Auditórium

Reforma Constitucional: Estado de derecho socialista

“Decís que marx está muerto, decís bien,

pero por favor, que vuestra avaricia no

lo resucite”

Emilio Suñe Llinás.

El proceso revolucionario venezolano en curso, y construyéndose con características muy diferentes. Según Aristóteles el padre de la ciencia política, la democracia es un régimen en donde las mayorías gobiernan y lo hacen en beneficio de los pobres.Pero en Venezuela en los últimos años IV republicanos, los gobiernos de ese entonces, gobernaban en beneficio de los más ricos, y demostrando una escasa o nula sensibilidad ante los reclamos de justicia social.

En nuestro país antes de Chávez, los gobernantes lejos de revertir las inequidades prevalecientes acentuaron la injusticia. Y sin justicia social no hay democracia. En Venezuela se había creado una democracia sin ciudadanos, porque el ciudadano, es sujeto de derechos imprescriptibles. Y en este país esos derechos (a la salud, la educación, la vivienda digna, la previsión social, la recreación etc.) brillaban por su ausencia. Ante la crisis originada en buena medida por la aplicación del modelo neoliberal.

En estos tiempos de reforma a la venezolana, el socialismo no solo es la alternativa sino que sus fundamentos están más vigentes, que en los tiempos de Marx. Por eso es la nueva geometría del poder, para que Alcaldes y Gobernadores no sigan de aliados de la oligarquía y la plutocracia más rancia en detrimento de los más pobres. Síntesis de los discursos del Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela este año en varios actos:

“Vamos rumbo a la Republica Socialista de Venezuela y para eso se requiere una profunda reforma de la constitución Nacional”.La constitución (actual) nos presenta un primer piso para la construcción del socialismo, pero para avanzar, en mayor amplitud y dimensión, se requiere de un conjunto de reformas.Esta constitución nació en medio de la tormenta, (pero a pesar de los esfuerzos) quedaron infiltrados muchos gazapos del viejo régimen, (así como) otros elementos que no quedaron bien delineados. Convoquemos al poder constituyente y aceleremos esto en función del clamor de (ese) pueblo que votó por un proyecto.Chávez durante una y mil veces dijo: vamos por la vía del socialismo y es socialismo lo que quiere el pueblo, lo que necesita la Patria.

El artículo 342 de la Constitución Prevé tres formas para introducir cambios a la constitución: primero, la enmienda constitucional que es sobre todo para algo puntual.El segundo, la reforma y el tercero, la asamblea constituyente.

La reforma es el mecanismo adecuado (y no la constituyente).El artículo 342 dice que “la reforma constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta constitución”, ésa es una de las diferencias que me tienen convencido que la reforma es la vía: cuando se plantea una constituyente es para hacer otra constitución y no es lo que necesitamos.

La constitución establece los limites de la reforma, permite la sustitución de una o varias de sus normas (no pone limites) que no modifiquen los principios fundamentales. Los primeros nueve artículos de la constitución son los principios fundamentales. [1]

Cuando Bolívar presentó el proyecto de constitución de Bolivia, dijo:”he pensado que la Constitución de Bolivia debiera reformarse por periodos, según lo exige el movimiento del mundo moral”. Esto es normal, sobre todo cuando hay un movimiento moral, político, social tan acelerado.

Estamos viviendo tiempos constituyentes, revolucionarios, por eso habrá que revisar la constitución, reformarla [2]

Por ejemplo, el artículo 302, donde el estado se reserva la actividad petrolera, pero no así la gasifera.Ahi lo que debe estar es “la actividad de hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos. (Aquí), las concesiones petroleras, por 50 años, se llevaron y nos saquearon el petróleo, por eso esta Revolución se Planteó un primer paso esencial: la liberación nacional: Compañeros, con el corazón lo digo. ¡Venezuela está liberada!, no somos colonia de nadie (Ese es un) paso esencial para tomar decisiones fundamentales como las que estamos tomando.

Otro ejemplo es el Articulo 303 que dice que el Estado Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, conservara la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, pero….Viene aquí el “Pero”. Exceptuando las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, ¡la privatización! Esto hay que modificarlo. ¡Aquí no se privatiza mas nada! Pero (todo eso) hay que cerrarlo aquí en la Constitución, asi como otros artículos, por ejemplo, en lo económico en lo político. [3]

[1] Juramentación del nuevo Gabinete Ejecutivo Salas Ríos Reina del Teatro Teresa Carreño.08/01/2007.

[2] Juramentación del Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela Palacio Federal Legislativo.10/01/2007

[3] Juramentación del Consejo Presidencial para la Reforma Constitucional y del Consejo Presidencial del Poder Comunal. Sala Ríos Reina Teatro Teresa Carreño. 17/01/2007.

Percasita11@yahoo.es


Esta nota ha sido leída aproximadamente 5103 veces.



Edgar Perdomo Arzola

Analista de políticas públicas.

 Percasita11@yahoo.es      @percasita

Visite el perfil de Edgar Perdomo Arzola para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: