Los “Terrores” de las universidades autónomas

La Universidades Autónomas se han convertido en entidades incompetentes para movilizarse con la velocidady armonía que impone la realidad social. Hace ya más de 10 años que la UNESCO, que no es precisamente una entidad de vanguardia social, pero que sí mantiene actualizados sus datos respecto al desarrollo mundial; viene solicitando a las instituciones universitarias adecuarse a las necesidades en materia de educación universitaria.

En lo personal valoro sobremanera algunas de las conclusiones del documento de la Conferencia Regional de Educación Superior de Cartagena de Indias en el 2008 en el que se solicita a las universidades de la región:

Ofrecer mayores opciones para los estudiantes al interior de los sistemas, a través de currícula flexibles que les faciliten un tránsito por sus estructuras, permitirá atender de modo eficiente sus intereses y vocaciones particulares, permitiéndolesacceder a nuevas formaciones de grado de naturaleza polivalente yacordes con la evolución de las demandas en el mundo del trabajo. Todo estoexige perfeccionar la articulación entre los distintos niveles de formación, mecanismos educativos formales y no formales, así como programas conciliables conel trabajo. Superar la segmentación y la desarticulación entre carreras e instituciones,avanzando hacia sistemas de Educación Superior fundados en la diversidad,permitirá la democratización, el pluralismo, la originalidad y la innovaciónacadémica e institucional, firmemente sustentada en la autonomía universitaria.

Sin embargo cada vez que desde el seno de las universidades se plantea cualquier forma de flexibilización en la administración  curricular, sus instancias administrativas entran en pánico y empiezan a retrotraerse a los únicos instrumentos legales que de acuerdo a ellas tienen vigencia: sus estatutos anacrónicos y la Ley de Universidades.

Es curioso que a menudo la pleitesía que se le rinde a la Ley de Universidades no es irrestricta, hay artículos como el célebre  168que reza:

“La Comisión Electoral convocará a elecciones en el transcurso del segundo semestre delaño lectivo anterior al vencimiento de los respectivos períodos electorales”.

que se ha convertido en una reliquia de esas que (independientemente de las disquisiciones que suscita en la actualidad por la aparición de la LOE) resulta un innombrable tabú.

O aquél manido artículo 28 que dice:

“El Rector, los Vicerrectores y el Secretario de las Universidades, deben ser venezolanos,de elevadas condiciones morales, poseer título de Doctor, tener suficientes credenciales científicas yprofesionalesy haber ejercido con idoneidad funciones docentes y de investigación en algunauniversidad venezolana durante cinco años por lo menos”. (negritas nuestras)

En relación con el cual, huelgan ejemplos de cómo en algunas universidades autónomas ha sido flexibilizado con títulos de dudosa procedencia, o con consideraciones muy particulares acerca de la interpretación de la “suficiencia” en las credenciales científicas y profesionales, o en la comprobación de la “idoneidad” de las funciones docentes y de investigación, sin mencionar la calificación de las “elevadas” condiciones morales (intangibles)de algunas autoridades quehan desfilado por ellas.

Igualmente resulta absolutamente ignorado el Parágrafo Tercero del artículo 119 de la Ley que expresa:  “El Consejo Universitario podrá autorizar la inscripción en determinadas Escuelasde personas que no tengan el Título de Bachiller, y reglamentará especialmente esta disposición…”.!!!

Ineludiblemente las universidades deben hacer un esfuerzo por reconocer algunas disposiciones de la LOE como suArtículo 6que dice: que “El Estado, a través de los órganos nacionales con competencia enmateria Educativa…garantiza: “la acreditación y certificación de conocimientos por experiencia conbase en el diálogo de saberes”. (En el literal h.)

El hecho de que no sepan cómo hacerlo o no quieran hacerlo no los exonera de la responsabilidad.

Igualmente el Artículo 15 explica los fines de la educación: “Formar en, por y para el trabajo social liberador, dentro de una perspectivaintegral, mediante políticas de desarrollo humanístico, científico ytecnológico, vinculadas al desarrollo endógeno productivo y sustentable. …Desarrollar la capacidad de abstracción y el pensamiento crítico mediante laformación en filosofía, lógica y matemáticas, con métodos innovadores queprivilegien el aprendizaje desde la cotidianidad y la experiencia”.

Para eso prevé la “Libertad de cátedra” que en el Artículo 36 expresa: “El ejercicio de la formación, creación intelectual e interacción conlas comunidades y toda otra actividad relacionada con el saber en el subsistemade educación universitaria se realizarán bajo el principio de la libertadacadémica, entendida ésta como el derecho inalienable a crear, exponer o aplicarenfoques metodológicos y perspectivas teóricas, conforme a los principiosestablecidos en la Constitución de la República y en la ley”.

Y el Artículo 47 queimpone las Equivalencias de estudio: “Los órganos con competencias en materia de educación básica yeducación universitaria, acordarán oportuna y diligentemente las transferencias yequivalencias a que hubiere lugar, a los y las estudiantes entre institucionesvenezolanas, salvo lo previsto en leyes especiales”. (negritas nuestras)

Pero no es sólo la LOE la que las compromete, también la LOTT expresa en elArtículo 315. “El Estado garantizará el reconocimiento académico de la formación de los trabajadores y trabajadoras a partir de las destrezas, técnicas y conocimientos adquiridos durante su participación en el proceso social de trabajo”.

Y en el Artículo 318. “A los fines de institucionalizar la formación colectiva, integral, continua y permanente de la clase trabajadora,los trabajadores y las trabajadoras, los patronos o patronas, así como las organizaciones propias de los trabajadores y trabajadoras, podrán firmar convenios con instituciones educativas para que faciliten dicho proceso, con preferencia de aquellas especializadas a nivel universitario en la educación de los trabajadores y las trabajadoras, en el marco de los planes de desarrollo económico y social de la Nación”.

Es decir que marco legal sobra.

Pero ya sabemos que no es marco ni legal ni referencial lo que necesitan las universidades autónomas para ponerse a derecho con tantas deudas académicas que tienen, sino que lo que requieren permanentemente son consideraciones que les permitan seguir declarando que van a cambiar sin atreverse a cambiar nada.

Sin embargo cuando sus intereses coinciden con cualquier referencia remota, son capaces de ponerse creativas y justificar cualquier acción por incongruente que parezca, afortunadamente para algunos. Así nació por ejemplo la Escuela de Medios Audiovisuales de la ULA, sin profesores ordinarios, graduando de licenciados en su primera cohorte a connotados cineastas que tenían sobradas credenciales para ejercer la docencia. También hubo antecedentes en época del Rector Pedro Rincón Gutiérrez de profesores que ingresaron a la universidad sin los títulos correspondientes, pero con excelente formación, y que hicieron posible que cristalizaran instancias de formación que ahora no existirían sin esa iniciativa.

La Universidad Politécnica Territorial de Mérida “Kléber Ramírez” ha iniciado a través de su Programa de Estudios Abiertos la acreditación de experiencias y saberes a profesionales con reconocida trayectoria en su área y que no ameritan una escolaridad formal. El C.U. les niega la posibilidad de incorporarse a la planta de profesores de la ULA. No reconocen que la trayectoria profesional vale tanto o más que la escolaridad formal.

Las universidades autónomas tendrán que aprender a reconocer muchas formas inéditas que deben surgir para dar verdadera respuesta a las demandas de la realidad. Si no aprenden, como buenos universitarios, correrán el riesgo del ostracismo invertido, es decir no el que se aplicaba a las personas que eran excluidas de la comunidad por ser incomodas para las instituciones, sino el que se aplicaría a las instituciones que se empiezan a excluir porque resultan incómodas a la comunidad.

 

Myriam Anzola

Profesora Titular ULA

Coordinadora Estudios Abiertos UPTM



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Myriam Anzola

Rectora UPTM ?Kléber Ramírez!

 anzolamyriam08@gmail.com

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