por mandato legal les corresponde obligar al infractor/infractora cumplir la Ley. Será que el comandante Rotondaro desconoce que: “El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales ejercerá las atribuciones que le acuerde la presente Ley y su Reglamento, velará por la aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la materia y cumplirá y hará cumplir todo lo relacionado con el régimen de cotizaciones y prestaciones…” (Art. 52, LSS).

  Asimismo, que es su obligación legal actuar en función de que los recursos deducidos por la UCV a sus trabajadores y trabajadores, sus cotizaciones, lleguen a las arcas del IVSS y no permanezcan en una cuenta propiciando grandes ganancias dinerarias a quien sabe cual funcionario/funcionaria  de esa universidad, valga decir, se destine para la corrupción. “La empleadora o el empleador está obligado a enterar al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales su cuota y la de sus trabajadoras y trabajadores por concepto de cotizaciones en la oportunidad y condiciones que establezcan esta Ley y su Reglamento. La empleadora o el empleador que no entere las cotizaciones u otras cantidades que por cualquier concepto adeude al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en el tiempo previsto y con las formalidades exigidas en esta Ley y su Reglamento, de pleno derecho y sin necesidad de previo requerimiento, está obligado a pagar intereses de mora, que se calcularán con base en la tasa activa promedio establecida por el Banco Central de Venezuela vigente para el momento del incumplimiento, sin perjuicio de las sanciones a que hubiese lugar…” (Art. 63, LSS).

  Finalmente, comandante Rotondaro, sabía usted que las autoridades de la UCV están sujetas a sanciones de Ley por la retención y  apropiación de dinero público, la propia LSS que está obligado hacer cumplir, al menos así lo establece: “La empleadora o el empleador que incumpla con la obligación de enterar en el tiempo previsto y con las formalidades exigidas las cotizaciones que recauda el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, sin perjuicio de lo establecido con carácter general en los artículos 87 y 88 de esta Ley, incurrirá en una infracción muy grave especialmente calificada, por cada una de las trabajadoras o de los trabajadores afectados, que será sancionada a razón de cinco (5) unidades tributarias por semana, hasta un límite máximo de cincuenta y dos (52) semanas. En caso de reincidencia de la empleadora o el empleador se sancionará con el cierre temporal del establecimiento por cinco (5) días…” (Art. 89, LSS).

  No quisiéramos creer, que su fuga de ese día se debió a su temor de aplicar la Ley, entonces ¿con quién cuenta la Patria?, exigimos que actúe en respeto de la LSS, cumpla sus obligaciones que el cargo les asigna o  renuncie!!! 
 
  henryesc@yahoo.es


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Henry Escalante


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