Imperativo de los Derechos Humanos en la formación de los futuros profesionales de la Guardia Nacional Bolivariana

Hablar de los Derechos Humanos (Ddhh, en lo siguiente) es un tema para todos los gustos. Hoy me corresponde enfocarla en ese contexto institucional que tuvo su origen histórico durante la época del coloniaje; como lo es la Guardia Nacional Bolivariana. Este componente de la gloriosa Fuerza Armada; acogiéndose al preámbulo de nuestra Carta Magna…"la garantía universal e indivisible de los Derechos Humanos"; y en el artículo 2 Eiusdem…"la preeminencia de los Derechos Humanos"…; hace énfasis en los centros de formación académica de oficiales y sargentos, en la unidades curriculares que versan en todo lo referente a los Ddhh, con un sentido de responsabilidad y compromiso para con la ciudadanía en general. Todo esto enmarcado, además, en los tratados, pactos y convenios ratificados por el Estado venezolano, en una dimensión de Justicia social.

Ahora bien, como abogado y docente contratado es esas casas de estudios, me corresponde dictar esta cátedra, que si bien es suficientemente controversial, no deja de ser importante y significativa para ese universo de jóvenes que acuden a sus ambientes de clase, ansiosos y acuciosos, en estos encuentros y desencuentros de aprendizaje. Sobre los hombros de estos discentes, descansará la soberanía y el orden público de la sociedad, de la cual, ellos mismos forman parte. Por ello, considero que es de vital significancia las nociones sobre Ddhh y las garantías constitucionales, que los participantes, como futuros profesionales deberán poner en práctica para el resguardo ciudadano. Egresan con una internalización de conciencia para poder discernir en cuanto a sus obligaciones les atañe, en el cumplimiento de sus funciones, bien sea, por hacer o dejar de hacer.

En este orden de ideas, esa protección ciudadana se verá respaldada por el respeto que deberán brindar estos futuros funcionarios y funcionarias a todas las personas: mujeres, ancianos y niños, tratándose estos últimos, como los más vulnerables. En este sentido, los estudiantes (Cadetes) son nutridos con un extenso conocimiento efectivo para brindar seguridad a la población y sus bienes o propiedades. Que algún profesional se desvíe de sus funciones; ya esa conducta o ese comportamiento queda bajo su autonomía. La responsabilidad es individual. La objeción de la conciencia deberá privar en sus actuaciones. No es el espíritu de la academia, lo que lo condujo a realizar la conducta inadecuada o la contravención a las leyes y reglamentos. Muchas veces, el joven profesional, por su impericia o por poca experiencia profesional sucumbe en errores que pueden costarle su carrera.

Para cerrar con broche de Oro, puede resumirse, que el profesional de la Guardia Nacional Bolivariana, egresa con un perfil que lo hace digno representante de las garantías de los Ddhh, y en especial ese bien jurídico, fundamental, como lo es la vida. El comportamiento indebido de uno, no puede empañar la loable misión de estos servidores públicos. Siempre les hago acento en el 25 Constitucional: "Todo acto dictado en ejercicio del poder público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta constitución y las leyes es nulo, y los funcionarios públicos o funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirva de excusa órdenes superiores". De ahí, el imperativo de los Ddhh en los profesionales de la Guardia Nacional Bolivariana.

¡Muchas gracias, por su atención! Si la providencia lo permite, seguiremos leyéndonos.

 



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José García

abogado. Coronel Retirado.

 jjosegarcia5@gmail.com

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