De la Carta Fundacional: propuesta
1) En vista de que esta Carta no tiene tiempo especificado puede tener vigencia todo el tiempo, como también puede ser reformada o derogada en menos de un año, proponemos que en el texto no aparezcan los diferentes nombres de vocerías como si fuera un acta constitutiva.
Del Gobierno de la Comuna:
2) Proponemos que el gobierno de la Comuna sea registrado en un acta constitutiva. Denominada Carta Comunal. Acompañada de los documentos, que son los siguientes, acta general de escrutinio firmada y sellada por el Consejo Electoral Permanente de la Comuna, foto copia de la CI. De todos los Miembros de las instancias del gobierno de la Comuna.
Del Poder Popular Electoral de la Comuna-
3) Proponemos que primero que se denomine Consejo Electoral Permanente de la Comuna. Segundo que este conformado por un miembro principal con su debido suplente de cada Comisión Electoral Permanente del Consejo designado en el ceno de una asamblea extraordinaria de los miembros de la mencionada comisión electoral de todas las que integran la Circunscripción Comuna,
Con la faculta de coordinar y establecer todas las normas relativas a las elecciones. Incluyendo la de elaborar y publicar en gaceta comunal todo lo relativo a resultados electorales, la juramentación de todos los miembros de todas las instancias de gobierno de la comuna.
De las elecciones de los Miembros de las Instancias de Gobierno de la Comunas,
4) Proponemos que todos sean electos en elecciones de primer grado universal y secretas. Exceptuando a los que designa el parlamento y los Comité de gestión.
De los Comité de gestión
5) Proponemos que estos Comités de gestión sean electo en asamblea interna de los miembros principales y suplentes del Parlamento Comunal. Que estén integrado por tres voceros, un parlamentario comunal principal, un parlamentario suplente y un miembro del Consejo Popular que le competa el área de trabajo social para el cual se designo este Comité. Las funciones de trabajo y su competencia serán establecidas en el reglamento de debate del Parlamento Comunal, sin menoscabar las establecidas por la ley de las Comunas.
Del Revocatorio
6) Proponemos que se aclare que el parlamento comunal solo puede revocar es a los siguientes vocero y voceras, a los que designa o elige dentro de su ceno,
Los demás miembros de las instancias del gobierno de las Comunas, solo pueden ser revocadas a través de un referendo revocatorio el cual es competencia del poder electoral de la Comuna su activación. El reglamento electoral de la Comuna ( Carta Comunal) establecerá todas las normativas y competencias del Consejo Electoral de la Comuna y normas sobre todos los procesos de elección, referente al poder popular.
De los Consejos Populares.
7) Proponemos esta figuras como un mecanismo de articulación entre los Comité de trabajo Comunitarios y organizaciones sociales, que tendrán como responsabilidad de cada uno las siguientes. Mantener actualizada el diagnostico (estadísticas) comunal de su área respectiva trabajar en conjunto con el Comité de gestión. Proponemos que estos estén integrados por un vocero o vocero principal y su suplente de todos los consejos comunales que integran la Comuna, para planificar los proyectos por áreas de trabajo, que van ser presentado al Consejo de Planificación de la Comuna, debatir las problemáticas de inmediata solución, para que el Comité de gestión las plante ante la plenaria del Parlamento Comunal.
Camaradas espero que esto sirva de algo seguiremos trabajando en la búsqueda de construir un sistema de gobierno socialista. Chave vive en nosotros, nosotros seguiremos luchando hasta la victoria. Venceremos.