El Decreto Ley sobre Inteligencia y Contrainteligencia o cuando las cosas se hacen mal (II)

(II)


En el capitulo anterior dejamos sentado el error fundamental del decreto ley de inteligencia y contrainteligencia; y dijimos que era político puesto que no lo inscribió dentro de la estrategia de la lucha de clases global, cuya expresión actual que es la contradicción principal Imperialismo Yanqui y los pueblos explotados y oprimidos del mundo; manifestamos también que ese decreto con rango y fuerza de ley, erróneamente se le ha querido dar un matiz “técnico”, separándola del factor político.

Al igual que con el currículo bolivariano para la educación, el gobierno comete el mismo error por querer evadir la lucha ideológica, la lucha política con la derecha. El error en la educación fue implementar, o tratar de implementar, un modelo de currículo, que tampoco era socialista ni bolivariano revolucionario, sin ni siquiera haber aprobado la ley orgánica de educación de corte socialista y decretar la emergencia a nivel educativo.

El mismo error comete, quienes dirigen la política criminal y militar del gobierno bolivariano, al tratar de pasar agachado una ley de inteligencia y contrainteligencia, que aparentemente es para frenar una conspiración imperialista, habiendo aprobado una ley de policía para una democracia burguesa y no para un gobierno revolucionario, y sobretodo no haber aprobado un código penal integral, en donde se aprueben los delitos de terrorismo de imperio y las conspiraciones burguesas en todos los aspectos.

Ha debido, el gobierno, crear el ambiente político previo para dictar esa ley, que mas que ley sobre las labores de inteligencia ha debido ser una ley anti-terrorista, en defecto de un código penal integral, en donde se incluyesen los diversos tipos de terrorismo de imperio, como es el accionar para-militar Colombiano en Venezuela, en una coordinación dirigida por el plan Colombia, el terrorismo mediático y los diversos delitos económicos cometidos por FEDECAMARAS.



ASPECTOS TECNICOS DEL DECRETO LEY



Esta ley desde el punto de vista penal son de las peores puesto que aunque crea conductas delictuales, no las penaliza, sino que remite a otra ley para su penalización; eso es lo que se llama leyes penales en blanco, en donde para su sanción se remite a otra ley o a otro órgano que en definitiva es quien dice si hay o no hay delito. Este tipo de leyes, son leyes de conveniencia o complacencia política. Un ejemplo típico de estas leyes penales en blanco, fue, o es la ley penal del ambiente, la que por desgracia sigue siendo en blanco. En esta ley la partidocracia no estaba ganada para sancionar este tipo de ley, pero lo hizo por conveniencia más que todo internacional, y como saludo a la bandera la hizo pero dejo su sanción “en blanco”.

Indiscutiblemente que los asesores o “genios” de esta ley leen mucha propaganda gringa, puesto que crea la figura de los documentos clasificados y la desclasificación, figuras estas que tienen orígenes diversos en USA, precisamente la desclasificación de documentos, es un triunfo de las fuerzas progresista puesto que el imperio jamás convino en sacar a la luz publica muchos archivos de su inteligencia.

En nuestro país siempre ha existido la reserva de documentos, en la parte de la administración publica y los documentos denominados “secretos de estado”, en la parte militar, aunque si existe áreas comunes entre la labor de inteligencia y ciertos informaciones que deben restringirse, los documentos de reserva y secretos son harina de otro costal; esa es una imprecisión de tipo técnico; y les aseguro que esos asesores deben ser “Doctores”, no me extrañaría que ese doctorado sea de España o USA.

Ahora la reserva de documentos cuando todavía la investigación “esta en caliente” y puede entorpecer la captura de delincuentes o cosas provenientes del delito o prevenir la comisión de otros delitos, es otra cosa, y ella esta muy bien definida en el COPP; y jamás esos documentos “clasificados”, como lo menciona el decreto, pueden seguir siéndolo en un juicio penal.

Otra falla de la ley, es de aquellas personas que son testigos o conocedores de un delito de la delincuencia organizada o violenta, que necesitan una protección especial y eso se denomina programa especial de protección de testigos, que es otra cosa.

Por ultimo, que es en donde creo que la ley acertó es en el aspecto de crear instancias de inteligencia y contra-inteligencia, yo la llamaría mecanismos para recabar información. Puede ser un instituto autónomo con participación abierta de las comunidades y en donde personas sean naturales o jurídicas tanto de derecho privado como públicos aporten ideas; por ejemplo el paramilitarismo Colombiano viene operando abiertamente en el país y vemos como ciertos delitos que no eran comunes en Venezuela, ahora son el pan nuestro de cada día, como el asesinato y la muerte por encargo. Es muy común que maten o aparezcan personas muertas, sin ton ni son, y los partes policiales digan “ajustes de cuentas” y el caso ni se investigue y quede así, para que a la semana o a los tres días siguiente se repita la historia; igualmente el delito de secuestro se ha masificado y hay “secuestros”, en donde se forma una gran alharaca mediática, la victima aparece y no se vuelve a hablar mas nunca de ello, hasta el subsiguiente secuestro mediático; y por otro lado está bastante proliferado el porte ilícito de todo tipo de armas, algunas muy modernas y actualizadas, sobretodo en personas jóvenes de nuestros barrios, sin que haya una investigación, que por lo menos aclare, aunque sea teóricamente el por qué.

Esta gente armada y que comete delitos, han venido tomando los barrios de clases obreras y de hecho ha implantado un toque de queda ante una población asustada y una policía (Cómplice) que mira para otro lado. Este ambiente no es nada halagador para ninguna revolución; ahora lo peor del caso es que la derecha internacionalmente repite el mismo esquema porque ella hace politiquería con el problema de la seguridad, para plantear represión, y en el caso de Venezuela esta “inseguridad” es arma de conspiración y subversión; y todavía no nos hemos dado cuenta; por eso es que en la primera parte dije que la conspiración paraca esta bastante avanzada. Estudiosos de este tema pudieran tener espacio en ese instituto de seguridad, un espacio público para debatir ideas sobre la seguridad con amplia participación del pueblo.



¿QUE HACER?



I.- Adaptar el viejo Código Penal a la Constitución Nacional y al momento actual; en donde se establezcan dos grandes tipos de delitos: Los delitos mayores o contra la constitución y el estado; y los delitos menores, en donde estén los que hoy conocemos como comunes, cuya cuantía no exceda de Bs 20.000 y los delitos comunales; y entre los delitos mayores y con largas penas (10-20 años), sean el Terrorismo de Imperio, en donde se incluya el terrorismo mediático y la traición a la patria por connivencia con el imperio, así como la conspiración en todos sus aspectos, la económica, mediática, política y la militar que esta siendo impulsada por los paracos desde los barrios con la oposición política de derecha y el hampa común. Y por supuesto la corrupción la que debe ser catalogada como un delito mayor de lesa patria. Los delitos mayores serán enjuiciados por tribunales de primera instancia, cortes y la sala penal del TSJ y tendrán jurados de once ciudadanos. Para los delitos menores estarán los tribunales comunales y de parroquia con jueces legos y de elección popular.

II.- Se debe revocar la ley de policía y adaptarla al nuevo código penal, en donde se establezcan policías y fiscalias especializadas para los delitos mayores y otra para los delitos menores. En este accionar policiaco estarían las labores de inteligencia y contrainteligencia.

III.- Creación de las milicias populares con funciones de represión de delitos, en las zonas obreras, campesinas y mineras como manera de frenar la penetración paramilitar patrocinada desde Bogota-Washington.


franciscosierracorrales@yahoo.com.ar

OTROSI:

El Presidente Chávez ha dicho, el pasado sábado 7 de junio en Maracaibo que derogaría el decreto ley de inteligencia y contra inteligencia; y como causa única de esa derogatoria estaría el artículo 16 que versa sobre la colaboración que debe prestar todo ciudadano a los órganos de la administración de justicia, en donde coincidiendo con la derecha llamó indebidamente a ese articulo como de “sapo”. Debo disentir notablemente con el Presidente porque todo país; y es una figura en el derecho penal internacional, tiene una ley, en donde sus ciudadanos deben colaborar con el estado, cuando tengan conocimiento, por cualquier vía de la comisión de algún delito. Eso no es sapeo sino ser buen ciudadano y colaborar con la paz social; la derecha llama a esto “sapeo” para desprestigiar la acción de gobierno y para que no haya disciplina y rigor en el combate a los diversos delitos sobretodo el de conspiración, y así seguirse garantizando la impunidad que ha tenido toda su conducta golpista y traidora.

Este es un gobierno de centro derecha, social demócrata disfrazado de socialista y radical; por eso abogamos por la creación de una tendencia de izquierda radical y socialista Marxista Leninista actualizada.



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Francisco Sierra Corrales


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