Matemática y Salarios

Desde hace años venimos calculando el auténtico salario diario. Llegamos a la conclusión de que los patronos ora sólo pagan los días laborados, ora pagan también los días de asueto no laborados pero a un salario diario que es sólo una media estadística que no recoge el pago del día realmente trabajado como tampoco recoge el pago de los días de asueto semanal al salario que le corresponde al trabajador por los días efectivamente trabajados.

Veamos:

Sea un salario = 35 semanal para una jornada de 5 días. El salario diario sería = 7.

De reconocerse ese salario diario = 7, el patrono habría estado debiéndole al trabajador la paga por los días de asueto semanal a los cuales debe remunerar aun sin trabajarlos. De pagarle esos días sin trabajarlos, su salario semanal = 35 + 14= 49.

Al respecto, la Matemática se presta a confusiones perjudiciales para el trabajador:

Efectivamente, para un salario semanal= 35, si la paga diaria fuera de 7, un salario = 35 sólo cubriría los días trabajados (5x7). Con ello, el patrono no estaría pagando los días de asueto a los que está obligado a pagarlos por ley.

Si el salario de 35 cubre los 7 días, o sea, los días laborables y los de asueto, entonces el salario diario = 5. Aquí tenemos una paradoja:

Si paga a 5 diarios, no paga completo por los días trabajados: a estos les reduce el salario, 2 diarios = 5x2 10, y con esta diferencia hace ver que está pagando los de asueto semanal.

Así, un salario diario = 7 reconocería el salario semanal a secas, y quedaría pendiente 10 por concepto de los 2 días de asueto.

Asimismo, un salario diario = 5 reconocería el pago de los 2 días de asueto ya que 5 días a ese salario = 25, + 10 en pago de los 2 días de asueto sumarían 35.

La solución a esa paradoja sería la siguiente:

No es creíble ni es racional que algún patrono capitalista pague por días no laborados. En consecuencia, en todo caso, debe sincerarse la paga auténtica del salario diario. Reconocer que sólo se paga los días laborados a razón de 7, según el ejemplo manejado, y no está pagando, ni tendría por qué hacerlo, los días no laborados. Quedarían salvos los días de vacaciones remuneradas.



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Manuel C. Martínez


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