La vigencia octogenaria del PCV

"Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político". Artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Uno de los aspectos con los que ha reñido la Constitución de 1999 en función de su plena vigencia, ha sido con las viejas estructuras sistemáticas que se encuentran adheridas al entramado jurídico estatal y contra lo cual no se ha actuado con el esmero requerido, por lo que siempre aparecen obstáculos que impiden dar rienda suelta a la superación del modelo democrático representativo y al desarrollo y consolidación del participativo y protagónico. Claro está que el derecho positivo (y disculpen meterme en estas aguas profundas sin ser abogado), preconiza como justa reflexión, aquel principio del prevalecimiento de la norma superior por encima de la subalterna, cuando de la progresividad de los derechos se trata, lo cual significa que la Constitución sea egregia de la Ley cuando se pretenda ejecutar para regular un acto cualquiera.

Me permito tomar con base a lo anterior, las reflexiones de Javier Birdeau, en su artículo: ¿Nos olvidamos del contexto histórico de la ley de partidos de 1965? en el cual señala:

"De hecho la propia Constitución estableció la necesidad de formas de interpretación de carácter histórico progresivo del ordenamiento jurídico, fundamentadas en la comprensión del momento histórico, para una mejor aplicación posible del máximo cuerpo normativo a la realidad que le corresponde regir. La idea fundamental era no construir una rígida y petrificada normativa constitucional, sino dejar abiertas muchas ventanas para que los procesos participativos se desarrollaran a plenitud, evitando el divorcio profundo entre la norma y la realidad.

Para desterrar el tradicional sistema de conclaves heredados de la tradición del Estado de partidos (bipartidismo adeco-copeyano) el ejercicio de la soberanía por parte del pueblo, era la herramienta indispensable del protagonismo popular."

Y hago estas reflexiones, con base al contexto histórico en que la Ley de Partidos Políticos fue promulgada por el entonces presidente Raúl Leoni, cubriendo su rostro bajo una máscara legalista y democrática (Art. 2. "Los partidos políticos son agrupaciones de carácter permanente cuyos miembros convienen en asociarse para participar, por medios lícitos, en la vida política del país, de acuerdo con programas y estatutos libremente acordados por ellos.")

Mas solo dos artículos bastan para desnudar el rostro de sus propósitos en el marco del momento histórico en que fue concebida (1965) y la reforma retocada que le confirió la Asamblea Nacional en su reforma (2010); desconozco, si en esa época, hubo una posición contundente de la bancada del Partido Comunista de Venezuela (PCV) para exponer una reforma de fondo a este instrumento legal que permitiese adecuarlo a los enunciados de la Constitución de 1999. En cuanto a los artículos, me refiero al 4. "Los partidos políticos deberán establecer en la declaración de principios o en su programa, el compromiso de perseguir siempre sus objetivos a través de métodos democráticos, acatar la manifestación de la soberanía popular y respetar el carácter institucional y apolítico de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana". Igualmente al contenido del (hoy) articulo 34. "El Tribunal Supremo de Justicia, a instancia del Poder Ejecutivo Nacional, conocerá y decidirá sobre la disolución del partido político que de manera sistemática propugne o desarrolle actividades contra el orden constitucional".

Esa inmensa carga de discrecionalidad atribuida al Ejecutivo y al Poder Judicial tuvo como base, atolondrar el cognomento ideológico y doctrinario de los factores más radicalizados que estaban en contra del status quo de entonces, el MIR y el PCV, proscritos dos años antes por el Gobierno del presidente Rómulo Betancourt, en el marco de la lucha armada, aderezado con la detención y condena de sus direcciones políticas, incluyendo senadores, diputados y concejales, era de los motivos. Más sin embargo, hoy es otra la realidad político-social del país, incluyendo una nueva Constitución, muy superior a la de 1961. Hoy queda del MIR su historia, su papel de pionero de la construcción de las bases de la moderna izquierda venezolana, en tanto que del PCV, su constancia, su perseverancia, la tradición de un partido símbolo de la historiografía del partidismo en Venezuela; cumplirá el próximo 22 de mayo 86 años de existencia lo que, a mi juicio, no puede ser borrado de la escena política por un acción apegada al legalismo que propició la IV República en su famosa Ley de Partidos Políticos, incluyendo el famoso artículo 25 de la misma.

Ahora bien, ¿Porque referirme solo al PCV y no a otras pequeñas organizaciones, que sufren los embates de este proceso de llamado que hace el Consejo Nacional Electoral (CNE), para que las organizaciones que obtuvieron menos del 1 % en las pasadas elecciones parlamentarias se legalicen ante el órgano rector electoral, tal y como se lo atribuye la Constitución? No se trata por supuesto de que se abra una sección especial para que el PCV acometa su objetivo natural de actualizar su condición de partido nacional. Otras organizaciones como el Movimiento Electoral del Pueblo (MEP), nacido de las entrañas de Acción Democrática (al igual que el MIR), se constituye, a pesar de su menguada referencia electoral, en una reserva de dignidad y ética política bajo el manto de la obra del ilustre maestro Luis Beltrán Prieto Figueroa, desafiando los obstáculos legales y el ventajismo de la IV República; así como el caso de Unión Republicana Demócrata (URD), con un liderazgo indiscutible que desafió el fraude de la dictadura perejimenista en 1952.

En el caso del PCV, este siempre fue objeto del ensañamiento anticomunista, de la represión contumaz de la extrema derecha en todos y cada uno de los acontecimientos históricos en que se ha pretendido vulnerar la democracia venezolana.

De manera entonces, que exponer su militancia clara y confesa al conocimiento de todo el mundo, por lo que pregunto ¿Es necesario esto para una organización que, con su particularidad político-ideológica, ha aportado una lucha significativa en pro de la democracia venezolana, no solo en los regímenes dictatoriales, sino también en aquellos momentos en que la democracia, o mejor dicho, quienes la han conducido, no dejaron de ejercer un bizarro repudio por las ideas del socialismo? Creo que los camaradas no se merecen tal ultraje. Conclusión, el Partido Comunista de Venezuela ha decidido, bajo esas condiciones, no participar en el proceso de validación de firmas y militancia para actualizarse como partido político.

Dijo el Apóstol de la libertad de Cuba José Martí: "La justicia, la igualdad del mérito, el trato respetuoso del hombre, la igualdad plena del derecho: eso es la revolución". Vaya mi solidaridad para con los camaradas del PCV.

Especial para Aporrea



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Victor Barraez


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