La legitimación de capitales en Venezuela y su incidencia en la seguridad y defensa integral de la Nación

 

La legitimación de capitales en Venezuela está penada por medio del ejercicio de la Ley contra la delincuencia organizada., al trasgredir el origen de fondos generados en una actividad ilícita, en algunos países esta conducta es tipificada bajo la denominación de Lavado de dinero o blanqueo de capitales. En este sentido, La Ley contra la delincuencia organizada en Venezuela, establece que:

"El artículo 4 de la mencionada Ley estatuye: Quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o poseedor de capitales, bienes, haberes o beneficios cuyo origen derive, de forma directa o indirecta, de actividades ilícitas o de delitos graves, será castigado con prisión de ocho a doce años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido. Es el delito de Legitimación de capitales o lavado de dinero con pena de prisión" S/P.


En Venezuela para conocer la cifra de lavado de dinero puede tomarse como referencia las cifras de la Unidad de Inteligencia Financiera venezolana, adscrita a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), en relación al lavado de dinero, legitimación de capitales o blanqueo de dinero, la cual lo describe como la conversión o transferencia de bienes de procedencia criminal con el fin de disimular el origen ilícito de bienes como en ayudar a los implicados en esta actividad a evitar las consecuencias jurídicas de sus actos. En una página online de Economía Banca y Negocios, describe lo siguiente:

"La definición para el público general de la legitimación de capitales pasa por una suerte de delito internacional, con dimensiones extraterritoriales; es decir, una acción que pudiera estar muy lejos de nuestras actividades cotidianas, y no es así. Realmente, en Venezuela, es un delito que cada día se hace más común y que, por lo general, viene acompañado de otras infracciones -como la estafa y la asociación para delinquir, entre otros-, pues se toma provecho de las debilidades que presenta hoy nuestro sistema financiero" s/p

Realizando una revisión sistemática, se puede observar que la Legitimación de Capitales se encuentra enmarcada en algunas acuerdos internacionales, en el caso del acuerdo de Viene en 1988 se expresa lo siguiente: "

"Reafirmando los principios rectores de los tratados vigentes sobre fiscalización de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y el sistema de fiscalización que establecen, Reconociendo la necesidad de fortalecer y complementar las medidas previstas en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, en esa Convención enmendada por el Protocolo de 1972 de Modificación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y en el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, con el fin de enfrentarse a la magnitud y difusión del tráfico ilícito y sus graves consecuencias.."

Del mismo modo a manera de profundizar este tema, se puede ampliar este tema por medio de la Declaración de los Principios de de Basilea Suiza, 1988; El Grupo de Acción Financiera GAFI, 1989; Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (LOSEP) Venezuela 1993; Principios de Wolberg 2000; Resolución 185 / 01 de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SUDEBAN).

En función de los párrafos anteriores, se puede decir que, los delitos económicos representan una de las fuentes de ingreso potencial de la delincuencia organizada, unir esfuerzos entre naciones, a través de la cooperación y creación de normativas, permite detectar las actividades que buscan financiar hechos criminales, los que atentan contra la seguridad económica, política y social de los ciudadanos. Las acciones consecuentes en relación a la legitimación, atentan con la seguridad y desarrollo integral de la nación, ya que el desmoronamiento del capital de las naciones, afecta en partida al ser humano, la seguridad concebida con visión integral, busca proteger no solo a las instituciones abarca también el hecho de proteger a las personas de las amenazas críticas y extendidas que afectan su supervivencia, sus medios de vida y su dignidad. Esta protección se complementa con las estrategias de empoderamiento de la población, para garantizar el derecho de las comunidades a interactuar de forma segura en su entorno, esto acompañado de elementos importantes como la soberanía, libertad e independencia.

Por tal razón, algunos países han creado organizaciones que establecen medidas para detectar actividades ilícitas y han diseñado estándares internacionales cuyo propósito es fomentar la colaboración mundial para aminorar el efecto causado por la ejecución de algunas contravenciones legales, nombre atribuido por la legislación venezolana al delito que intenta darle apariencia legal a bienes obtenidos por hechos fraudulentos.

En resumen, la Legitimación de Capitales, es un delito que alcanza inclusive dimensiones internacionales, los factores intervinientes en el Sistema Financiero de los países dinero provienen de operaciones ilícitas (narcotráfico, corrupción, extorsión, secuestro, etc.). Las Instituciones Financieras en general, son el canal utilizado para realizar la Legitimación de Capitales y son las personas y sus sociedades sus víctimas al percibir y sufrir cambios artificiales y desfiguraciones macroeconómicas en su entorno y finanzas. Es por ello que esta realidad desprestigia a las Instituciones Financieras, las cuales están sometidas a Marcos Regulatorios que deben cumplir con el fin de mitigar el delito y evitar sanciones.



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Mineyomar Romero

Guayanesa de sentimiento. Administradora de Carrera, Profesora universitaria con un diplomado en investigación, Magíster en Ciencias Políticas. Actualmente estudiante de Doctorado. Cantante de Jazz y Bossa Nova. Su lema: Amor a Dios a la Patria Ciencia y Disciplina.

 romeromineyomar@gmail.com      @mineyomar

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